26 February 2009

Spain Current Legislation

Legislación al día. Estado. Residuos

Resolución de 20 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan Nacional Integrado de Residuos para el período 2008-2015 (BOE nº 49, de 26 de Febrero de 2.009)

El artículo 5.1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, establece que la Administración General del Estado, mediante la integración de los respectivos planes autonómicos de residuos, elaborará diferentes planes de residuos, en los que se fijarán los objetivos específicos de reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización y eliminación; las medidas a adoptar para conseguir estos objetivos; los medios de financiación y el procedimiento de revisión.

Objetivos.

Los objetivos generales del Plan se concretan en los siguientes puntos:

  • Modificar la tendencia actual del crecimiento de la generación de residuos.
  • Erradicar el vertido ilegal.
  • Disminuir el vertido y fomentar de forma eficaz: la prevención y la reutilización, el reciclado de la fracción reciclable, así como otras formas de valorización de la fracción de residuos no reciclable.
  • Completar las infraestructuras de tratamiento y mejorar el funcionamiento de las instalaciones existentes.
  • Obtener estadísticas fiables en materia de infraestructuras, empresas gestoras y producción y gestión de residuos.
  • Evaluar los Instrumentos económicos y en particular los fiscales que se han puesto en práctica para promover cambios en los sistemas de gestión existentes.
  • Identificar la conveniencia de su implantación de forma armonizada en todas las Comunidades Autónomas.
  • Consolidación de los programas de I+D+i aplicados a los diferentes aspectos de la gestión de los residuos, incluyendo análisis de la eficiencia de los sistemas de recogida, optimización de los tratamientos y evaluación integrada de los procesos completos de gestión, desde la generación hasta la eliminación.

Finalidad.

La finalidad del Plan es la de promover una política adecuada en la gestión de los residuos, disminuyendo su generación e impulsando un correcto tratamiento de los mismos: prevención, reutilización, reciclaje, valoración y eliminación. Así mismo, persigue la implicación de todas las Administraciones públicas, consumidores y usuarios, con objeto de que asuman sus respectivas cuotas de responsabilidad, impulsando la creación de infraestructuras que garanticen este correcto tratamiento y gestión de los residuos en los lugares más próximos a su generación.

Revisión.

El Plan prevé su revisión con carácter bianual, en colaboración con las comunidades autónomas, los departamentos ministeriales con competencias en la materia, y tiene en cuenta la posición de los agentes económicos y sociales. La revisión de los objetivos se hará de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas; y, en particular, los objetivos de valorización energética se revisarán en concordancia con la futura Ley de eficiencia energética y energías renovables y el Plan de energías renovables.