6 mayo 2025

Jurisprudencia al día Principado de Asturias Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Asturias. Pesca. Angula

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 17 de diciembre de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente: María Pilar Martínez Ceyanes)

Autora: María Pascual Núñez, Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid

Fuente: ROJ: STSJ AS 3352/2024 – ECLI:ES:TSJAS:2024:3352

Palabras clave: Pesca. Conservación. Angula.

Resumen:

Esta sentencia aborda la impugnación de la Resolución de 24 de octubre de 2023, que regula la campaña de pesca de la angula para 2023/2024 y aprueba los planes de gestión correspondientes, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias, por la Asociación Profesional de Pesca de Angula Artesanal y la Asociación de Anguleros Zona Centro Asturias.

En los antecedentes de hecho, se detalla que la Asociación demandante presentó el recurso solicitando la anulación de la resolución impugnada, argumentando que las nuevas limitaciones y medidas de protección no estaban respaldadas por informes científicos rigurosos y que contravenían el artículo 13 del Reglamento (UE) 2023/194 del Consejo. La Consejería demandada, por su parte, defendió la legalidad de la resolución, argumentando que las medidas estaban motivadas y basadas en información científica detallada, y que se sustentaban en la competencia exclusiva del Principado de Asturias en materia de pesca marítima en aguas interiores (Ley del Principado de Asturias 2/1993).

En cuanto a los fundamentos de derecho, la Sala analiza la legislación aplicable, entre la que se encuentran el Reglamento europeo y la Ley autonómica antecitadas, y que establece medidas para la recuperación de la población de anguila europea. A estos efectos, el Tribunal considera que la resolución impugnada tiene respaldo científico y menciona el informe del Centro de Experimentación Pesquera, que indicaba que la pesca tradicional coincidía con el pico migratorio de la anguila, lo que justificaba la imposición de un periodo de veda. Asimismo, destaca que otras comunidades autónomas de la zona, como Cantabria y Galicia, han adoptado medidas similares para la campaña de pesca de la angula. Por todo lo anterior, concluye que el procedimiento de elaboración de la norma había cumplido con los trámites legales, incluyendo el trámite de audiencia y la recepción de alegaciones de las partes interesadas.

Destacamos los siguientes extractos:

“(…) Reglamento (UE)2023/194 del Consejo, de 30 de enero de 2023, por el que se fijan para 2023 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas dela Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y se fijan para 2023 y 2024 tales posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces de aguas profundas, establece un periodo máximo de pesca de la especie de un mes durante el periodo de mayor migración de la anguila”.

Se trata de un informe en el que se señala que la pesca tradicional en Asturias coincide con el pico migratorio que es cuando, conforme al citado Reglamento (UE) 2023/194, ha de imponerse la veda (artículo 13.2.a) y artículo 13.2.d)). En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el referido precepto, la veda de 6meses resulta imperativa en octubre, noviembre y diciembre de 2023, y en enero, febrero y marzo de 2024.

Por otro lado, el art. 13.4.b.ii) prevé “no obstante lo dispuesto en el inciso i)” que cada Estado miembro interesado autorice la pesca por un período de un mes, durante el período de veda que se haya determinado en dicha letra si bien en este caso, “el Estado miembro interesado determinará un período de veda adicional de un mes”. Haciendo uso de esta facultad y computando el periodo de 1 mes en 30 días, es como queda establecido en la Resolución impugnada que, en tal sentido, ha de ser mantenida como ajustada a derecho”.

Comentario de la Autora:

La sentencia subraya la importancia de las medidas de protección adoptadas para la pesca de la angula, basadas en la necesidad de preservar la población de anguila europea, que se encuentra en un estado crítico. La resolución impugnada se justifica en la necesidad de establecer periodos de veda que coincidan con los picos migratorios de la anguila, con el fin de garantizar la sostenibilidad de la especie y cumplir con los objetivos de conservación establecidos en la normativa comunitaria.

Enlace: Sentencia STSJ AS 3352/2024, del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 17 de diciembre de 2024