21 febrero 2019

Castilla y León Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Castilla y León. Demarcación Hidrográfica del Duero. Aguas subterráneas. Viñedos

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 25 de octubre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Roj: STSJ CL 3848/2018 – ECLI: ES:TSJCL:2018:3848

Temas Clave: Aguas subterráneas; Concesiones; Riego; Viñedos; Plan Hidrológico; Demarcación Hidrográfica del Duero

Resumen:

Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo planteado por la entidad mercantil Bodega de Sarriá, S.A. frente a la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) de 9 de marzo de 2017, que denegó la concesión del aprovechamiento de aguas subterráneas solicitada por la recurrente con destino a riego de viñedo por goteo en una superficie 153,6121 ha en el término municipal de Rueda (Valladolid) y con un volumen máximo anual de 71.998,30 m3. Se amplía el recurso formulado a la resolución de la Confederación Hidrográfica de 7 de noviembre de 2017, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la anterior.

La recurrente pretende que se anulen esas resoluciones y que se declare su derecho a la concesión solicitada. Por su parte, el Abogado del Estado se opone al recurso

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18 enero 2019

Actualidad

Actualidad al día. Canarias. Demarcación Hidrográfica

Se aprueba definitivamente el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de La Palma

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 169/2018, de 26 de noviembre (BOCAN núm. 237, de 7 de diciembre de 2018)

Temas Clave: Planificación hidrológica; Masas de agua; Zonas protegidas; Medioambiente; Regadíos; Red Natura 2000

Resumen:

Este Plan tiene por objeto establecer las medidas para conseguir los objetivos de la planificación hidrológica en la Demarcación Hidrográfica de La Palma y concretamente, para las masas de agua y las zonas protegidas, los objetivos ambientales definidos en el artículo 92 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

Su naturaleza es la de plan territorial especial en relación con los instrumentos ambientales, territoriales y urbanísticos con los que concurra.

Este Plan está compuesto por la siguiente documentación: memoria, normativa y estudio ambiental estratégico.

En el capítulo II se contemplan las masas de agua y el registro de zonas protegidas. Se definen cinco masas de agua superficial, todas ellas de la categoría de masas de agua costera, las cuales están recogidas en el Anexo I de esta Normativa, al igual que las

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11 enero 2019

Capítulos Monografías Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Capítulos de monografías

Éstos son los títulos donde se ha encontrado algún capítulo jurídico ambiental:

JIMÉNEZ DE CISNEROS CID, Francisco Javier (Dir.) et al. “Homenaje al Profesor Ángel Menéndez Rexach”. Cizur Menor: Navarra: Thomson Reuters – Aranzadi, 2018

Agricultura:

SANTAMARÍA ARINAS, René Javier. “PARTE III. Capítulo 20. Premisas para el tratamiento jurídico de la agricultura sostenible”. EN: JIMÉNEZ DE CISNEROS CID, Francisco Javier (Dir.) et al. “Homenaje al Profesor Ángel Menéndez Rexach”. Cizur Menor: Navarra: Thomson Reuters – Aranzadi, 2018

Aguas:

DELGADO PIQUERAS, Francisco. “PARTE III. Capítulo 3. La política del agua en España: a propósito de un pacto de Estado”. EN: JIMÉNEZ DE CISNEROS CID, Francisco Javier (Dir.) et al. “Homenaje al Profesor Ángel Menéndez Rexach”. Cizur Menor: Navarra: Thomson Reuters – Aranzadi, 2018

GIFREU FONT, Judith. “PARTE IV. Capítulo 11. La falta de acreditación de la suficiencia y disponibilidad de recursos hídricos como causa de nulidad de los planes de urbanismo”. EN: JIMÉNEZ DE CISNEROS CID, Francisco Javier (Dir.) et al. “Homenaje al Profesor Ángel Menéndez Rexach”. Cizur Menor: Navarra: Thomson Reuters – Aranzadi, 2018

LÓPEZ DE CASTRO GARCÍA-MORATO, Lucía. “PARTE III. Capítulo 12. Sobre el derecho al agua a un precio asequible y sostenible”. EN: JIMÉNEZ DE CISNEROS CID,

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11 diciembre 2018

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. España. Dominio Público Hidráulico

Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)

Autora: María Soledad Gallego Bernad, Abogada Ambiental. Despacho “Justicia Ambiental, Abogados y Consultores”

Fuente: Roj: STS 3353/2018- ECLI: ES:TS:2018:3353

Temas Clave: Caudales ecológicos; Planes hidrológicos de cuenca; control de la potestad reglamentaria

Resumen:

La Sentencia resuelve el recurso formulado por la “Asociación Española de Ornitología” (SEO/BirdLife) y la “Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos” (AEMS-Ríos con Vida), contra el Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, que modificó el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (RDPH) aprobado por el Real Decreto 849/1986, e introdujo en el mismo los artículos 49 ter y siguientes sobre el mantenimiento, control y cumplimiento de los caudales ecológicos.

Los recurrentes alegaban que los márgenes de reducción y numerosas excepciones que esta reforma reglamentaria introducía en el cumplimiento de los caudales ecológicos, reducían su exigibilidad, de forma contraria a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001) y otras disposiciones legales. En concreto, se recurrían los artículos 49 quater, párrafos 3º, 4º, 5º y 6º; 49 quinquies, párrafos 2º, 5º y 6º; artículos 315, párrafo n),

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15 mayo 2018

Comunidad de Madrid Jurisprudencia al día Tribunal Superior de Justicia ( TSJ )

Jurisprudencia al día. Madrid. Trasvases. Tajo-Segura

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 1 de febrero de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)

Autor: Dr. Fernando López Pérez, Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza

Fuente: Roj: STSJ M 1059/2018 – ECLI:ES:TSJM:2018:1059

Temas Clave: Aguas; Comunidades Autónomas; Planificación hidrológica; Tajo-Segura; Trasvases

Resumen:

Mediante Acuerdo de 3 de junio de 2016 de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura (dependiente, con la antigua denominación, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) se autorizó en el marco del “Trasvase Tajo-Segura” para el mes de junio de 2016, el trasvase del volumen correspondiente en situación de nivel 2, de 38 hectómetros cúbicos/mes. Según parece, tal cantidad superaría la habitual trasvasada de 20 hectómetros cúbicos/mes.

En cualquier caso, tal Acuerdo se enmarcaría en el conocido como “Trasvase Tajo-Segura” regulado actualmente en la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio y el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, y que muy resumidamente se determina en función de las existencias conjuntas en los embalses de Entrepeñas y Buendía a comienzos de cada mes, estableciendo

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