20 April 2012

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Actualidad al día. Plan Director del Olivar de Andalucía

El Consejo de Gobierno de Andalucía acuerda la formulación del Plan Director del Olivar  

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT 

Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA 

Temas clave: Ordenación del territorio; Plan director del Olivar 

Mediante el Acuerdo de 21 de febrero de 21 marzo, del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 16 de 6 de marzo de 2012) se acordó la formulación del Plan Director del Olivar. Y es que, teniendo en cuenta el plazo establecido por la Disposición Adicional Primera de la Ley 5/2011, de 6 de octubre del Olivar de Andalucía, de un año (a contar desde la entrada en vigor de la citada Ley), para la aprobación del Plan Director del Olivar por el Consejo de Gobierno, se hace necesario que, previamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, se acuerde por dicho órgano, la formulación del mencionado Plan. 

El Plan, que tendrá la consideración de Plan con incidencia en la ordenación del territorio, tendrá una vigencia de seis años y se podrán realizar revisiones intermedias cuando la Consejería competente en materia de agricultura, por sí o a petición de las organizaciones representativas, por circunstancias que modifiquen la situación del sector, previo informe del Consejo Andaluz del Olivar, lo considere necesario. 

Su tramitación, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 1/1994, y como contenido, tendrá como mínimo el establecido en el artículo 6 de la Ley 5/2011, de 6 de octubre, e incluirá la información exigida en la Ley 1/1994.