6 March 2020

Current Issues

Actualidad. La Rioja. Saneamiento. Depuración. Aguas residuales

La Rioja modifica el Decreto por el que se aprueba el Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOR número 18. Viernes 14 de febrero de 2020

Temas Clave: Saneamiento; Depuración; Aguas residuales urbanas

Resumen:

El Decreto 39/2019, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, dispone en su artículo 7.2.3.r) que la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua tiene entre sus competencias la elaboración, coordinación y seguimiento de planes y programas de saneamiento y depuración de aguas residuales.

Además, el artículo 3 del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, dice que las Comunidades Autónomas fijarán, previa audiencia de los Ayuntamientos afectados, las aglomeraciones urbanas en que se estructura su territorio.

El artículo 6 del Decreto 39/2018, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director de saneamiento y depuración 2016-2027 de La Rioja, establece que las aglomeraciones urbanas para el tratamiento de las aguas residuales quedan constituidas por cada uno de los núcleos de población de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con la excepción de aquellas compuestas por varios núcleos y que se recogen en el Anexo II al citado Decreto. No obstante, en el caso de los estudios de alternativas llevados a cabo en la redacción de los proyectos correspondientes a las actuaciones de saneamiento y depuración previstas en el Plan Director, obliguen a la modificación de alguna de las aglomeraciones definidas o a la constitución de alguna nueva, éstas se realizarán de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 5/2000, de 25 de octubre, y en el artículo 3 del Decreto 55/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 5/2000, de 25 de octubre.

Por otra parte, el artículo 3.6 del Decreto 55/2001, de 21 de diciembre dispone que cuando el Plan Director no determine alguna de las aglomeraciones urbanas por no disponer en el momento de su elaboración y aprobación de estudios suficientemente contrastados, éstas podrá fijarlas el Gobierno de La Rioja, previo trámite de audiencia del municipio o municipios afectados.

La Junta de Gobierno del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de junio de 2019, acordó por unanimidad la solicitud al Gobierno de La Rioja de la modificación del Anexo II del Decreto 39/2018, de 2 de noviembre, a los efectos de: la delimitación de la aglomeración urbana Badarán – Cordovín, la inclusión de Arenzana de Arriba en la aglomeración urbana Tricio-Arenzana formada por los municipios de Tricio y Arenzana de Abajo, la inclusión de Manjarrés en la aglomeración urbana Río Yalde formada por los municipios de Nájera, Uruñuela, Huércanos y Alesón y la delimitación de la aglomeración urbana Ortigosa formada por Ortigosa de Cameros y Peñaloscintos.

La citada solicitud se basa en los estudios de alternativas realizados por el Consorcio para el saneamiento y depuración de Cordovín, Arenzana de Arriba, Manjarrés, Alesón y Peñaloscintos, con el objeto de poder seleccionar la solución más adecuada y desarrollarla posteriormente en un proyecto constructivo.

En la disposición final primera del Decreto 39/2018, de 2 de noviembre, se prevé que la modificación de las aglomeraciones urbanas para el tratamiento de las aguas residuales urbanas enumeradas en el Anexo II se podrá llevar a cabo mediante la modificación del citado Decreto por el Consejo de Gobierno de La Rioja.

Entrada en vigor: El 15 de febrero de 2020.

Normas afectadas:

-El Decreto 39/2018, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Enlace web: Decreto 2/2020, de 10 de febrero, por el que se modifica el Decreto 39/2018, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja