Decreto 22/2021, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 127/2019, de 12 de noviembre, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Rioja, número 51 de 12 de marzo de 2021
Temas Clave: Contaminación. Nitratos. Agricultura. Zonas vulnerables.
Resumen:
La protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, está regulada en la Directiva 91/676/CE del Consejo, de 12 de diciembre, que se traspuso al ordenamiento jurídico nacional mediante el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, que tiene por objeto establecer las medidas necesarias para prevenir y corregir la contaminación de las aguas continentales causadas por los nitratos de origen agrario.
La Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de La Rioja, establece en su artículo 9.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Rioja, en el
Decreto 25/2020, de 10 de junio, por el que se fijan las valoraciones de las especies de fauna silvestre no sometidas a aprovechamiento cinegético o piscícola en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR de 12 de junio de 2020
Palabras clave: Valoración especies fauna. Biodiversidad. Responsabilidad medioambiental. Valor medioambiental. Reparación daño ambiental. Servicios ecosistémicos. Quien contamina paga.
Resumen:
El artículo 45 de la Constitución Española establece que quienes incumplan la obligación de utilizar racionalmente los recursos naturales y la de conservar la naturaleza estarán obligados a la reparación del daño causado con independencia de las sanciones administrativas o penales que también correspondan.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, establece en su artículo 79 que sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que en cada caso procedan, el infractor deberá reparar el daño causado en la forma y condiciones fijadas en la Ley
Decreto 24/2019, de 7 de junio, sobre actuaciones en materia de regadíos en La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 71, 14 de junio de 2019
Temas Clave: Política Agrícola Común (PAC); Regadíos; Agricultura; Explotaciones agrarias; Catálogo de explotaciones agrarias; Arrendamientos rústicos; Modernización explotaciones agrarias
Resumen:
Según el preámbulo de este Decreto, se considera fundamental llevar a cabo determinadas actuaciones en regadíos para conseguir una importante productividad del sector agrario. Estas actuaciones están orientadas hacia una mejor gestión del riego y una mejora tanto cuantitativa como cualitativa de la producción agraria. Igualmente, desde el poder legislativo se considera que estas actuaciones precisan de fuertes inversiones iniciales por el poder público pues según se manifiesta, los promotores privados difícilmente podrían asumirlas de forma íntegra. En concreto en materia de regadíos colectivos, correspondientes a infraestructuras de uso por una comunidad de regantes. Aunque también es cierto que dichas promociones de regadíos deberían estar sometidas a una auditoría para analizar su sostenibilidad desde un punto de vista ecológico, así como su necesidad desde un punto de vista social y económico.
En cuanto a las competencias en materia de
Decreto 23/2019, de 7 de junio, por el que se declaran como vías verdes la Vía Verde del Cidacos y la Vía Verde de Préjano
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR, nº 71, de 14 de junio de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Vías pecuarias; Uso público; Vía verde; Itinerario verde; Turismo sostenible; Infraestructura verde
Resumen:
Ya se ha advertido en algún comentario anterior de la creciente demanda del uso recreativo de los espacios naturales en nuestra sociedad, lo que requiere sin duda alguna de una regulación donde se garantice la conservación de los valores naturales de estos espacios por encima de otros usos. Una de las formas más eficaces que tienen los entes públicos para cubrir esta necesidad con un menor impacto en los procesos ecológicos de estos lugares, es el desarrollo de equipamientos de uso público, que además son útiles para fomentar el turismo de naturaleza. Entre estos equipamientos destacan los Itinerarios Verdes, los cuales facilitan el descubrimiento de espacios de gran belleza paisajística a la par que generan nuevas fuentes de desarrollo social y económico. En este sentido, ya en el año 2003 se aprobó
Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 60, de 17 de mayo de 2019
Temas Clave: Política Agrícola Común (PAC); Agricultura; Explotaciones agrarias; Catálogo de explotaciones agrarias; Arrendamientos rústicos; Modernización explotaciones agrarias
Resumen:
El Registro de explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene un papel relevante en el funcionamiento de esta administración para facilitar sus relaciones con los agricultores, debido a esto es por lo que procede continuar mejorando el mismo estableciendo nuevos objetivos.
Este registro reviste una gran complejidad normativa, pues aunque La Rioja tiene la competencia exclusiva en esta materia, también debe estar integrada en el condicionamiento de la Política Agrícola Comunitaria y la normativa estatal. A esta complejidad normativa hay que añadir que se trata de un registro de registros, por lo que debe actuar de manera coordinada (principio de coordinación registral) de cara a determinar la inscripción prevalente para casos donde existan discrepancias, tan habituales por cierto en este campo. Con este fin se han determinado dos
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