26 May 2021

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Legislación al día. Comunidad Valenciana. Paraje natural. Clots de la Sal y monte de la Mola

Decreto 54/2021, de 16 de abril, del Consell, de declaración del paraje natural municipal para el enclave denominado «Clots de la Sal y monte de la Mola», en el término municipal de Novelda

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Boletín Oficial de la Generalitat Valenciana número 9068. Fecha de 23 de abril de 2021

Palabras clave: Paraje natural municipal. Humedal. Biodiversidad. Espacio natural protegido.

Resumen:

Los «Clots de la Sal» constituyen pequeños estanques de aguas sulfuro-ferrosas en el lecho del río Vinalopó, a su paso por la localidad de Novelda. Han sido tradicionalmente utilizados y lo siguen siendo, como balneario a cielo abierto, al que muchos vecinos y foráneos acuden en busca de tratamiento de las afecciones de la piel o de simple disfrute del baño al aire libre.

El «Monte de la Mola» se alza junto al coronado por el castillo del mismo nombre, cuyo origen se remonta a época medieval y que, desde entonces, ha sido atalaya vigilante del tránsito de gentes y mercancías entre la meseta y la costa alicantina. El río Vinalopó atraviesa en sentido aproximado norte-sur el término de Novelda, siguiendo una línea de falla profunda que separa dominios geológicos diferenciados. A la derecha del cauce, el Subbético alóctono y a la izquierda, el Prebético autóctono y parautóctono.

Los materiales jurásicos predominan en el Monte de la Mola, mientras en el río pueden encontrarse materiales yesosos y arcillosos del triásico. La vegetación de la zona propuesta es la propia de los ambientes termomediterráneos, aunque aquí ya es posible apreciar la influencia de la continentalidad, al tratarse de territorios situados ya algo más alejados de la costa, en el tránsito hacia la meseta.

El estrato arbóreo poco denso lo forman pies de Pino carrasco, (Pinus halepensis), mientras que el estrato arbustivo lo conforma un matorral dominado por la coscoja (Quercus coccifera), el lentisco (Pistacia lentiscus) y el espino (Rhamnus lycioides), así como diversas especies de labiadas como el romero (Rosmarinus officinalis) y el tomillo (Thymus sp.). En las zonas de yesos aparecen especies adaptadas a estas condiciones, como las distintas variedades de limonios (Limonium sp.), siendo también característicos de la zona, los espartales.

En las riberas del río, donde cierta hidromorfía es aparente, se encuentran formaciones de Taray (Tamarix sp). En cuanto a la fauna es destacable la presencia del Fartet en una balsa existente en la zona del Monte de la Mola, donde ha sido reintroducido como resultado de un programa desarrollado por la Conselleria con competencias en Medio Ambiente. Entre la herpetofauna merece destacarse la presencia de Sapo partero (Alytes obstetricans), el sapo corredor (Bufo calamita), el sapo común (Bufo bufo) y la rana común (Rana perezi), por lo que respecta a los anfibios, mientras que, el lagarto ocelado (Lacerta lépida) y la culebra bastarda (Malpolon monspessulanus) son las especies más destacables de reptiles.

La avifauna se halla representada por especies como el cernícalo vulgar (Falco tinnuculus), el Buho real (Bubo bubo), el mochuelo (Athene noctua), el autillo (Otus scops) la lechuza común (Tyto alba), elalcaudón (Lanius senator), el cuco (Cucculus canorus) y el mosquitero papialbo (Phylloscopus bonelli) entre otros.

Los mamíferos se hallan representados por especies como la liebre (Lepus granatensis), el jabalí (Sus scrofa) y el arruí (Ammotragus lervia). Esporádicamente, visitan la zona especies como la gineta (Genetta genetta) y el gato montés (Felis silvestris). Cabe destacar la presencia del murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum). En cuanto al patrimonio cultural merece destacar el ya mencionado castillo de la Mola, de época almohade, con modificaciones posteriores en época cristiana. También es destacable el Santuario de Santa María Magdalena, construido a principios del siglo XX en estilo modernista. En este sentido, este decreto se articula sobre los principios de buena regulación, aplicables a las normas de las administraciones públicas, establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En virtud de los principios de necesidad y eficacia, este decreto está justificado por razones de interés general, dado que establece mecanismos adecuados con el objeto de preservar el patrimonio natural de la Comunitat Valenciana; asimismo, se basa en una identificación clara de los fines perseguidos, que son proteger la integridad de los ecosistemas naturales, siendo la declaración de esta figura de protección el instrumento más adecuado para conseguir dichos fines.

En aplicación del principio de proporcionalidad, este decreto contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir y se considera que las disposiciones contempladas en el texto normativo son proporcionales a los fines perseguidos. En cumplimiento del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el resto del ordenamiento jurídico

De otro lado, respecto al principio de transparencia esta norma se sometió a los trámites previstos en la normativa de aplicación, entre ellos, la exposición pública y la audiencia a las personas y colectivos interesados. Por último, en virtud del principio de eficacia, esta norma no establece ninguna carga administrativa añadida, derivada de su aplicación. Por todo ello, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, conforme con el Consell Jurídic Consultiu, previa deliberación del Consell, en la reunión de 16 de abril de 2021.

Entrada en vigor: El 24 de abril de 2021

Enlace web: Decreto 54/2021, de 16 de abril, del Consell, de declaración del paraje natural municipal para el enclave denominado «Clots de la Sal y monte de la Mola», en el término municipal de Novelda.