22 marzo 2023

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Decreto Foral 10/2023, de 15 de febrero, por el que se crea el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y se establece el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: (BON n. 41, de 27 de febrero de 2023)

Palabras clave: Biodiversidad. Flora. Especies amenazadas. Catálogos. Información científica.

Resumen:

En el amplio periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, algunas de las especies de flora presentes en Navarra han tenido cambios importantes en sus parámetros poblacionales. Estos cambios aconsejan una revisión de su estatus. Además, el mayor conocimiento de la distribución y evolución de muchos taxones permite disponer de información adecuada para establecer su grado de amenaza.

La revisión del estatus de los diferentes taxones de flora presentes en Navarra se ha fundamentado en los criterios establecidos en la Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de febrero de 2017, por el que se aprueban los criterios orientadores para la inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

En este contexto, se crea el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial, que incluirá especies, subespecies y poblaciones de flora silvestres, que sean merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza y que no figuren ya en el Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Se establecen dos categorías:

  1. En peligro de extinción: taxones o poblaciones cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.
  2. Vulnerable: taxones o poblaciones que corren el riesgo de pasar a la categoría anterior en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellos no son corregidos.

La inclusión y exclusión de especies tanto en el Listado como en el Catálogo precisará información técnica o científica que así lo aconseje. Asimismo, el artículo 4 determina la información necesaria para la inclusión de cada uno de los taxones.

El anexo incluye el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.

Entrada en vigor: 28 de febrero de 2023.

Normas afectadas: Se deroga el Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada.

Enlace web: Decreto Foral 10/2023, de 15 de febrero, por el que se crea el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y se establece el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.