21 March 2012

Andalusia Autonomous communities Current Legislation

Legislación al Día. Andalucía. Residuos

Decreto 7/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía 2012-2020. (BOJA núm. 28, de 10 de febrero de 2012)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT

Temas Clave: Residuos peligrosos; Andalucía; Planificación; Política ambiental; Ciclo de vida de los productos

Resumen:

El Plan comienza con una Introducción en la que se alude a su justificación, fundamentos, antecedentes, ámbito de aplicación y participación ciudadana, a través de la constitución de una Ponencia Técnica, configurada como un grupo de trabajo para tratar temas considerados relevantes de cara al desarrollo de la planificación.

Su aprobación responde a la necesidad de desarrollar estrategias de planificación y actuación que permitan una reducción neta de la producción de residuos y de los efectos negativos asociados a la producción y a la gestión de estos residuos desde una perspectiva global en el territorio, que integre la regulación sectorial y tenga en cuenta, sobre todo, el ciclo de vida de los productos y materiales, no sólo la fase de los residuos.

El presente plan propone la estrategia a seguir en Andalucía, en los próximos diez años, en materia de residuos peligrosos, siendo su contenido coherente con el planeamiento y estrategias horizontales en materia de calidad ambiental y cambio climático de la Junta de Andalucía.

Se consideran incluidos en su ámbito de aplicación  todos los residuos peligrosos que se generan y gestionan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con independencia de la actividad en la que éstos se originen (domésticos, comerciales e industriales) y de la responsabilidad de la gestión (municipal y no municipal), quedando excluidas las excepciones contempladas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, por tener regulación específica.

En segundo lugar, se establece el marco legal aplicable al propio Plan, para continuar con el estudio de la situación actual en materia de producción y gestión de residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma, que incluye los centros productores de residuos peligrosos; la distribución territorial de la producción declarada de residuos peligrosos, por sectores de actividad y por grupos LER. En relación con su gestión, teniendo en cuenta que la Junta de Andalucía no tiene competencias para gestionar residuos peligrosos, pues no se ha producido ninguna declaración de servicio de utilidad pública en este ámbito, son los operadores privados quienes se ocupan de la gestión. Se detiene en las Empresas gestoras e instalaciones de gestión, depósito directo de residuos en vertedero y flujos de residuos. Asimismo analiza la situación de distintos tipos de residuos para cerrar con un resumen de la situación actual y las previsiones de crecimiento.

En cuarto lugar, se determinan los principios rectores sobre los que se sustenta este Plan, que tienen su base en el VI Programa Comunitario de Política en materia de Medio Ambiente: Sostenibilidad, prevención, jerarquía de opciones de gestión, precaución, proximidad, autosuficiencia, valorización, transparencia, responsabilidad compartida, mejora permanente, quien contamina paga, responsabilidad ampliada de las personas o entidades productoras de productos, igualdad entre hombres y mujeres.

En quinto lugar, se analizan los objetivos generales del Plan y los estratégicos que son: 1) Adaptación y mejora del marco normativo andaluz a las estrategias nacionales y europeas en materia de residuos peligrosos, en vigor y en preparación. 2) Prevención en la generación de los residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en peso, volumen, diversidad y peligrosidad. 3) Optimización del modelo de gestión de los residuos en Andalucía 4) Eficiencia y agilización administrativa 5) Coordinación interadministrativa y sectorial y 6) Educación, formación y comunicación.

Para dar respuesta a los objetivos propuestos, el Plan se estructura a continuación en seis programas transversales (Desarrollo normativo, Prevención, Gestión, Seguimiento y control, Coordinación y Formación, educación ambiental y comunicación), que se desarrollan a través de 14  líneas de actuación y 34 medidas, concretas y evaluables.

Cierran el Plan los mecanismos de control, evaluación y seguimiento y, por último, se analiza la repercusión del Plan sobre la economía andaluza y, en concreto, sobre la creación de puestos de trabajo.

Entrada en vigor: El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía