21 febrero 2011

Andalucía Legislación al día

Legislación al día. Andalucía

Resolución de 21 de diciembre de 2010, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el Plan de Inspecciones Medioambientales para 2011 (BOJA, núm. 6, de 11 de enero)

Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación, CIEDA-CIEMAT

Resumen:

La presente resolución tiene por objeto la aprobación del Plan de Inspecciones Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

El Plan, está integrado por un total de cinco Programas (Prevención y Calidad Ambiental, Gestión del Medio Natural, Espacios Naturales y Vías Pecuarias, Ayudas y Subvenciones, y Aguas), en los que se enumeran los objetivos concretos y las actuaciones que deberán llevarse a cabo para alcanzarlos.

Los Agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, serán los encargados de la ejecución material de las inspecciones y controles que se deriven del presente Plan, sin que en ningún caso, tal función impida la realización de otras labores de inspección y control que por sus características deban llevar a cabo, especialmente de aquellas vinculadas a actividades que deban ser sometidas a autorización por parte de la Administración Ambiental.

Cada Dirección General de la Consejería de Medio Ambiente, deberá definir dentro de su ámbito competencial, las acciones concretas de control e inspecciones que deberán llevarse a cabo en cada una de las actuaciones propuestas por el Plan. Asimismo, éstas también deberán elaborar los Protocolos de Actuación y los modelos de las actas de inspección y/o control para aquellas actuaciones que lo requieran.

A su vez, las Delegaciones Provinciales, deberán definir para cada actuación de las propuestas, las localizaciones donde deban realizarse las inspecciones y/o acciones de control. Información ésta, que se plasmará en una Ficha de Encargo de Inspección, que se confeccionarán con una periodicidad trimestral. Los Coordinadores Provinciales de Agentes de Medio Ambiente, recibirán las fichas de encargo de inspección y transmitirán a los Coordinadores de Unidades Biogeográficas las inspecciones a realizar en su ámbito territorial. Posteriormente, los responsables de cada Unidad Biogeográfica encargarán cada inspección y/o control a uno o varios Agentes de Medio Ambiente.

Trimestralmente, los Coordinadores Provinciales de Agentes de Medio Ambiente elaborarán un Informe de Seguimiento del Plan Anual de Inspecciones Medioambientales. En este Informe se contabilizarán las inspecciones y/o controles realizados para cada una de las actuaciones incluidas en el Plan y se reflejarán las incidencias que se hayan detectado durante la ejecución del mismo. El informe, deberá también remitirse a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, a través de la Coordinación General de Agentes de Medio Ambiente, donde se elaborará un Informe de Seguimiento Regional que contabilizará las inspecciones y/o controles realizados y establecerá las directrices que se estimen oportunas para la consecución de los objetivos del Plan Anual.

Entrada en vigor:1 de enero de 1011