Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 23, de 25 de septiembre de 2019
Temas Clave: edificios; Legalidad urbanística; Ordenación del territorio; Planificación; Recursos naturales
Resumen:
No es ninguna novedad sino una problemática que se viene arrastrando desde hace años el tratamiento de las edificaciones irregulares sobre las que ya no cabe adoptar legalmente medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado al haber transcurrido los plazos legalmente establecidos, por lo que el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística resulta ineficaz. A pesar de los desarrollos y modificaciones introducidos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no se han conseguido solucionar los problemas asociados a las edificaciones irregulares, debido en gran parte a esta complejidad normativa y a la ausencia de mecanismos de gestión eficaces.
Comencemos por el siguiente dato estadístico: de un total de unas 500.000 edificaciones existentes en suelo no urbanizable en Andalucía, alrededor de 300.000