«Decreto-Lei» n.º 89/2025, de 12 de agosto, que altera el régimen jurídico de emisiones industriales, completando la transposición de la Directiva (UE) 2010/75/UE, relativa a las emisiones industriales
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 154, de 12 de Agosto de 2025
Palabras clave: Emisiones industriales. Contaminación. Licenciamiento ambiental. Revisión de licencias. Directiva (UE) 2010/75. Responsabilidad ambiental.
Resumen: El «Decreto-Lei» n.º 89/2025 procede a la segunda modificación del «Decreto-Lei» n.º 127/2013, de 30 de agosto, completando la transposición de la Directiva (UE) 2010/75/UE, relativa a las emisiones industriales, también conocida como Directiva de Emisiones Industriales. La revisión legislativa surge como consecuencia de un procedimiento de infracción iniciado por la Comisión Europea contra el Estado portugués (Proceso C-166/25), debido a deficiencias en la transposición de la citada directiva, en particular en aspectos vinculados a la obligación de información inmediata a las autoridades en caso de accidente, la revisión periódica de las condiciones de licenciamiento y la cooperación transfronteriza entre Estados miembros.
El diploma introduce modificaciones en diversos artículos del régimen jurídico
Ley 4/2025, de 1 de agosto, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 157, de 8 de agosto de 2025
Palabras clave: Transporte. Impacto medioambiental. Energía. Autorizaciones. Arrendamiento de vehículos con conductor. Calidad del aire. Emisiones. Tráfico. Espacio público.
Resumen:
La Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (LOTCC) dedica su artículo 4 a los principios y objetivos generales, incluyendo entre estos últimos «la consecución de la máxima calidad y seguridad en la prestación de la actividad de transporte por carretera y la reducción de los impactos y coste medioambiental». Con el paso de los años, la regulación de este sector no ha experimentado apenas modificaciones, aunque en el año 2014 se introdujeron las normas relativas al arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) y, por tanto, no se ha acometido una actualización normativa que permita aproximarse mejor a la consecución de los objetivos ambientales y energéticos que se están imponiendo como fundamentales en toda la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 28 de mayo de 2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Raimundo Prado Bernabéu)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 625/2025 – ECLI:ES:TSJEXT:2025:625
Palabras clave: Embalse. Hidroaviones. Autorización. Zona de especial protección de las aves –ZEPA.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por el ayuntamiento de Alange contra la Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 26 de septiembre de 2024, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la resolución adoptada por el mismo órgano administrativo el 22 de mayo de 2024, en cuya virtud se autorizó al Aeroclub Sierra de Alange a que utilice una franja de la lámina de agua del embalse de Alange de dimensiones de 1 km x 60 metros, para el aterrizaje y despegue de hidroaviones.
Es parte demandada la Administración General del Estado.
Los dos motivos en los que esencialmente el ayuntamiento basa su recurso son los siguientes:
-El hidro-aeródromo autorizado pone en el peligro el mantenimiento de la bandera azul concedida a la playa de Alange, ubicada
Título: Análisis y comentario de la STSJ de Galicia 84/2025 de 28 de febrero de 2025
Title: Analysis and commentary on STSJ of Galicia 84/2025, 28 February 2025
Autora: María del Pilar Utrera Cotán, estudiante del Máster de Abogacía y Procura, Universidad de Sevilla
Fecha de recepción: 18/07/2025
Fecha de aceptación: 21/07/2025
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00434
Documento completo: “Análisis y comentario de la STSJ de Galicia 84/2025 de 28 de febrero de 2025”
Resumen:
La Sala admite el recurso interpuesto por ECOLOGISTAS EN ACCIÓN-CODA frente al Auto de 30-11-2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.º 2 de Santiago de Compostela, que había denegado la suspensión cautelar de la autorización de vertido de aguas residuales al río Pesqueria procedentes de una explotación minera de estaño y wolframio de San Fins- Vilacova.
Abstract:
The Chamber grants the appeal filed by ECOLOGISTAS EN ACCIÓN-CODA against the Order of 30-11-2023 issued by Contentious-Administrative Court N. º 2 of Santiago de Compostela, which had denied interim suspension of the permit authorizing the discharge of wastewater into the Pesqueria river from the San Finx-Vilacova tin and wolfram mining operation.
Palabras clave: Principio de precaución. Ponderación de intereses. Medio ambiente. Red Natura 2000. Declaración de impacto ambiental. Residuos. Autorización.
Real Decreto 531/2025, de 24 de junio, por el que se declaran diez zonas especiales de conservación, se aprueban sus medidas de conservación y las de siete zonas de especial protección para las aves, y se propone la modificación de los límites geográficos de doce espacios protegidos de la Red Natura 2000 en la Región Marina Mediterránea
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 178, de 25 de julio de 2025
Palabras clave: Red Natura 2000. Zonas Especiales de Conservación. Planes de gestión. Región Marina Mediterránea. Cartografía. Competencias ministeriales. Autorizaciones. Navegación Marítima. Pesca.
Resumen:
Este Real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 19ª, 20ª y 23ª.
Tiene por objeto: 1) Declarar como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes Lugares de Importancia Comunitaria: a) ES0000447 «Espacio marino de Orpesa y Benicàssim». b) ESZZ16010 «Espacio marino del entorno de Illes Columbretes». c) ESZZ16004 «Espacio marino de Illes Columbretes». d) ES5222007 «Alguers de Borriana-Nules-Moncofa». e) ES5212005 «L’Almadrava». f) ESZZ16007 «Espacio marino de la Marina Alta». g) ESZZ16006 «Espacio marino de Ifac». h) ESZZ16008 «Espacio marino Cabo de
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