Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 2008 (Sala de lo Contencioso-administrativo)
Fuente: Diario del Derecho (Iustel), de 2 de marzo de 2009
Temas clave: Plan de asignación de Derechos de emisión; tratamiento específico de las instalaciones de cogeneración; métodos o tipologías de cálculo; año histórico de referencia para la asignación de cuotas; carácter significativivo del año de referencia; asignación suficiente de derechos.
Resumen:
En el presente caso se plantea un recurso contencioso-administrativo planteado por una empresa (FORANETO, S.L.) contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2005 -luego confirmado en reposición por Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2007- por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 5/2004, de 27 de
Directiva 2008/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE con el fin de incluir las actividades de aviación en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (DOUE nº L8, de 13 de Enero de 2.009)
La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático tiene por objetivo fundamental, lograr una estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático.
La Unión Europea, como parte que ha ratificado la Convención debe adoptar medidas para conseguir la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero. Para ello dictó la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, por la que se estableció un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad, con el fin de fomentar reducciones de las emisiones de estos gases de una
Fuente: Rapid Press
“La Comisión Europea propone un reglamento dirigido a reducir al mínimo el riesgo de comercialización en Europa de madera y productos de la madera obtenidos ilegalmente. El reglamento propuesto obligará a los comerciantes a conseguir garantías suficientes de que la madera y los productos de la madera que venden se han obtenido con arreglo a las leyes aplicables en el país de origen.”
“La propuesta aumentará los incentivos para la gestión y el uso legales y sostenibles de los bosques, especialmente en los países en vías de desarrollo que estén interesados en mantener e incrementar su exportación de productos forestales a la UE.”
“A través de una nueva Comunicación, la Comisión propone que en las negociaciones internacionales sobre
Informe de CCOO sobre la evolución de las emisiones de gases de efecto invernadero en España (1990-2007)
Destacamos el siguiente extracto:
“En 2007 las emisiones de gases de invernadero aumentaron un 2,8% respecto al año base y un 1,8% respecto al año anterior. (…) España es el país industrializado donde más han aumentado las emisiones. Con este escenario es muy difícil cumplir el Protocolo de Kioto en un sentido estricto, el principal acuerdo para proteger el medio ambiente y el clima, por lo que habrá que comprar el derecho a contaminar más a otros países. Según nuestras apreciaciones, realizadas a partir del análisis detallado de las políticas adoptadas por el Gobierno y los escenarios contemplados en los diversos planes ministeriales, elaborados en la pasada legislatura, para el periodo 2008-2012 las emisiones en España superarán en un 45% a las del año base, en el mejor de los casos. Por tanto, no se logrará el objetivo previsto en el II Plan Nacional de Asignación (PNA) -que contempla un 37% de más respecto al año base, cifra ya de por sí considerablemente alta, frente al 24% del primer PNA o el 15% de Kioto-, y tendremos que acudir a los tres
El 5 de junio de 2008 ha tenido lugar una sesión del Consejo de Medio Ambiente de la Unión Europea en el que se han examinado y debatido en torno el “Paquete legislativo de clima y energía”, que está compuesto por las siguientes propuestas:
– Proposición de Directiva del Parlamento europeo y del Consejo que modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión de gases de efecto invernadero (RCDE). Esta propuesta tiene por objeto racionalizar y ampliar el ámbito de aplicación del régimen comunitario, proporcionar más armonización y previsibilidad, permitir la vinculación con los regímenes de comercio de Derechos de emisión de terceros países y poner los medios adecuados para implicar a los países en desarrollo. Propone, entre otras cuestines, la introducción de la subasta como método de asignación en el año 2013, principalmente para la generación de electricidad, y una introducción paulatina en otros sectores hasta el año 2020.
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