Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 23 de marzo de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Antonio Alberdi Larizgotia)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 501/2021 – ECLI:ES:TSJPV:2021:501
Palabras clave: Ayuntamientos. Competencias. Comunidades Autónomas. Procedimiento administrativo. Residuos. Transparencia.
Resumen:
Por el ayuntamiento de Usurbil (Guipúzcoa) se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 63/2019, de 9 de abril, del Gobierno Vasco, por el que se establece el régimen jurídico y las condiciones técnicas de las instalaciones y actividades de compostaje comunitario. Interesa la parte recurrente la declaración de nulidad de pleno derecho de esta norma reglamentaria y, subsidiariamente, la anulación de hasta 5 artículos de la misma. El objeto de este Decreto es -artículo 1- establecer dicho régimen jurídico y las condiciones técnicas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con el fin último de proteger el medio ambiente y la salud de las personas.
Los motivos que sustentan las pretensiones anulatorias del ayuntamiento son variados, centrándome en las que finalmente se han estimado por la Sala.
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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 26 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ana Isabel Rodrigo Landazabal)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 2394/2020 – ECLI:ES:TSJPV:2020:2394
Temas Clave: Clasificación de suelos. Evaluación ambiental. Evaluación ambiental estratégica. Planeamiento urbanístico. Urbanismo.
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de 22 de marzo de 2018 del Ayuntamiento de Oñati (Guipuzkoa), a través del cual se aprueba definitivamente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de planeamiento, sobre usos permitidos en suelo no urbanizable de zonas agropecuarias de protección especial y de reserva agropecuaria.
Según se desprende de la sentencia analizada, la modificación urbanística impugnada pretendía no autorizar en adelante usos extractivos, a excepción de la cantera existente en su configuración actual. Se impedía, por tanto, la ampliación de esta cantera en los términos acordados en su día por la empresa extractiva y el propio Gobierno Vasco, que posibilitaba reordenar el perímetro de explotación hacia el oeste. De hecho, el recurrente es la propia empresa titular de la cantera, explotada desde 1961, cuya ampliación quedaría proscrita a partir de ese
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 25 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 348/2020 – ECLI:ES:TSJPV:2020:348
Palabras clave: Instrumentos de planificación. Planeamiento urbanístico. Suelos. Urbanismo.
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Hondarribia de 8 de junio de 2017, por el que se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana.
Los motivos de impugnación son variados y, en general desestimados, a salvo de dos que pasan a ser examinados a continuación:
1º.- El primero de ellos es el concerniente a que durante la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana no se llegó a solicitar el Informe preceptivo de telecomunicaciones al Ministerio competente en la materia -artículo 26.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre (ya derogada) y el artículo 35 de la vigente Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones-.
A este respecto, la Sala constata que dicho Informe ni existe en el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 7 de noviembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 3300/2019 – ECLI:ES:TSJPV:2019:3300
Temas Clave: Clasificación de suelos; Participación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
Una mercantil interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de 3 de julio de 2018 del Consejo de Gobierno Foral de la Diputación Foral de Gipuzkoa, que aprobó definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Astigarraga para el A.I.U. 22 Ubarburu Zabalpena, y contra la Normativa Urbanística correspondiente.
A través de esta modificación urbanística, una zona de 78.600 m2 destinada a actividades económicas, clasificada como suelo urbanizable programado, pasaba a convertirse en suelo no urbanizable, zona agroganadera y de campiña, subcategoría paisaje rural de transición.
Pues bien, de entre los motivos que sustentan el recurso interpuesto, destacan dos que se pasan a analizar a continuación: (i) infracción del Programa de Participación Ciudadana previsto en la legislación urbanística autonómica; y (iii) omisión del deber de incluir información sobre la propiedad del suelo durante los últimos 5 años -artículo 70.ter.3 de la Ley de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 17 de octubre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ana Isabel Rodrigo Landazabal)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 2945/2019 – ECLI:ES:TSJPV:2019:2945
Temas Clave: Costas; Dominio público marítimo-terrestre; Evaluación ambiental; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
Por unos particulares se interpone recurso contencioso-administrativo contra la Orden Foral 2657/2013, de 16 de abril, de la Diputación Foral de Bizkaia, relativa a la modificación de las Normas Subsidiarias de Bakio concernientes al Suelo urbanizable residencial SR-2.
De este modo los recurrentes solicitan la nulidad de pleno derecho de esta Orden. Previamente hay que señalar que, inicialmente, ya se había instado una modificación urbanística previa para este mismo ámbito urbanístico, que fue anulada por el Tribunal Supremo en 2012 por causa de no haberse solicitado el preceptivo informe de la Dirección General de Costas. Al respecto, lo primero que efectúa la sentencia examinada es recordar la doctrina del Tribunal Supremo que declara que la anulación judicial de un plan urbanístico tiene efectos ex tunc, no permitiéndose la convalidación o conservación de trámites. O lo que es lo mismo, cualquier modificación que
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