Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 13 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pilar Rubio Berna)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ MU 1576/2025 – ECLI:ES:TSJMU:2025:1576
Palabras clave: Empresa química. Contaminación atmosférica. Emisiones. Valores límite de emisión. Salud. Medio ambiente. Autorización ambiental integrada. Entidad de control ambiental.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en acción de la Región de Murcia” contra la desestimación presunta por silencio administrativo de petición de cese de actividad y traslado de la Mercantil “Derivados Químicos S.A.”, formulada por sendos escritos presentados el 14 de junio de 2017 y el 29 de octubre de 2018. La recurrente solicita, previa estimación de su demanda, que se ordene el traslado de la mercantil a una ubicación alejada de la población.
Es parte demandada la Consejería de Empleo, Universidades, Empresas y Medio Ambiente de la Región de Murcia; y codemandada la mercantil citada.
En defensa de su posición, la Asociación ecologista argumenta que la mercantil demandada es una empresa química dedicada a la fabricación de principios activos
Decreto 185/2025, de 10 de diciembre, de protección de la atmósfera de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 250, de 18 de diciembre 2025
Palabras clave: Atmósfera. Contaminación atmosférica. Contaminación odorífera. Prevención. Instalaciones. Notificación. Autorización. Valores límite de emisión.
Resumen:
La protección de la atmósfera de Canarias se constituye actualmente como un objetivo básico para los poderes públicos, conforme a los principios y fines de la normativa internacional, europea y nacional en la materia, siendo entendida como un bien común indispensable para la vida respecto del cual todas las personas tienen el derecho de su uso y disfrute y la obligación de su conservación.
Se considera conveniente desarrollar reglamentariamente la normativa básica aplicable a las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera en el ámbito autonómico al objeto de que sean regulados algunos aspectos relativos a su efectiva aplicación a las instalaciones radicadas en el territorio canario.
Como singularidad, se ha incorporado en este Decreto la contaminación por olor, que debido a sus peculiaridades precisa de una concreta metodología de evaluación. Asimismo, y dada la naturaleza de este tipo de contaminación,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 18 de julio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Pilar Martínez Ceyanes)
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ:STSJ AS 2014/2025- ECLI:ES:TSJAS:2025:2014
Palabras clave: Acceso a la justicia. Actividades clasificadas. Autorización ambiental integrada. Autorizaciones y licencias. Contaminación atmosférica.
Resumen:
La sentencia de autos resuelve el recurso interpuesto por una organización ambiental, mediante el cual se impugnaron dos resoluciones administrativas (de 4 de octubre de 2022 y 24 de enero de 2023) relativas a la modificación de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de una sociedad mercantil en Gijón.
En el suplico de la demanda se solicita: i) declarar no conforme a Derecho la Resolución de 24 de enero de 2023 de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, que anuló los condicionantes sobre el valor límite de emisión (VLE) individual del foco F5 del Sínter B secundario; ii) ordenar a la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico del Principado de Asturias que modifique la AAI para establecer un nuevo VLE individual de partículas de 10 mg/Nm³ (media diaria) para el foco F5
Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 291, de 4 de diciembre de 2025
Palabras clave: Movilidad sostenible. Contaminación atmosférica. Transporte terrestre. Transporte de viajeros. Transporte de mercancías. Transportes aéreos. Vehículos no tripulados. Derechos de los ciudadanos. Carreteras. Circulación vial. Ferrocarril. Puertos. Tecnología. Energía. Acceso a la información. Alquiler de vehículos automóviles. Ayudas. Programas. Tasas. Contratación administrativa. Políticas medioambientales.
Resumen:
Quiero comenzar este apartado transcribiendo una parte de la introducción del artículo “Movilidad Sostenible y Régimen Jurídico Autonómico”, que forma parte de la obra colectiva publicada en 2024 bajo el título “El Desarrollo Autonómico de los Objetivos Climáticos”, dirigida por los profesores Juan Rosa Moreno y Germán Valencia Martín. En aquel momento examiné un proyecto de ley de movilidad sostenible cuya publicación definitiva no vio la luz por la celebración de elecciones generales en julio de 2025 y que ahora, con no demasiados cambios, se ha convertido en esta nueva norma.
El concepto “sostenibilidad” o el adjetivo “sostenible” se han extendido como manchas de aceite por diversos sectores, si bien su origen
Sentencia del TEDH de 6 de mayo 2025: Asunto L.F. y otros contra Italia
Autora: Dra. María Pascual Núñez, Investigadora en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Medioambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ECLI:CE:ECHR:2025:0506JUD005285418
Palabras clave: Derechos Humanos. Contaminación. Emisiones. Salud.
Resumen:
El pronunciamiento de autos estudia la responsabilidad del Estado italiano frente a la contaminación medioambiental generada por la explotación continuada de una fundición de metales (Fonderie Pisano) ubicada en la localidad de Salerno, en la región de Campania. Los demandantes, un grupo de 153 personas residentes en las cercanías de la planta, alegaron que la exposición prolongada a las emisiones contaminantes de la fundición había afectado gravemente su salud y calidad de vida, invocando una vulneración del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho al respeto de la vida privada y familiar y del domicilio.
En cuanto al contexto urbanístico y temporal de la instalación, el Tribunal que la planta, en funcionamiento desde 1960, se encontraba en un área originalmente clasificada como industrial, pero que desde 2006 fue recalificada urbanísticamente para uso residencial, considerándose incompatible con el nuevo contexto urbano. A pesar de ello, no se procedió a su reubicación y la zona fue
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