18 January 2019

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Actualidad al día. Canarias. Demarcación Hidrográfica

Se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de La Palma

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 169/2018, de 26 de noviembre (BOCAN núm. 237, de 7 de diciembre de 2018)

Temas Clave: Planificación hidrológica; Masas de agua; Zonas protegidas; Medioambiente; Regadíos; Red Natura 2000

Resumen:

Este Plan tiene por objeto establecer las medidas para conseguir los objetivos de la planificación hidrológica en la Demarcación Hidrográfica de La Palma y concretamente, para las masas de agua y las zonas protegidas, los objetivos ambientales definidos en el artículo 92 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

Su naturaleza es la de plan territorial especial en relación con los instrumentos ambientales, territoriales y urbanísticos con los que concurra.

Este Plan está compuesto por la siguiente documentación: memoria,  normativa y  estudio ambiental estratégico.

En el capítulo II se contemplan  las masas de agua y el registro de zonas protegidas. Se definen cinco masas de agua superficial, todas ellas de la categoría de masas de agua costera, las cuales están recogidas en el Anexo I de esta Normativa, al igual que las cinco masas de agua subterráneas.

Las categorías del Registro de Zonas Protegidas, de conformidad con el artículo 24 del RPH, son las siguientes: a) Zonas declaradas de uso recreativo. b) Zonas vulnerables a nitratos procedentes de fuentes agrarias. c) Zonas sensibles. d) Zonas de protección de hábitats y especies.

Los objetivos específicos del PHLP son: 1.- Conocimiento de la infraestructura hidráulica. 2.- Estado de los recursos y de las demandas. 3.- Control de la captación de los recursos subterráneos. 4.- Regulación, aprovechamiento hidráulico y eficiencia energética de los recursos. 5.- Interconexión hidráulica de la isla. 6.- Contaminación de los recursos superficiales y subterráneos. 7.- Viabilidad técnico-económica y financiación de las infraestructuras, y coordinación de los sectores público y privado. 8.- Planificación hidrológica y protección de las masas de agua.

En el capítulo 3 se determinan los condicionantes ambientales para infraestructuras con incidencia territorial. Se establecen medidas de obligado cumplimiento para las actuaciones del Plan de Regadíos de Canarias y condiciones específicas para las actuaciones con incidencia sobre espacios de Red Natura 2000.

En el capítulo 4 se determina la ordenación y protección del dominio público hidráulico y del dominio público marítimo – terrestre. El Capítulo 5 se destina a la utilización de ambos dominios.

Por último, queda derogado el Decreto 112/2015, de 22 de mayo, por el que se dispone la suspensión de la vigencia de determinados preceptos del Plan Hidrológico Insular de La Palma, aprobado por el Decreto 166/2001, de 30 de julio, y se aprueban las Normas Sustantivas Transitorias de Planificación Hidrológica de la Demarcación Hidrográfica de La Palma, con la finalidad de cumplir la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000; el Decreto 166/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico Insular de La Palma; y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.

Documento adjunto: