27 April 2023

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Revisión y actualización de dos planes de gestión del riesgo de inundación

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Real Decreto 197/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental. (BOE n. 69, de 22 de marzo de 2023)

Real Decreto 198/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la demarcación hidrográfica de las Illes Balears. (BOE n. 69, de 22 de marzo de 2023)

Palabras clave: Aguas. Inundaciones. Planificación.

Resumen:

Año tras año, las inundaciones en Europa y en España constituyen el riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido los mayores daños tanto materiales como en pérdida de vidas humanas, por lo que la lucha contra los efectos negativos de las inundaciones ha sido desde hace muchos años una constante en la política de aguas y de protección civil.

En el ámbito europeo, ha sido objeto de desarrollo específico mediante la Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, incorporada al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

En este contexto, se aprueban los dos planes referenciados.

El ámbito territorial del primer plan se corresponde con lo indicado en el artículo 2 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas. La estructura de este plan, de acuerdo con el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, consiste en una memoria con trece capítulos y seis anejos, con los siguientes títulos: Anejo 1: caracterización de las áreas de riesgo potencial significativo de inundación. Anejo 2: descripción del programa de medidas. Anejo 3: justificación de las medidas estructurales del plan. Anejo 4: resumen de los procesos de información pública y consulta y sus resultados. Anejo 5: medidas específicas de coordinación con la parte internacional de la demarcación hidrográfica. Anejo 6: listado de autoridades competentes.

El ámbito territorial del segundo plan coincide con el de la demarcación hidrográfica de las Illes Balears, definido en el artículo 2.1 del Decreto 129/2002, de 18 de octubre, de organización y régimen jurídico de la Administración Hidráulica de las Illes Balears.

La estructura de la revisión y actualización consiste en una memoria con trece capítulos y cinco anejos, que coinciden con los títulos de los anteriores, a excepción del Anejo 5: listado de autoridades competentes.

Las actuaciones promovidas por la Administración General del Estado y previstas en estos planes de gestión del riesgo de inundación serán sometidas, previamente a su realización, a un análisis sobre su viabilidad técnica, económica y ambiental.

El contenido íntegro de ambos planes se encuentra en la sede electrónica de los distintos organismos de cuenca y administraciones competentes, pudiendo accederse también desde el portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Ministerio del Interior.

Deberán ser revisados nuevamente, de conformidad con el artículo 21.3 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, con anterioridad al 22 de diciembre de 2027.

Las distintas administraciones competentes responsables de la ejecución de las medidas objeto de este real decreto garantizarán el respeto al principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente y al etiquetado climático, conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A la entrada en vigor de los presentes reales decretos quedan sin efectos el Real Decreto 20/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Occidental y de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental.

Asimismo, queda sin efectos el Real Decreto 159/2016, de 15 de abril, por el que se aprueba el Plan de gestión del riesgo de inundación de la demarcación hidrográfica de las Illes Balears.

Enlace web: Real Decreto 197/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental.

Real Decreto 198/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la demarcación hidrográfica de las Illes Balears.