Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 19 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente: Pedro Luis Roás Martín)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 14079/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14079
Palabras clave: Montes. Ayudas y subvenciones. Gestión forestal. Sostenibilidad.
Resumen:
En el fallo que traemos a colación, una mercantil recurre la decisión de la Consejería de Sostenibilidad, Medioambiente y Economía Azul, de 27 de marzo de 2023, mediante la que se rechazó un recurso de reposición relacionado con una denegación previa de ayudas, fechada el 20 de abril de 2021. Estas ayudas, convocadas por la Orden de 30 de julio de 2019, estaban destinadas a mejorar el valor medioambiental de los montes en Andalucía dentro del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. La denegación se basó en el supuesto incumplimiento del apartado 2.a.A.a) de las bases reguladoras, y el artículo 109.2 del Decreto 208/1997, que indicaban que las actuaciones solicitadas estaban cubiertas por un consorcio o convenio.
A estos efectos, la mercantil considera que en el visor REDIAM (Red de Información Ambiental de Andalucía) la capa de información geográfica caracterizó erróneamente el monte
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 18 de septiembre de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 3ª. Ponente: María José Pereira Maestre)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 14165/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14165
Palabras clave: Minería. Autorización Ambiental Unificada. Medidas cautelares. Autorizaciones y licencias.
Resumen:
La resolución judicial objeto de análisis versa sobre el recurso de apelación interpuesto contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Huelva, por el que se adoptó la medida cautelar suspensiva de la ejecutividad de la medida acordada mediante Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, de 2 de agosto de 2023. Mediante dicha Resolución se otorgó el Permiso de Investigación “La Peñuela” N.º 14.976.
La parte actora argumenta que la ejecución inmediata de la Resolución podría causar un perjuicio irreparable al entorno forestal y la fauna, debido a la alta sensibilidad ecológica de la zona, catalogada como Zona de Especial Conservación (ZEC) de la Red Natura e integrada en el Paisaje Agrícola Singular “Dehesa de Paymogo”, protegido por el Plan Especial de Protección del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 31 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 2ª. Ponente: María Rosario Cardenal Gómez)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ AND 14264/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:14264
Palabras clave: Urbanismo. Contaminación Acústica. Evaluación Ambiental. Principio de no regresión.
Resumen:
La sentencia objeto de este análisis resuelve el recurso que impugnó la aprobación definitiva de la zonificación acústica de Torremolinos, realizada en sesión plenaria del Ayuntamiento el 26 de mayo de 2022 y publicada en el BOP de Málaga el 20 de septiembre de 2022. Se solicita la nulidad de dicha zonificación por tres razones principales: i) la previa declaración de nulidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del que deriva; ii) la falta de motivación en sus determinaciones, que resultan contradictorias con sus objetivos y caen en arbitrariedad; y iii) no haber comunicado la resolución de las alegaciones presentadas, las cuales fueron desestimadas sin justificación técnica.
A los anteriores efectos, la recurrente invoca el artículo 47.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haberse producido indefensión por la falta de respuesta a
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 1 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 3ª. Ponente: Pedro Luis Roas Martín)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 12078/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:12078
Palabras clave: Autorización ambiental integrada. Residuos peligrosos. Medidas cautelares. Valorización de residuos. Medio ambiente.
Resumen:
La sentencia que traemos a colación resuelve la impugnación del una auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Huelva, que suspendió la ejecutividad de una resolución que otorgaba autorización ambiental integrada (AAI) para la instalación de una planta de valorización de residuos peligrosos en Minas de Riotinto (Huelva).
En cuanto a las pretensiones de las partes, la Junta de Andalucía, recurrente, argumenta que el auto recurrido incurre en contradicciones al justificar la medida cautelar basada en riesgos serios sin analizar adecuadamente los informes técnicos. Por su parte, Green Soil Solutions, S.L., recurrente, alega que el auto impugnado no se pronuncia sobre la denegación previa de una medida cautelar similar, incurriendo en incongruencia omisiva.
Se oponen a estos argumentos los Ayuntamientos de La Granada de Riotinto y El Campillo, que defienden la medida cautelar por los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 28 de junio de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 2. Ponente: Marta Rosa López Velasco)
Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 11411/2024 – ECLI: ES:TSJAND:2024:11411
Palabras clave: Ordenación del territorio. Evaluación ambiental estratégica. Vías pecuarias. Embalses. Protección del medio ambiente.
Resumen:
El pronunciamiento de autos resuelve la impugnación de varias resoluciones administrativas relacionadas con la aprobación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) del municipio de La Puebla de Cazalla (Sevilla) por parte de una federación ecologista.
La recurrente alega los siguientes motivos de impugnación: en primer lugar, que los acuerdos impugnados no sometieron los planes a la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) conforme a la Directiva 2001/42/CE y la Ley 21/2013, sino que se realizó una asimilación incorrecta del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). En segundo lugar, que no se previó la modificación de trazado de vías pecuarias conforme al artículo 12 de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias. En tercer lugar, la reducción injustificada de la protección del embalse de La Puebla de Cazalla y del Complejo Serrano El Pinalejo, establecida en las
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