5 March 2021

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Se aprueba el Plan Especial del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente:  Decreto 3/2021, de 4 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote. (BOCAN núm. 34, de 18 de febrero de 2021)

Palabras clave: Planificación. Inundaciones. Demarcación hidrográfica. Plan Territorial Especial.

Resumen:

La Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación vino a generar nuevos instrumentos a nivel comunitario para reducir las posibles consecuencias de las inundaciones mediante la gestión del riesgo, apoyándose en una cartografía de peligrosidad y de riesgo. Fue  transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación.

El esquema de actuación establecido en ambas normas comprende tres fases sucesivas: 1. La evaluación preliminar del riesgo de inundación. 2. La elaboración de mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación. 3. La aprobación de los planes de gestión del riesgo de inundación, que es en la que ahora nos encontramos.

El plan aborda los riesgos de inundación en la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote y sus previsiones complementan al Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote, aprobado por Decreto 186/2018, de 26 de diciembre (BOCAN núm. 252, de 31.12.18), uno de cuyos contenidos es precisamente la protección contra inundaciones.

Debe precisarse que, desde el punto de vista territorial y urbanístico, los Planes Especiales de Gestión del Riesgo de Inundación merecen la calificación jurídica de “planes sectoriales con impacto sobre el territorio”, de acuerdo con la disposición adicional cuarta de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (en particular, el apartado 3 de dicha disposición). Estamos, por tanto, ante un plan que, una vez entre en vigor, tendrá la consideración de Plan Territorial Especial y que, además, prevalecerá sobre los restantes instrumentos de ordenación territorial, ambiental y urbanística vigentes.

El objetivo de este Plan es lograr una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la sociedad para disminuir los riesgos de inundación y reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto, bajo los principios de solidaridad, coordinación y cooperación interadministrativa y respeto al medio ambiente.

La estructura del Plan y su contenido figuran en el anexo del Decreto.

Se debe puntualizar que con posterioridad a este Plan y en la misma línea han sido aprobados los Planes Especiales de Riesgo de Inundación de las Demarcaciones Hidrográficas de La Palma y Fuerteventura.

Enlace web: Decreto 3/2021, de 4 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote.