5 September 2019

Current Case Law Supreme Court

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Andalucía. Guadalquivir. Canal de navegación

Sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Octavio Juan Herrero Pina)

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STS 2227/2019 – ECLI: ES:TS:2019:2227

Temas Clave: Planificación hidrológica; Puertos; Sevilla; Río Guadalquivir; Dragado; Exenciones; Medidas; Gobierno en funciones

Resumen:

De nuevo conoce la Sala de un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. En este caso, es la entidad WWF-ADENA la que cuestiona el Plan Hidrológico del Guadalquivir.

El objeto del recurso se centra en la inclusión del dragado del río Guadalquivir dentro del Plan Hidrológico. Por una parte, como exención para alcanzar los objetivos de la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (artículo 26, apéndice 11

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20 June 2019

Current Case Law Supreme Court

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Castilla-La Mancha. Valencia. Planificación hidrológica. Ribera del Júcar

Sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Francisco Javier Borrego Borrego)

Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STS 1658/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1658

Temas Clave: Planificación hidrológica; Objetivos medioambientales; Pozos; Costes

Resumen:

Varios ayuntamientos situados en la ribera del Júcar recurren el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, si bien el recurso se concentra en esta última demarcación, así como la Resolución de 7 de septiembre de 2015 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración ambiental estratégica conjunta de los Planes Hidrológicos y de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Júcar para el periodo 2016-2021.

Los recurrentes esgrimen en su defensa los siguientes incumplimientos:

Primero: el Plan Hidrológico no ha determinado las obligaciones relativas al establecimiento y aplicación de las medidas necesarias para lograr el cumplimiento de los objetivos medioambientales en, al menos, las masas de agua en

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13 June 2019

Andalusia Current Case Law High Court of Justice of the Administrative Community

Jurisprudencia al día. Andalucía. Planificación Hidrológica. Competencias

Sentencia del Tribunal Supremo, de 21 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Francisco Javier Borrego Borrego)

Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STS 1655/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1655

Temas Clave: Planificación Hidrológica; Andalucía; Consejo Andaluz de Gobiernos Locales; Informe preceptivo; Competencias autonómicas y locales

Resumen:

El Alto Tribunal examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre contra el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas 2015-2021, aprobado por Real Decreto 11/2016, de 8 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero de 2016), y el Plan de gestión del riesgo de inundación de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (PGRI), aprobado por Real Decreto 21/2016, de 15 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero de 2016).

Nos vamos a ceñir al único motivo de impugnación sobre el fondo del asunto que se analiza: nulidad de los Planes por omisión del preceptivo informe del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales (en adelante, CAGL) exigido por la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

El Tribunal sienta como

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9 May 2019

Current Case Law Supreme Court

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Castilla-La Mancha. Planificación Hidrológica. Tajo, Júcar, Segura y Guadiana

Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Juan Carlos Trillo Alonso)

Autora: Dra. Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva

Fuente: ROJ STS 1159/2019- ECLI: ES: TS: 2019:1159

Temas Clave: Planificación hidrológica; caudal mínimo; caudal ecológico; objetivos ambientales

Resumen:

La presente Sentencia el recurso contencioso-administrativo núm. 4400/2016 planteada por el Letrado de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, contra el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, e indirectamente también contra el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, siendo partes recurridas la Unidad Sindical de Usuarios del Júcar; la Generalitat Valenciana; y la Administración General del Estado.

El recurso se plantea, así, sobre la base de un motivo de carácter general, y la impugnación concreta de cada uno de los planes aprobados por cuestiones diversas.

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26 April 2019

Current Issues

Actualidad al día. Islas Baleares. Demarcación Hidrográfica

Se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Real Decreto 51/2019, de 8 de febrero, BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2019

Temas Clave: Plan hidrológico; demarcación hidrográfica; cuenca hidrográfica; unidad de cuenca

Resumen:

Para la aprobación de este Real Decreto, el legislador ha seguido el marco normativo establecido por la Constitución Española, el cual establece como criterio principal para ordenar la distribución de competencias en el ámbito de la gestión de recursos hídricos el principio de “unidad de cuenca”, con el fin de garantizar la gestión unitaria y no fragmentaria.

Al tratarse de aguas que solamente discurren por una cuenca hidrográfica, será competencia exclusiva autonómica. En este caso, el artículo 30.8 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de Illes Balears, recoge expresamente esta competencia. El Tribunal Constitucional también ha interpretado la importancia del criterio del territorio por el que discurren las aguas en el sistema distribución de competencias. Si bien, según el artículo 149.1.13 de la Constitución y debido a la especial relevancia del recurso

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