Sentencia de la Audiencia Nacional, de 10 de abril de 2025 (Sala de lo Contencioso, Sección 1. Madrid. Ponente: Begoña Fernández Dozagarat)
Autor: Carlos Javier Durá Alemañ. Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Roj: SAN 1683/2025 – ECLI:ES:AN: 2025:1683
Palabras clave: Caducidad. Expediente sancionador. Dominio público hidráulico. Vertido.
Resumen:
En la presente sentencia, interviene como parte actora el Consorcio Sierra Nevada Vega Sur quien interpone recurso contra la resolución sancionadora del Ministerio de Medio Ambiente que impone una sanción de 110.025 euros y la obligación de indemnizar por daños al dominio público hidráulico en 33.007’53 euros. Además de la adopción de cualquier medida necesaria que impida la afección del dominio público hidráulico, debiendo solicitar en el plazo de 1 mes la legalización del vertido una vez que éste reciba un tratamiento de depuración adecuado.
El objeto de la sanción es la realización de vertidos de aguas residuales sin autorización administrativa del organismo de la cuenca. Manifiesta la actora que existe caducidad del expediente sancionador por los plazos establecidos para ello lo que ha causado indefensión. Además, alega que ha habido vicios en el procedimiento lo que ha generado indefensión lo que también sucede con la valoración de daños. El