Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la Conservación y el Uso Sostenible de la Flora y la Fauna Silvestres y sus Hábitats. (BOJA núm. 60, de 27 de marzo de 2012)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Biodiversidad; Fauna; Flora; Especies Silvestres
Resumen:
Con este Decreto se desarrolla el Título I y el Capítulo I del Título II de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres de Andalucía, en los aspectos reguladores de su conservación y utilización sostenible, estableciendo un régimen general de protección aplicable a todas las especies de hongos, flora y fauna silvestres, y un régimen especial para las especies amenazadas. Al tiempo que contempla la protección de sus hábitats y la ordenación de los aprovechamientos sostenibles no cinegéticos, ni piscícolas. De tal modo que en el texto del Decreto, respondiendo a la obligación contenida en el artículo 52 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se desarrolla todos aquellos preceptos que tienen que ver con la conservación
Decreto 52/2012, de 29 de febrero, por el que se regula el Observatorio del Agua de Andalucía (BOJA núm. 50, de 13 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Observatorio del agua
Resumen:
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 de la Ley 9/2010, de 30 de julio de Aguas de Andalucía, el presente Decreto tiene por objeto la regulación de la composición, funciones, organización y régimen del Observatorio del Agua.
El Observatorio, que deberá constituirse en el plazo de dos meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, tiene como finalidad principal recabar y generar información sobre aguas continentales, marítimas y de transición para ponerla a disposición de las Administraciones públicas gestoras del agua y de los demás órganos de participación, consulta y asesoramiento previstos en la ley andaluza de aguas.
Se constituye como un órgano colegiado, de carácter consultivo y de participación social adscrito a la Consejería con competencia en materia de agua, y se regirá por lo dispuesto en las normas básicas establecidas en la Ley 30/1992 y
Decreto 7/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía 2012-2020. (BOJA núm. 28, de 10 de febrero de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas Clave: Residuos peligrosos; Andalucía; Planificación; Política ambiental; Ciclo de vida de los productos
Resumen:
El Plan comienza con una Introducción en la que se alude a su justificación, fundamentos, antecedentes, ámbito de aplicación y participación ciudadana, a través de la constitución de una Ponencia Técnica, configurada como un grupo de trabajo para tratar temas considerados relevantes de cara al desarrollo de la planificación.
Su aprobación responde a la necesidad de desarrollar estrategias de planificación y actuación que permitan una reducción neta de la producción de residuos y de los efectos negativos asociados a la producción y a la gestión de estos residuos desde una perspectiva global en el territorio, que integre la regulación sectorial y tenga en cuenta, sobre todo, el ciclo de vida de los productos y materiales, no sólo la fase de los residuos.
El presente plan propone
Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el Plan de Inspecciones Medioambientales para el año 2012 (BOJA núm. 22, de 2de febrero)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Instrumentos de planeamiento; Inspección Ambiental
Resumen:
De conformidad con la Orden de 10 de noviembre de 1999, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establecen los Planes de Inspecciones en materia Medioambiental, se aprueba el presente Plan Anual, que tiene por objeto la supervisión y control de las diferentes actividades que hayan sido o deban ser sometidas a algún tipo de autorización o informe por parte de la Administración Medioambiental, de acuerdo con la normativa de aplicación.
El Plan está integrado por un total de 4 Programas (Prevención y calidad ambiental, Gestión del medio natural, Espacios naturales y vías pecuarias, y Ayudas y Subvenciones), para los que se establecen unas actuaciones concretas y su ámbito de aplicación. Cada Centro Directivo de la Consejería de Medio Ambiente, deberá definir en colaboración y coordinación con cada Delegación Provincial, el número de acciones de control
Ley 2/2012, de 30 de enero, de modificación de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 26, de 8 de febrero)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Urbanismo
Resumen:
La presente Ley, tiene como principal objeto adaptar el ordenamiento urbanístico andaluz a la legislación estatal de suelo (representado como bien es sabido por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio) en todo aquello que le es obligado, incorporando conceptos, concretando aspectos o asumiendo figuras previstas de ésta que no tenían reflejo exacto en su articulado, realizándose así los ajustes necesarios para restablecer la coherencia necesaria entre ambos sistemas normativos.
Son numerosas las modificaciones que la norma introduce en la Ley de Ordenación Urbanística, por lo que simplemente nos limitaremos a enumerar las más significativas:
– Se potencian los principios de participación pública, transparencia y publicidad, sobre todo en los instrumentos de planeamiento, de manera que como parte del documento completo de un instrumento de planeamiento, se acoge como documentación de obligada exposición
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