27 March 2026

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Declaración de la Isla de Alborán como Zona de Especial Conservación y aprobación de su Plan de Gestión

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 27/2026, de 18 de febrero, por el que se declara Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria Isla de Alborán y se aprueba el Plan de Gestión de la Isla de Alborán. (BOJA n. 36, de 23 de febrero de 2026)

Palabras clave: Zona de Especial Conservación. Biodiversidad. Red Natura 2000. Especies. Hábitats. Gestión. Espacios Naturales Protegidos.

Resumen: 

La Isla de Alborán, el islote de la Nube y las aguas y fondos marinos circundantes, localizados en el mar Mediterráneo, a medio camino entre la costa de Marruecos y la de Almería, fueron declarados Paraje Natural por la Ley 3/2003, de 25 de junio, de declaración del Paraje Natural de Alborán.

Mediante este decreto se declara ZEC el LIC Isla de Alborán conforme a los límites establecidos en la decimoctava lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea. La declaración de esta ZEC conlleva su inclusión en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

Los hábitats y especies en atención a los cuales se declara la ZEC Isla de Alborán son los que figuran en los inventarios de hábitats de interés comunitario, de especies relevantes de flora y de especies relevantes de fauna recogidos en el Anexo III.

Los límites de la ZEC Isla de Alborán son los que se representan de forma gráfica en el Anexo II. Estos límites se declaran de acuerdo con la precisión de detalle realizada sobre la escala 1:10.000 de los límites aprobados en la Decisión de Ejecución (UE) 2025/257 de la Comisión, de 7 de febrero de 2025, por la que se adopta la decimoctava lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea. La representación gráfica de los límites se inscribirá en el Registro de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

Por otro lado, se aprueba el Plan de Gestión de la ZEC y ZEPA Isla de Alborán, dando cumplimiento al artículo 46.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en lo relativo al establecimiento de medidas de conservación de la Red Natura 2000, por lo que constituye el instrumento de gestión de la ZEC y la ZEPA, en particular de los hábitats y especies de interés comunitario que motivaron su inclusión en dicha Red.

El citado Plan tendrá una vigencia indefinida, pudiendo ser modificado y revisado en los términos contemplados en su epígrafe 1.3.

Asimismo, se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la citada ley, al integrarse en un mismo documento los mecanismos de planificación de las distintas figuras de protección que se solapan en un mismo territorio. Dicho plan constituirá, por tanto, el instrumento de gestión de la ZEC y de la ZEPA Isla de Alborán. Este plan contiene una caracterización general de su ámbito territorial, la identificación de las prioridades de conservación, un análisis de las presiones y amenazas, los objetivos, la normativa, las medidas de conservación y el sistema de evaluación.

El régimen de protección y gestión y medidas de conservación de la ZEC y ZEPA Alborán estará constituido por:

a) El Plan de Gestión de la Isla de Alborán aprobado mediante este decreto.

b) La Ley 3/2003, de 25 de junio, de declaración del Paraje Natural de Alborán, en lo que afecte a su ámbito territorial.

c) Las estrategias de conservación y los planes de manejo, recuperación, conservación o equivalentes, aprobados por la Consejería competente en materia de medio ambiente o la Administración ambiental del Estado, que regulen actuaciones de conservación para aquellas especies amenazadas o tipos de hábitat o ecosistemas presentes en la ZEC y ZEPA.

d) Cualesquiera otras medidas de conservación, de las previstas en el artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, que se refieran a la ZEC y ZEPA o a los hábitats o especies que determinan su declaración.

Enlace web: Decreto 27/2026, de 18 de febrero, por el que se declara Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria Isla de Alborán y se aprueba el Plan de Gestión de la Isla de Alborán