12 marzo 2019

CC.AA. Galicia Legislación al día

Legislación al día. Galicia. Parque Nacional Islas Atlánticas. Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG)

Decreto 177/2018, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia. Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Diario Oficial de Galicia núm. 34, de  18 de febrero de 2018

Temas Clave: Biodiversidad; Espacios naturales; Islas Atlánticas de Galicia

Resumen:

Se ha aprobado en Galicia el Decreto  177/2018, de 27 de diciembre por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional Maritimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

El Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, compuesto por cuatro archipiélagos (Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada) y las aguas marinas que rodean a estos territorios, se localiza en el ámbito de la costa atlántica del Noroeste de la Península Ibérica, entre la Punta Falcoeiro de la provincia de A Coruña y la Punta Meda de la de Pontevedra, conformando así un hermoso paisaje desde la Ría de Arousa hasta la de Pontevedra.

El conjunto del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia comprende un total de 8.480 ha, de las cuales prácticamente el 86 % corresponde a superficie marina. Según la Ley 15/2002, por la que se declara el Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia y se establece su delimitación, de los cuatro archipiélagos que forman parte del parque, el que presenta una mayor superficie es el de Cíes, con 3.091 ha, de las que 433 son terrestres y 2.658 marinas. No obstante, es el Archipiélago de Ons el que posee una mayor superficie emergida, con 470 ha terrestres y 2.171 ha marinas. El Archipiélago de Cortegada es el menor de los cuatro, suponiendo una superficie total en el parque de 191 ha, de las que 43,8 ha son terrestres. El Archipiélago de Sálvora aporta una superficie de 2.309 ha marinas y 248 ha terrestres.

La superficie terrestre abarcada por el Parque Nacional se reparte en cuatro ayuntamientos diferentes situados en las provincias de A Coruña y Pontevedra. Así, en la provincia de Pontevedra se sitúan los archipiélagos de Cíes (ayuntamiento de Vigo), Ons (ayuntamiento de Bueu) y Cortegada (ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa); mientras que en la provincia de A Coruña se localiza el archipiélago de Sálvora (ayuntamiento de Ribeira). De acuerdo con la Ley 15/2002 por la que se declara el Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, los mencionados ayuntamientos (Vigo, Bueu, Vilagarcía de Arousa y Ribeira) constituyen el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de las Islas Atlánticas de Galicia.

La Ley 42/2007 indica en su artículo 31.5 que en los parques se elaborarán los planes rectores de uso y gestión, cuya aprobación corresponderá al órgano competente de la Comunidad Autónoma; las administraciones competentes en materia urbanística informarán preceptivamente dichos planes antes de su aprobación. En estos planes, que serán periódicamente revisados, se fijarán las normas generales de uso y gestión del parque. Asimismo, establece, en su artículo 31.6, que los planes rectores prevalecerán sobre el plan urbanístico; cuando sus determinaciones sean incompatibles con las de la normativa urbanística en vigor, ésta se revisará de oficio por los órganos competentes.

Dada la importancia de la biodiversidad marina en el conjunto del parque nacional, el 27 de junio de 2008, en la reunión de la Comisión OSPAR llevada a cabo en la ciudad de Brest (Bretaña, Francia), se integraba el Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia en la Red OSPAR de Áreas Marinas Protegidas, siendo el primer área marina protegida de España con carácter internacional.

La integración en la Red OSPAR de Áreas Marinas Protegidas introducirá en el PRUG los objetivos del Convenio OSPAR, de manera que se establezcan las medidas de gestión y planificación necesarias para proteger y conservar los ecosistemas y la diversidad biológica de la zona marítima y, en su caso, recuperar las áreas marinas degradadas. De manera análoga, la inclusión del parque nacional en el listado de humedales de importancia internacional integrará en el PRUG los objetivos, directrices y finalidades del Convenio sobre los humedales de Ramsar (Irán).

Entrada en vigor: 16 de enero 2019.

Documento adjunto: