23 mayo 2019

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Actualidad al día. Islas Baleares. Reservas marinas

Baleares establece la Reserva Marina de la Illa de l’Aire

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: Decreto 26/2019, de 12 de abril, por el que se establece la Reserva Marina de la Illa de l’Aire y se regulan en ella las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas, y se modifica la Orden del consejero de Agricultura, Comercio e Industria de 15 de junio de 1999 por la que se establece la Reserva Marina del Nord de Menorca, comprendida entre la Punta des Morter, la Illa des Porros y el Cap Gros, y se regulan las actividades a desarrollar. (BOIB núm. 48, de 13 de abril)

Temas Clave: Reserva marina; Lugar de Interés Comunitario; Especies; Pesca; Buceo;

Resumen:

Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas.

La Illa de l’Aire es un pequeño islote, de unas 45 ha, situado al extremo sudoriental de la isla de Menorca, aproximadamente a 1.500 m de su costa.  Del fondo marino destacan las praderas de posidonia oceánica presentes en el freo entre la Illa de l’Aire y Menorca, así como las comunidades de fondo rocosos que rodean el islote. La naturaleza calcárea de la zona favorece la presencia de numerosas cuevas y cavidades en las rocas, lo que hace la Illa de l’Aire muy atractiva para los buceadores. Además, en esta zona suelen converger corrientes, lo que la convierte en una zona muy productiva y con un gran potencial para albergar poblaciones de peces diversas y con elevada biomasa.

Asimismo, la zona incluye parte del Lugar de Interés Comunitario (LIC) Punta Prima – Illa de l’Aire (ES 5310073), aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de marzo de 2006. Por otro lado, se ha de mencionar la declaración de la zona submarina que rodea la Illa de l’Aire como bien de interés cultural (BIC), con categoría de zona arqueológica, en el año 2010.

Sin embargo, el estudio científico presentando por el Consejo Insular de Menorca ha puesto de manifiesto que la comunidad íctica en el entorno de la Illa de l’Aire es rica y variada, pero que la presencia de especies de peces vulnerables a la pesca es inferior a la potencial, al detectarse una elevada presión de la pesca submarina.

En este contexto, se ha considerado necesario crear una nueva reserva marina en las aguas interiores del entorno de la Illa de l’Aire que producirá un incremento de las poblaciones de peces comerciales dentro de la Reserva Marina y sus alrededores, lo que favorecerá al sector pesquero artesanal de Maó y las actividades económicas relacionadas con la observación de los peces. En la  reserva se establece una zona especial de buceo en el perímetro marino del islote, definida por los puntos geográficos definidos en el artículo 2.

Dentro del área de la Reserva Marina se prohíbe:

a) Toda clase de pesca marítima y de extracción de flora y fauna marinas, con las excepciones que se indican en el punto 2 del artículo 3.

b) La captura y la retención a bordo de las especies incluidas en el anexo 1 del Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears. En caso de captura accidental de algún ejemplar, se ha de retornar al mar inmediatamente, tanto si está vivo como si está muerto.

c) Toda clase de pesca marítima y de marisqueo desde la Illa de l’Aire.

d) El buceo recreativo en las cuevas submarinas de la Illa de l’Aire.

Documento adjunto: