Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 23 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: María José Pereira Maestre)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 6673/2022 – ECLI:ES:TSJAND:2022:6673
Palabras clave: Vías pecuarias. Ocupación. Excepcionalidad.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso administrativo formulado por la Federación “Ecologistas en Acción-Sevilla” contra la resolución de fecha 30 de mayo de 2019 de la Secretaría General de Ordenación de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, que a su vez desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 25 de junio de 2018 de la Delegación Territorial en Sevilla, por la que se autorizó la ocupación de terrenos pertenecientes a la vía pecuaria “Cañada Real, de Osuna a Cañete”, en el término municipal de El Saucejo (Sevilla).
La recurrente alega que no concurre la preceptiva excepcionalidad para justificar la autorización de una ocupación temporal de la vía pecuaria, condición exigida por el artículo 14