Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 18 de junio de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Carlos Zapata Híjar)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ AR 1028/2025 – ECLI:ES:TSJAR:2025:1028
Palabras clave: Acceso a la justicia. Actividades clasificadas. Ayuntamientos. Procedimiento administrativo.
Resumen:
Un vecino de una localidad de la provincia de Zaragoza, ante las molestias que le generaba una empresa contigua a su domicilio, se dirigió al ayuntamiento en noviembre de 2020, a fin de que dicha mercantil dedicada a la carga desde silos a vagones de tren y camiones de mercancía de trigo y otros cereales, no ocasionase molestias por ruido, polvo y partículas en suspensión en su vivienda. El ayuntamiento no respondió a este escrito, por lo que en marzo de 2021 solicitó certificado de silencio negativo, que tampoco fue atendido por el ayuntamiento.
Ante la falta de contestación a los requerimientos presentados, el solicitante decidió en julio de 2021 recurrir frente a la inactividad de la administración, para que esta administración local cumpliese con su obligación, al amparo del artículo 29.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Así, en





