Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Actividades clasificadas:

SCHNEIDER, Raphaël. “Installations classées”. Revue juridique de l’environnement, n. 1, 2013, pp. 155-176

Agricultura:

“Aiuti mirati all’ammodernamento delle aziende agricole”. Rivista di diritto agrario, n. 3, 2012, pp. 291-293

BANI, Elisabetta. “Cooperative agricole, funding e microcrédito”. Rivista di diritto agrario, n. 3, 2012, pp. 498-513 Continuar leyendo …

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Acceso a la justicia:

MOVSISIAN, Gor. “Is a closed system of legal standing always safe for the environment: the Case of Armenia”. Revista Catalana de Dret Ambiental (RCDA), vol. 3, n. 2, 2012, pp. 1-14, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/346/1592 [Fecha de último acceso 28 de febrero de 2013].

Actividades clasificadas:

PALLARÈS SERRANO, Anna. “El libre acceso a las actividades de servicios y su aplicación en el ámbito de las actividades clasificadas: estudio del comportamiento normativo de las comunidades autónomas”. Revista Catalana de Dret Ambiental (RCDA), vol. 3, n. 2, 2012, pp. 1-66, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/342/1451 [Fecha de último acceso 28 de febrero de 2013]. Continuar leyendo …

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:

Actividades clasificadas:

“Les conséquences d’une modification de la nomenclature des installations classées: L’arrêt Société Lanvin du Conseil d’État constitue une occasion de revenir sur les règles régissant le changement de nomenclature d’une installation classée”. Droit de l’environnement, n. 201, pp. 163-164

“Installations classées: Au coeur de l’évolution du droit des installations classées pour la protection de l’environnement (ICPE), deux ordonnances de janvier 2012 entraînent une profonde évolution de la matière”. Droit de l’environnement, n. 203, pp. 248-252

Agricultura: Continuar leyendo …

Referencias bibliográficas al día. Monografías

MONOGRAFÍAS:

Actividades clasificadas:

TOLOSA TRIBIÑO, César. “Actividades clasificadas: comentarios, jurisprudencia, casos prácticos y formularios”. Pamplona: DAPP, 2012. 216 p.

Agricultura:

CASAS FLORES, Raquel. “El suelo de cultivo y las condiciones climáticas”. Madrid: Paraninfo, 2012. 235 p.

COSIALLS UBACH, Andrés Miguel. “El derecho agroalimentario del sector ganadero y la política agrícola”. Granada: Comares, 2012. 200 p. Continuar leyendo …

Legislación al Día. Comunidad Autónoma de Canarias. Actividades Clasificadas.

Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa (BOC núm. 117, de 15 de junio)

Decreto 53/2012, de 7 de junio, por el que se regulan [...]

Legislación al día. País Vasco. Libertad de Establecimiento

Ley 7/2012, de 23 de abril, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior (BOPV núm. 84 de 30 de abril de 2012)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal [...]

Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Antenas de telefonía

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia núm.1232/2011, de 15 de diciembre de 2011. (Sala de lo Contencioso. Sede A Coruña, Sección 2ª. Recurso núm. 4454/2011. Ponente Dña. Cristina María Paz Eiroa)

Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT

Fuente: Roj: STSJ GAL 10190/2011

Temas Clave: Actividades clasificadas; licencias; antenas de telefonía móvil

Resumen:

La presente sentencia se circunscribe al recurso de apelación interpuesto por la compañía telefónica “Telefónica Móviles” contra la sentencia de 27 de abril de 2011 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense en el procedimiento ordinario 291/2010, siendo parte apelada el Ayuntamiento de la misma localidad. En aquella Sentencia el fallo desestimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la misma compañía y, por tanto, no se anuló el acuerdo denegatorio de la licencia solicitada para la instalación de una antena de telefonía móvil, argumentándose que “la antena de telefonía móvil requiere por una parte licencia de actividad, y por otra parte la actividad de dicha antena está sujeta al régimen de actividades clasificadas, cuyo ejercicio requiere por ello la previa obtención de licencia de actividad. Tal como consta en los informes técnicos obrantes en el expediente (…) la antena no cumple las exigencias previstas en la Ordenanza (…) Continuar leyendo …

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:

Acceso a la justicia:

BÉTAILLE, Julien.  “Accès à la justice de l’Union européenne, le Comité d’examen du respect des dispositions de la Convention d’Aarhus s’immisce dans le dialogue des juges européens : à propos de la décision no ACCC/C/2008/32 du 14 avril 2011”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 4, 2011, pp. 547-562

BÉTAILLE, Julien. “CJUE: Accès à la justice”. Revue Juridique de l’Environnement, n. 4, 2011, pp. 653-

VG Berlin. “Urteil vom 9. Juni 2011 – 2 K 46.11 Zugang zu Informationen vom Bundesministerium der Justiz”. ZUR – Zeitschrift für Umweltrecht, n. 1, 2012 Continuar leyendo …

Legislación al día. Extremadura. Autorizaciones y comunicación ambiental

Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 100, de 26 de mayo)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Autorización ambiental; Licencia Ambiental; Autorización ambiental integrada; Comunicación ambiental; Actividades clasificadas; Disciplina ambiental

Resumen:

El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que respecta a las autorizaciones ambiental integrada y unificada y a la comunicación ambiental de instalaciones y actividades, con el fin de evitar y, cuando no sea posible, reducir y controlar en origen, la contaminación y las emisiones que puedan producir, garantizando la protección del medio ambiente y la salud de las personas.

Hasta la aprobación de la Ley 5/2010, el control ambiental de estas actividades se realizaba a través del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP) aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre. Sin embargo, la citada Ley deja sin aplicación el RAMINP, por lo que pese a que su aplicación ha demostrado la posibilidad y ventajas del control municipal en la tramitación ambiental de estas actividades, resulta necesaria la aprobación de este nuevo Reglamento. Continuar leyendo …

Legislación al día. Aragón

Decreto 74/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los anexos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón (BOA núm. 68, de 5 de abril)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Evaluación estratégica; Evaluación de impacto ambiental; Autorizaciones ambiental; Autorización ambiental integrada; Licencia Ambiental; Actividades Clasificadas; Protección ambiental

Resumen:

La Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, regula un sistema de intervención administrativa ambiental de los planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de afectar al medio ambiente en el ámbito territorial de Aragón, como forma de prevención, reducción y control de la contaminación del impacto ambiental. Sin embargo, transcurridos prácticamente tres años desde la aprobación de la citada Ley, se considera que tanto la aplicación de la misma, como las novedades normativas producidas en materia de medio ambiente, a nivel comunitario, estatal y autonómico, evidencian la necesidad de adaptar determinados anexos de la citada Ley, con el fin de incorporar los nuevos requerimientos ambientales, o de carácter técnico, que exige la normativa que ha entrado en vigor con posterioridad a su aprobación. Continuar leyendo …

Legislación al día. Islas Baleares

Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior (BOIB núm. 171, de 25 de noviembre)

Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Resumen:

Esta Ley nace con el propósito de adaptar la normativa balear de rango legal reguladora de las actividades de servicios a las prescripciones de la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior y a la normativa básica dictada por el Estado a través de su transposición por Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre.

Recordemos que el objetivo principal de toda esta normativa se ciñe a la eliminación de los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de los prestadores de servicios en los Estados miembros, máxime cuando este sector resulta ser el más importante de la Comunidad Autónoma Balear, puesto que representa un peso en el PIB del 74,9%.

Las repercusiones que se hayan podido producir en materia ambiental, afectan a las modificaciones introducidas en la Ley 10/2005, de 2 de julio, de Puertos de las Illes Balears en lo concerniente a los requisitos de las solicitudes para la ocupación del dominio público portuario y al régimen de autorizaciones para prestación de servicios, proporcionado al ejercicio de las actividades que se autorizan y cuyos datos serán necesarios para Continuar leyendo …

Jurisprudencia al día. Contaminación electromagnética

Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Antonio Martí García).

Autora de la nota:  Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Fuente: CENDOJ STS 3009/2010.

Temas Clave: Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión. Limitación de emisiones electromagnéticas. Competencia municipal para establecer medidas adicionales de protección a las establecidas por el Real Decreto 1066/2001. Limitaciones a la instalación de antenas. Utilización de conceptos jurídicos indeterminados.

Resumen:

El objeto del recurso se centra en el análisis de la conformidad o no a derecho de determinados preceptos de la Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión del Ayuntamiento de Sedaría (Valencia). Se debe aclarar que la Sala de lo Contencioso del TSJ de la Comunidad Valenciana declaró nulos los artículos 5, 7, 8, 9 y el Anexo 6 de dicha Ordenanza por exigir y establecer un procedimiento para la obtención de licencia de actividad en materia de telefonía móvil así como su art. 14 referente a la exigencia de responsabilidad civil; confirmados en segunda instancia por no ser objeto de casación.

Antes de analizar el fondo del asunto, es necesario tomar como premisa la doctrina sentada por el Alto Tribunal en Sentencia de 15 de diciembre de 2003, que declara competentes a las corporaciones locales para dictar este tipo de reglamentaciones sobre ubicación de emplazamientos de telefonía móvil en contra de aquellos que opinan que rebasan las competencias estatales o suponen un exceso sobre las competencias municipales en materia urbanística. Es más, entiende que los ayuntamientos están obligados a establecer las condiciones técnicas y jurídicas relativas a la utilización del dominio público que requiera el establecimiento o la ampliación de las instalaciones del concesionario u operador de servicios de telecomunicaciones sin que ello se traduzca en la vulneración del derecho de explotación de los servicios de telecomunicación correspondiente al empresario.

La segunda cuestión polémica es la exigencia por parte de las Ordenanzas Municipales de licencia de actividad y el correspondiente procedimiento para su obtención por considerar que una estación base de telefonía móvil constituye una actividad clasificada como molesta, nociva, insalubre o peligrosa por cada una de las antenas instaladas. La sentencia de instancia anula este extremo y se confirma por el Alto Tribunal al no ser impugnado, si bien aduce como argumentos principales para injustificar la obtención de licencia un resumen de su doctrina partiendo de los problemas que desde el punto vista tecnológico acarrean las antenas de telefonía móvil en los últimos años, máxime por la peligrosidad de las radiaciones, que ha implicado un peso importante de responsabilidad para Administraciones, compañías de telecomunicación y fabricantes de aparatos. Continuar leyendo …

Artículo. "O procedimiento de licenciamento ambiental revisitado"

Título:  « O procedimento de licenciamento ambiental revisitado »

Autora: Carla Amado Gomes, Professora Auxiliar da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa e Professora Convidada da Faculdade de Direito da Universidade Nova de Lisboa

Fecha de recepción: 15/ 02 / 2010

Fecha de aceptación: 26 / [...]

Legislación al día. Cantabria

Decreto 19/2010, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado. (Boletín Oficial de Cantabria nº 62, miércoles 31 de marzo de 2010)

Nota de Autor: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat

Temas clave: Actividades clasificadas. Control ambiental integrado. Técnicas de control ambiental.

Resumen:

El Reglamento, objeto de análisis, tiene por fin regular los procedimientos de control de planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de incidir en la salud y la seguridad de las personas y sobre el medio ambiente integrado, conforme a lo previsto en la legislación básica estatal; así como en lo dispuesto en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado. Luego viene a desarrollar en detalle las técnicas de control ambiental ya previstas en la Ley de 2006, así como el régimen de control y disciplina ambiental. Se constituyen como técnicas de control ambiental, por un lado la autorización ambiental integrada; por otro lado, la evaluación ambiental, tanto de planes y programas como de proyectos consistentes en la realización de obras, instalaciones o actividades; y finalmente, la comprobación ambiental; comprobación ambiental que viene a constituirse en una especie de cláusula de cierre mediante la cual aquellas actividades que  no quedan absorbidas por las dos técnicas anteriores y puedan eventualmente afectar, siquiera sea de manera indirecta, al medio ambiente se someterán a una previa comprobación y evaluación de su incidencia ambiental que será competencia de una comisión.

Si bien, las tres técnicas señaladas tienen un régimen jurídico distinto, ya que la autorización ambiental integrada se configura como un acto administrativo que pone fin al procedimiento; y, en cambio, las otras dos técnicas son configuradas como actos de trámite que se incluyen dentro de otros procedimientos, ya sea el de aprobación del correspondiente plan o programa, el procedimiento sustantivo de autorización o aprobación de un proyecto o el procedimiento correspondiente a la tramitación de la licencia municipal de actividad. Además, la primera se configura como un acto administrativo único a través del cual se va a realizar un control ambiental global e integrado mediante un procedimiento en el que se asegura la participación de todas las posibles Administraciones afectadas. De modo que, se fijan las condiciones exigibles, desde la perspectiva medioambiental, para la explotación de determinadas instalaciones, en concreto, los proyectos, instalaciones y actividades relacionados en el Anexo A de la Ley cántabra de 2006 ; lo que no implica que la autorización ambiental integrada sea suficiente por sí misma para  permitir, como único título habilitante, el ejercicio de la actividad proyectada; ya que será preciso estar en posesión del resto de autorizaciones sustantivas o licencias que sean obligatorias. Continuar leyendo …

Legislación al día. Cataluña

Ley catalana 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC núm. 5537, de 31 de diciembre de 2009)

Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona

Resumen:

Esta Ley introduce varias modificaciones de la legislación ambiental. Por una parte, incluye una sección séptima en su capítulo III, referida a la ordenación ambiental (arts. 54 y 55). A través del artículo 54 se modifica la disposición transitoria primera de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno y se amplía el plazo de adaptación establecido en esta Ley para la adecuación a las prescripciones normativas del alumbrado exterior, tanto de titularidad pública como privada, hasta el 31 de diciembre de 2011. Y el artículo 55 modifica el apartado 4 del artículo 17 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del rechazo de los residuos, estableciendo que no se consideran residuos destinados a la deposición controlada los residuos de la construcción gestionados de acuerdo con lo que disponen los artículos 4 y 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el cual se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, siempre que se cumplan los objetivos mínimos de recuperación que se establecen reglamentariamente. Continuar leyendo …