“Decreto-Lei” n.º 162/2019, de 25 de octubre que aprueba el régimen jurídico aplicable al autoconsumo de energía renovable, realizando la transposición parcial de la Directiva 2018/2001
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 206, de 25 de octubre de 2019
Temas Clave: Energías renovables; Autoconsumo; “Autoconsumidores de energía renovable”; “Autoconsumidores de energía renovable que actúan colectivamente”; “Comunidades de energías renovables” (CER); “Direção-Geral de Energia e Geologia” (DGEG); Entidade Nacional para o Sector Energético, E. P. E”. (ENSE, E. P. E.); “Contador inteligente”
Resumen:
Esta nueva normativa tiene como objetivo promover el autoconsumo de energía renovable, estableciendo el régimen de producción de las instalaciones de “autoconsumidor” y el de las comunidades de energía renovable, procediendo, a la transposición parcial para el derecho interno portugués de la Directiva 2018/2001 sobre utilización de energía de fuentes renovables.
La actividad de producción descentralizada de energía eléctrica estaba regulada en el “Decreto –Lei” n.º 153/2014, de 20 de octubre. Sin embargo, la evolución que se registró a través de la Directiva (UE) 2018/2001, de 11 de diciembre, puso en evidencia la creciente importancia
Ley de prohibición de Glifosato. Provincia de Chubut
Autor: Juan Claudio Morel. Master en Derecho Ambiental por la Universidad Internacional de Andalucía – Dr. en Derecho por la Universidad de Alicante y Profesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil) Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut. Lunes 10 de Junio 2019. Año LXI N° 13185, pp 3/ 4
Temas Clave: Glifosato
Resumen:
Ley provincial establece la prohibición en toda la Provincia del Chubut, la importación, introducción, tenencia con fines de comercialización, fabricación, fraccionamiento, distribución, transporte y aplicación, ya sea por tierra o aérea del herbicida Glifosato en todas sus variantes, así como de productos que tengan como base o principio activo el Glifosato.
Comentario:
En este artículo se estudia la técnica desarrollada por la Legislatura de la Provincia del Chubut, en la Patagonia de la Argentina, con un territorio similar a España por sus dimensiones geográficas, que ha dispuesto la prohibición del glifosato en seis actividades, tales como la comercialización, fabricación, fraccionamiento, distribución, transporte y aplicación.
MARCO TÉORICO: La materia ambiental en la Argentina tiene su primer marco en el artículo 41 de la
“Decreto-Lei” n.º 160/2019, de 24 de octubre que procede a la selección de entidades gestoras y aprueba las condiciones y los términos especiales de los contratos de concesión de gestión de obras hidráulicas
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 205, de 24 de octubre de 2019
Temas Clave: Agua; Concesión de gestión; Entidad gestora; “Emprendimientos para fines múltiplos” (EFM); Obras hidráulicas
Resumen:
Esta nueva normativa tiene como objetivo promover la cooperación entre el Estado y los titulares de usos privativos del agua para gestionar “emprendimientos de fines múltiplos” (EFM), repartiendo los costes entre todos los usuarios a fin de realizar un uso eficiente y sostenible de las masas de agua en que están situados los EFM, bien como proteger los recursos hídricos y ecosistemas asociados.
La Ley n.º 58/2005, de 29 de diciembre (Ley de Aguas), creó la figura de los EFM, definiéndolos como las obras hidráulicas concebidas y gestionadas para la realización de más de un uso principal. Esta figura fue desarrollada por el “Decreto – Lei” n.º 311/2007, de 17 de septiembre, que regula la
Ley nº 99/2019, de 5 de septiembre de 2019, que realiza la primera alteración del Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT)
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 170 — 5 de septiembre de 2019
Temas Clave: Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT); Planes territoriales; Programas territoriales; Cohesión territorial
Resumen:
Mediante esta ley se introducen alteraciones en el Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT) que se había aprobado mediantes la Ley n.º 58/2007, de 4 de septiembre, con la finalidad de adaptarlo a los nuevos desafíos, como por ejemplo las directrices de la Estrategia de Ciudades Sostenibles 2020 o los compromisos adquiridos con base en el Acuerdo de París sobre el cambio climático.
El PNPOT es el instrumento principal del sistema de gestión territorial, define los objetivos y opciones estratégicas de desarrollo territorial y establece el modelo de organización del territorio nacional. El PNPOT constituye un marco de referencia para os demás programas y planes territoriales y como instrumento orientador de las estrategias con incidencia territorial.
“Decreto-Lei” n.º 119/2019, de 21 de agosto que establece el régimen jurídico de producción de agua, obtenida a partir del tratamiento de aguas residuales, para reutilización
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 159, de 21 de agosto de 2019
Temas Clave: Agua; Reutilización; Agua para reutilización (ApR); Estación de Depuración de Aguas Residuales (EDAR); Evaluación del riesgo
Resumen:
Esta nueva normativa permite e incentiva la producción de agua para reutilización (ApR), obtenida a partir de la depuración de aguas residuales, a fin de promover su correcta utilización y a evitar efectos nocivos para la salud y para el ambiente.
Mediante este “Decreto-Lei” se realiza una clara apuesta en la reutilización del agua como forma primera y privilegiada de producción alternativa de agua en Portugal, con base en dos argumentos mencionados no preámbulo de la norma: el primero, los buenos ejemplos y resultados obtenidos, tanto a nivel dos Estados miembros da Unión Europea (UE), como fuera de Europa, por los países que practican la reutilización del agua; el segundo, que otras formas alternativas de producción de agua, como
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