8 April 2026

Spain Current Legislation

Legislación al día. España. Subproductos

Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular 

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE n. 62, de 11 de marzo de 2026

Palabras clave: Subproductos. Usos. Gestión. Productores.

Resumen:

Esta Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Todas las solicitudes de subproducto se presentaron ante el departamento ministerial competente con anterioridad a la entrada en vigor de la citada ley, por lo que les es de aplicación el artículo 4.1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

El objeto de esta Orden es declarar determinadas sustancias y objetos como subproductos, con alcance general en todo el territorio español.

Su ámbito de aplicación abarca sustancias y objetos de naturaleza muy diversa, procedentes de distintas actividades y procesos industriales. Algunos de ellos derivan de la producción de aluminio, de la fabricación de cobre electrolítico y de la síntesis del ácido oxálico. Otros proceden de industrias agroalimentarias, como el ácido sulfúrico diluido; y otros tienen su origen en restos de fabricación de sustratos vegetales, en industrias madereras y afines, así como en la industria de procesamiento de papel tisú.

A título de ejemplo, se consideran subproductos las “astillas, recortes, serrín, virutas, restos de tronco, curros, recortes y restos de madera virgen procedentes de una explotación forestal, del aserrío o de la fabricación de tableros contrachapados y de fondos para envase hortofrutícola, para su uso en la fabricación de tableros de partículas y de fibras”.

Adicionalmente, a cada uno de estos materiales se les asignan determinados usos a los que deben destinarse para poder reunir la condición de subproducto, conforme a lo establecido en el artículo 1.1 y de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.d) de la Ley 22/2011, de 28 de julio. Por tanto, cualquier uso de las sustancias u objetos contemplados en esta norma que difiera de los mencionados en el artículo 1, quedará fuera de su ámbito de aplicación, al no haberse evaluado su consideración como subproducto. En consecuencia, dichos materiales deberán gestionarse conforme al régimen jurídico aplicable a los residuos, con el fin de garantizar su correcta gestión y asegurar la adecuada protección de la salud humana y del medio ambiente.

En el artículo 3 se determinan los requisitos para que las sustancias u objetos sean considerados como subproductos y en el artículo 4 se regulan las obligaciones de los productores de las sustancias u objetos. Los usuarios de estos subproductos deben cumplir las obligaciones establecidas en el art. 5 -verificación y registro-.

La autoridad competente de la comunidad autónoma podrá verificar, cuando lo estime conveniente, el cumplimiento de los requisitos medioambientales en materia de residuos. La verificación podrá realizarse en las instalaciones del productor, durante el transporte, o en las instalaciones de los usuarios del subproducto.

Entrada en vigor: 1 de julio de 2026.

Normas afectadas: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Enlace web: Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular