15 febrero 2012

Cataluña CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Cataluña. Simplificación normativa

Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. (DOGC núm. 6035, de 30 de diciembre)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Política ambiental; Aguas; Evaluación de planes y programas; Montes; Actividades extractivas; Simplificación administrativa

Resumen:

Para reducir y clarificar la legislación con el objetivo de que sea más accesible y comprensible por los ciudadanos, la presente Ley pretende avanzar en el proceso de simplificación administrativa. Dicha simplificación es abordada desde una doble perspectiva: la administrativa, que comprende todas las modificaciones legales cuya última finalidad es la reducción efectiva de trámites innecesarios y la simplificación de los procedimientos considerados en conjunto; y la normativa, que comprende tanto reformas que corresponden a la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico a las finalidades perseguidas, como la corrección de algunos errores detectados.

Numerosas son las reformas introducidas en esta Ley, por lo que nos detendremos tan sólo en el análisis del Título I que bajo la rúbrica «Ámbito agroambiental», contiene las siguientes medidas:

– Se modifican aspectos relativos al acceso motorizado al medio natural en relación con la delimitación de los viales de circulación de vehículos o de los espacios y recorridos en la celebración de competiciones deportivas (Capítulo I).  Destacar de este último aspecto que se prohíben las competiciones deportivas en el interior de los espacios naturales de especial protección, en las reservas nacionales de caza y en las reservas naturales de fauna salvaje, salvo en el caso de tramos de enlace no cronometrados, que pueden pasar por viales aptos para la circulación motorizada, previo informe favorable del órgano gestor del espacio y de acuerdo con las autorizaciones correspondientes.

– Se determina que la organización y funcionamiento del registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas debe establecerse por reglamento (Capítulo II).

– El Capítulo III introduce diversas modificaciones del Texto Refundido en materia de aguas, que básicamente se orientan a la supresión del Ente de Abastecimiento de Agua, cuyas funciones pasan a ser ejercidas por la Agencia Catalana del Agua, y a la simplificación del proceso de ejecución de obras de regadío por parte de los beneficiarios.

– Se simplifica el sistema de nombramiento de miembros del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (Capítulo IV).

– Se simplifica el procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas, eliminando la obligación de presentar algunos documentos ambientales, en los términos que se recogen en el Capítulo V.

– Se reordena el importe de la fianza y el régimen sancionador en materia de protección de los espacios de especial protección por actividades extractivas (Capítulo VI).

Finalmente, destacar también por su importancia ambiental, una modificación que se lleva a cabo en el Capítulo VI del Título VII, en el que se modifica la Ley 4/1998, de 12 de marzo, de protección del Cap de Creus, para resolver una contradicción entre el texto de la ley y la cartografía que se deriva de la misma, con la exclusión del núcleo urbano de La Vall de Santa Creu.

Entrada en vigor: 31 de diciembre de 2011

Normas afectadas: Son numerosas las normas afectadas por la presente Ley, por lo que destacaremos sólo las modificaciones normativas relevantes desde el punto de vista ambiental recogidas en el Título I, así como las normas derogadas expresamente en las Disposiciones Derogatorias.

Desde el punto de vista ambiental, el Título I modifica las siguientes normas:

– Ley 9/1995, de 27 de julio de regulación del acceso motorizado al medio rural.

– Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria.

– Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas en Cataluña.

– Ley 4/2009, de 15 de abril, del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias.

– Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas.

– Ley 12/1981, de 24 de diciembre, por la que se establecen normas adicionales de protección de los espacios de especial interés natural afectados por actividades extractivas.

Las Disposiciones Derogatorias, derogan expresamente las siguientes normas:

– Ley 10/1981, de 2 de diciembre, de creación del Instituto Catalán de Servicios a la Juventud.

– Artículos 30 a 32 y 36 a 38 de la Ley 7/1997, de 18 de junio de asociaciones.

– Artículos 36, 40 a 43 y Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido de la legislación en materia de aguas en Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre.

– Decreto 207/1999, de 27 de julio, sobre la estructura y funcionamiento del Consejo Catalán de Asociaciones.

– Anexos de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos en relación con el régimen de silencio administrativo.

– El plazo de resolución y notificación, y de primera modificación de los artículos 81, 82 y 83 de la Ley 13/1989, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.