18 diciembre 2013

Canarias CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Canarias. Red Natura 2000

Orden de 18 de noviembre de 2013, por la que se aprueban las medidas de conservación de las Zonas Especiales de Conservación integrantes de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas al mantenimiento o restablecimiento de sus hábitats. (BOCAN núm. 227, de 25 de noviembre de 2013)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Red Natura 2000, Zonas de Especial Conservación; Planes de Gestión

Resumen:

La presente Orden trae causa de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 22 de septiembre de 2011 (asunto C-90/10), que vino a declarar que el Reino de España había incumplido algunas de las obligaciones derivadas de la Directiva de hábitats, al no haber establecido prioridades  para las zonas especiales de conservación correspondientes a los lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica macaronésica, y por no haber adoptado ni aplicado las medidas de conservación y un régimen de protección que evitara el deterioro de los hábitats y las alteraciones significativas de las especies.

A través de esta Orden, que consta de cinco artículos y dos disposiciones finales, se completa y desarrolla el  Decreto 174/2009, de 29 de diciembre, para la aprobación de las medidas de conservación, mediante los correspondientes Planes de Gestión para cada ZEC, estableciendo, igualmente, las prioridades para la aprobación de los mismos. Estos planes de gestión se encuentran recogidos en el Anexo II de la Orden y pueden establecer zonas diferenciadas dentro de su ámbito territorial, de acuerdo con la siguiente zonificación: Zona de Conservación Prioritaria, zona de conservación, zona de restauración prioritaria, zona de restauración y zona de transición.

Las ZEC objeto de la esta Orden se corresponden a determinadas Zonas de las no coincidentes con los espacios de la Red Canaria de Espacios naturales Protegidos.

Por último, las Administraciones Públicas quedan vinculadas por las medidas de conservación en el ejercicio de sus funciones, las cuales tendrán una vigencia de seis años, prorrogables.

El texto de cada uno de los Planes correspondientes a las ZEC que figuran en el Anexo I, puede consultarse en el siguiente sitio web:

http://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/piac/temas/biodiversidad/medidas/espaciosnaturales-protegidos-terrestres/planes/red_natura/red_natura2000_canarias/planes_gestion_zec.html

Entrada en vigor: 26 de noviembre de 2013

Documento adjunto: pdf_e