Decreto 52/2012, de 29 de febrero, por el que se regula el Observatorio del Agua de Andalucía (BOJA núm. 50, de 13 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Observatorio del agua
Resumen:
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 de la Ley 9/2010, de 30 de julio de Aguas de Andalucía, el presente Decreto tiene por objeto la regulación de la composición, funciones, organización y régimen del Observatorio del Agua.
El Observatorio, que deberá constituirse en el plazo de dos meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, tiene como finalidad principal recabar y generar información sobre aguas continentales, marítimas y de transición para ponerla a disposición de las Administraciones públicas gestoras del agua y de los demás órganos de participación, consulta y asesoramiento previstos en la ley andaluza de aguas.
Se constituye como un órgano colegiado, de carácter consultivo y de participación social adscrito a la Consejería con competencia en materia de agua, y se regirá por lo dispuesto en las normas básicas establecidas en la Ley 30/1992 y
Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (BOCYL núm. 42, de 29 de febrero)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Urbanismo; Contaminación acústica
Resumen:
La presente Ley establece un conjunto de medidas que responden por un lado a la necesidad de procurar, mediante normas que afectan a ingresos y gastos, una eficaz consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria, aceleración en la reducción del déficit y sostenibilidad fiscal; y por otro, a la necesidad de introducir algunas modificaciones de carácter urgente en la legislación de la Comunidad que, directa o indirectamente, han de incidir en la actividad económica pública así como en su actuar administrativo.
La norma se estructura en 4 Títulos, relativos a normas tributarias (Título I), modificaciones de la Ley de la Hacienda y el Sector Público (Título II), al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León (Título III), y a normas en materia de personal (Título IV).
Del amplio conjunto de medidas y modificaciones que lleva a cabo la norma, destacamos desde el punto de vista ambiental
El Consejo de Gobierno de Andalucía acuerda la formulación del Plan Director de las dehesas de Andalucía.
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2012/45/d/updf/d1.pdf
Temas clave: Ordenación del territorio; Plan director de las dehesas
Mediante el Acuerdo de 21 de febrero de 21 marzo, del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 16 de 6 de marzo de 2012) se acordó la formulación del Plan Director de las dehesas de Andalucía. Y es que, tal y como precisa la Ley 1/1994, de 11 de enero en su artículo 18.1, con carácter previo a la aprobación del Plan Director de las dehesas de Andalucía, se hace necesario que previamente, se acuerde por el Consejo de Gobierno, la formulación del mencionado plan.
El Plan, que tendrá la consideración de Plan con incidencia en la ordenación del territorio, constituirá el instrumento de planificación general para las dehesas, y tendrá una vigencia de veinte años, con las revisiones intermedias quinquenales, y sin perjuicio de otras revisiones que se realicen a petición de la Comisión Andaluza para la Dehesa.
Su tramitación,
Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA núm. 54 de 19 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Política ambiental; Aguas; Caza; Vías pecuarias; Montes; Urbanismo
Resumen:
La presente Ley recoge un conjunto de medidas de naturaleza fiscal por un lado, y de carácter administrativo y de organización por otro. De entre todas ellas, destacaremos las relevantes desde el punto de vista ambiental.
En relación a las medidas fiscales contempladas en el Título I, las modificaciones relevantes desde el punto de vista ambiental son las siguientes:
– Por lo que respecta a los impuestos medioambientales recogidos en el Texto Refundido de la Legislación sobre Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, se suprime el que grava las instalaciones de transporte por cable, por entender que dicha actividad, además de constituir un sector prioritario en la economía turística de la región, no implica una afección medioambiental considerable para someterla a tributación.
Se incluye también en el Anexo III de la norma, una actualización
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 20 de enero de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: María Begoña González García)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT.
Fuente: ROJ STSJ CL 280/2012
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Plan de ordenación de los recursos naturales
Resumen:
La presente Sentencia examina el recurso interpuesto por varios actores contra el Decreto 4/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural «Sierra de Guadarrama» (Segovia y Ávila).
Todas las causas de nulidad y anulabilidad esgrimidas por la parte actora, son desestimadas por la Sala, con base en los siguientes fundamentos:
– Respecto a los motivos de nulidad o anulabilidad por incongruencia del Decreto impugnado con la nueva Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (ya que el Decreto se inició estando en vigor la Ley 4/1989, de 27 de marzo de 1989), según el Tribunal, no se llega a concretar con precisión en
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