Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 26 de marzo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ M 3382/2018 – ECLI:ES:TSJM:2018:3382
Temas Clave: Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Suelos; Urbanismo
Resumen:
Por la Comunidad de Madrid se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto del Alcalde del Ayuntamiento de Aranjuez de 5 de abril de 2011 a través del cual se da por aprobado por silencio administrativo de forma definitiva la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Aranjuez (Madrid), con ordenación pormenorizada, en el ámbito del sector de “Las Cabezadas”, y que se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 4 de febrero de 2017.
El principal motivo del recurso radica en que en la tramitación del expediente existía un Informe emitido por la administración autonómica a través del cual se requería al propio Ayuntamiento promotor de la modificación urbanística a fin de que subsanase el expediente. El no cumplimiento por parte del municipio de este requerimiento derivaría, a juicio de la recurrente y en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 21 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Mercenario Villalba Lava)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ EXT 207/2018 – ECLI:ES:TSJEXT:2018:207
Temas Clave: Ganadería; Residuos animales; Sanidad animal; Subproductos animales
Resumen:
Se recurre por la Asociación de Profesionales Cinegética de Extremadura (APROCEX) el Decreto 149/2016, de 13 de septiembre, por el que se determinan medidas sanitarias de salvaguardia sobre los subproductos animales no destinados al consumo humano, los cadáveres y sus partes, de piezas de caza mayor, al objeto de controlar la tuberculosis bovina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este Decreto 149/2016 del que ya se dio noticia en esta REVISTA en el momento de su aprobación, en cuanto concernía a las piezas de caza mayor, establecía obligaciones de entidad de conformidad con lo establecido en el artículo 4, incluyendo la eliminación de subproductos no destinados a consumo humano (SANDACH) y otras partes de las piezas de caza mayor (artículo 5), entre otras muchas obligaciones.
Hay que tener en cuenta lo indicado en el expositivo de esta norma reglamentaria, a fin de poner en situación al lector sobre
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 18 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Piqueras Valls)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 525/2017 – ECLI:ES:TSJCANT:2017:525
Temas Clave: Autorización ambiental integrada; Mejores técnicas disponibles (MTD); Procedimiento administrativo
Resumen:
En su día, el Gobierno de Cantabria inició la revisión de oficio de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de una mercantil ubicada en la localidad de Torrelavega (Cantabria) y dedicada a la producción de cloro-alcalí.
Según se desprende de la sentencia analizada, la revisión de la AAI respondía a la modificación introducida por la Ley 5/2013, mediante la que se traspuso la Directiva 2010/75/UE, en el art. 25.2 de la Ley 16/2002. Y más en concreto, se refería a las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) a introducir en el proceso de fabricación de cloro-alcalí (Decisión de Ejecución 2013/732/UE, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea -DOUE- de 11 de diciembre de 2013).
Pues bien, una empresa competidora de la misma, dedicada al mismo sector y ubicada en Tarragona, pretendió personarse en el procedimiento administrativo de revisión de la AAI en concepto
Se crea el Consejo Asesor del Paisaje de Galicia
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 36, de 20 de febrero de 2018
Temas Clave: Ordenación del territorio; Paisaje
Resumen:
A través del Decreto 19/2018, de 1 de febrero, se ha creado el Consejo Asesor del Paisaje de Galicia, órgano colegiado de carácter técnico y de asesoramiento en materia del paisaje con funciones de colaboración y cooperación entre administraciones públicas para la promoción y desarrollo de políticas comunes concernientes al paisaje.
Este órgano, que se encuentra adscrito a la consejería competente en materia de ordenación del territorio de la Xunta de Galicia y cuenta con una composición que aúna a representantes de las administraciones públicas y de actores sociales, tiene entre sus funciones -artículo 4-:
a) Prestar el apoyo requerido por el organismo competente en materia de paisaje en la programación de las políticas comunes en materia de paisaje en Galicia.
b) Analizar las propuestas concretas de actuación y regulación normativa elevadas al Consejo Asesor del Paisaje de Galicia por el organismo competente en materia de paisaje para su informe facultativo y con carácter no
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15 de diciembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 12988/2017 – ECLI:ES:TSJM:2017:12988
Temas Clave: Clasificación de suelos; Desarrollo urbano sostenible; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por unos particulares contra el Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Moraleja de Enmedio (Madrid), que se entendió aprobado definitivamente por silencio positivo en virtud de acuerdo plenario del Ayuntamiento de este municipio de fecha 27 de diciembre de 2010, y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 30 de mayo de 2015.
Amén de otros motivos, gira el proceso fundamentalmente en la alegación efectuada por los recurrentes en el sentido de que se han incumplido las consideraciones generales sobre el modelo de crecimiento urbanístico propuesto por el Plan. Hay que tener en cuenta que, según consta en el Fundamento Primero de la sentencia analizada, el Plan General recurrido preveía un incremento poblacional de 27.573 habitantes (9.857 viviendas), cuando en los últimos tiempos el término municipal sólo había crecido en 2.423
Page 2 of 55«12345...102030...»Last
|