Acaba de publicarse o Informe Valedor do Pobo 2008 (Galego).
Destacamos a continuación os extractos do informe que consideramos máis relevantes desde a perspectiva ambiental, clasificados de acordo cos temas máis salientábeis tratados no informe:
1. As disposicións transitorias en materia de solos e a legalización de actividades mineiras
Sobre a aplicación de rexímenes transitorios para a legalización de actividades mineras sin licencia, o Informe do Valedor sinala que “A permanente apertura da oferta de legalizacións extraordinarias trae como consecuencia que a situación de indefinición continúe, e, en definitiva, que non se adopten medidas, nun sentido ou noutro, respecto dun número considerable de explotacións sen licenza.”
“Pero tamén resulta rechamante que a posibilidade de solicitude de regularización se considere aberta, co que o proceso de interinidade e falta de actuación para a reposición da legalidade parece prolongarse por un tempo desproporcionado. Xa con motivo do coñecemento das queixas citadas concluímos que era necesario dar outro tratamento á materia e recomendamos (a CPTOPT, a CII e a CMADS) que se corrixan os aspectos sinalados, e en concreto que se aclarase o prazo de aplicación da DT 12 [Ley 9/2002 de solo de Galicia], de acordo coa
Actividades clasificadas
José Francisco Alenza García, “El fin de la polémica de aplicabilidad en Navarra del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubles, Nocivas y Peligrosas (Comentario a la STSJ de Navarra de 2 de octubre de 2008, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Ponente : J. A. Fernández)”, Revista jurídica de Navarra, núm. 46, 2008 , pp. 167-208.
Cambio climático
Pedro Joaquín Gutiérrez-Yurrita, “Perspectiva ecológica para mejorar la aplicación de la ley ambiental de cara al cambio climático global”, Revista Aranzadi de derecho ambiental, núm. 15, 2009.
Intervención administrativa
Luís Cabral de Moncada, “O ambiente e a relação jurídica administrativa”, Revista Jurídica do Urbanismo e do Ambiente, núm. 29/30, Jan./Dez. 2008.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de diciembre. (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 8ª. Sentencia nº 2543. Ponente: Javier Eugenio López Candela).
Fuente: Id Cendoj 28079330082008102417.
Temas clave: Red NATURA 2000; Declaración de no afectación: Naturaleza; Impugnabilidad; Administración competente.
Resumen: Resolución de un recurso contencioso administrativo interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra Resolución del Subsecretario de Medio Ambiente de fecha 23 de marzo de 2.006 que desestima el requerimiento formulado por la Comunidad Autónoma recurrente el Ministerio de Medio Ambiente contra dos decisiones (24 y 31 de enero de 2006) de la Dirección General para la Biodiversidad en las que se declara respectivamente la no afección a la red ecológica europea NATURA 2000 de los proyectos de obra “Obras de restauración hidrológico-forestal con mejora de la vegetación de la cubierta protectora de la cuenca del Río Júcar mediante tratamientos silvícolas en 335 has, y adecuación de las infraestructuras viarias existentes en 50 km en los términos municipales de Olmeda del Rey, Albaladejo del Cuende, Moya, Cañete, Zafrilla, Enguídanos y Cuenca (Cuenca)”, así como de “adecuación socioambiental del entorno de la Laguna Grande y la Laguna Chica en Villafranca de los
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 30 de abril de 2009, asunto C-75/08, Mellor/Secretary of State for Communities and Local Government Temas clave: Directiva 85/337/CEE; evaluación de las repercusiones de proyectos sobre el medio ambiente; obligación de hacer pública la motivación de una decisión de no someter un proyecto a evaluación.
Interés: 4/5
Resumen:
Se plantea una petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 4 de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Esta petición se presentó en el marco de un litigio entre el Sr. Mellor y el Secretary of State for Communities and Local Government, sobre la necesidad de motivar o no la decisión adoptada por la autoridad nacional competente de no llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental durante la tramitación de una
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, (Sala de lo Contencioso), de 7 de marzo de 2006.
Fuente: CENDOJ, Id. 41091330022006100230
Temas clave: Evaluación Ambiental Estratégica; impugnación autónoma de la DIA, procedencia; Legitimación; acción urbanística y acción medioambiental.
Resumen:
En la presente sentencia, PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA demanda a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como a la sociedad DINTEL DOMUS S.A y al Ayuntamiento de Ayamonte como codemandados, interponiendo un recurso contencioso-administrativo contra una resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva que modifica las Normas Subsidiarias del Planeamiento del término municipal de Ayamonte.
El objeto de este recurso consiste en la impugnación por la parte actora de la mencionada resolución modificadora del PGOU, circunscrita a la DIA, debido a que considera que el trazado del nuevo vial afectaría al hábitat de la planta “Picris Wilkommii”, vulnerando la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres (ya derogada), del Real Decreto 1997/95, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad , y la Directiva 92/43/CEE
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