Ley 10/2023, de 5 de abril, de bienestar para las generaciones presentes y futuras de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOIB n. 47, de 13 de abril de 2023)
Palabras clave: Desarrollo sostenible. Cambio climático. Justicia intergeneracional. Planificación. Bienestar. Políticas públicas. Evaluación de impacto. Comisión para el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
Resumen:
En el año 1987, las Naciones Unidas, en el llamado informe Brundtlant, formalizaron el concepto de desarrollo sostenible definiéndolo como «el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades». En los años ochenta del siglo XX, aconteció una idea innovadora que, en contraposición con el desarrollo clásico, presentaba el desarrollo sostenible como reconciliador entre las vertientes económica, social y ambiental.
Los últimos informes del IPCC califican el cambio climático antropogénico como una amenaza para el bienestar de la humanidad y la salud del planeta e instan a las administraciones a actuar. Estos informes sitúan el mar Mediterráneo