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	<title>Actualidad Jurídica Ambiental</title>
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	<description>Información fiable, inmediata, actualizada, simplificada y sistematizada sobre las novedades del Derecho ambiental. Así como artículos doctrinales y comentarios breves, con la finalidad de fomentar la investigación en materia de Derecho ambiental.</description>
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		<title>Artículo doctrinal: “La transposición de la Directiva de Emisiones Industriales y su incidencia en la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación&#8221;</title>
		<link>http://www.actualidadjuridicaambiental.com/?p=10170&amp;utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=articulo-doctrinal-%25e2%2580%259cla-transposicion-de-la-directiva-de-emisiones-industriales-y-su-incidencia-en-la-ley-de-prevencion-y-control-integrado-de-la-contaminacion</link>
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		<pubDate>Wed, 12 Jun 2013 22:02:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>J. José Pernas García, Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coruña/ Universidade da Coruña</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[Autorización ambiental integrada]]></category>
		<category><![CDATA[Emisión de contaminantes a la atmósfera]]></category>
		<category><![CDATA[Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Prevención y control integrados de la contaminación (IPPC)]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Título: “La transposición de la Directiva de Emisiones Industriales y su incidencia en la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación”</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Fecha de recepción: 13/05/2013</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Fecha de aceptación: 12/06/2013</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autor: J. José Pernas García, Profesor titular de Derecho administrativo, Universidade da Coruña, jpernasg@udc.es</p> <p style="TEXT-ALIGN: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Título:</strong> <strong>“La transposición de la Directiva de Emisiones Industriales y su incidencia en la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación”</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fecha de recepción:</strong> 13/05/2013</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fecha de aceptación:</strong> 12/06/2013</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autor</strong>: J. José Pernas García, Profesor titular de Derecho administrativo, Universidade da Coruña, <a href="mailto:jpernasg@udc.es">jpernasg@udc.es</a></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El presente artículo analiza la transposición de la Directiva 2010/75, de 24 de noviembre, de emisiones industriales y su incidencia en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, centrando el estudio en las novedades más relevantes.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Palabras clave: </strong>Directiva 2010/75; Ley 16/2002; Ley 5/2013; emisiones industriales; prevención y control integrado de la contaminación; autorización ambiental integrada; simplificación administrativa; transparencia; mejora regulatoria; mejores técnicas disponibles.<strong> </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Abstract:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">This article analyzes the transposition of the Directive 2010/75, of 24 november 24, on industrial emissions and their impact on the Act 16/2002, of 1 july, on integrated pollution prevention and control, focusing the study in the news more relevant.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Key words: </strong>Directive 2010/75; Act 16/2002; Act 5/2013; industrial emissions; integrated pollution prevention and control; integrated environmental permission; administrative simplification; transparency; regulatory improvement; best available techniques.<strong> </strong></p>
<p><strong><a href="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2013/06/PERNASGARCIA.pdf" target="_blank">Documento adjunto: <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p><strong> </strong></p>
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		<title>Legislación al día. Canarias. Urbanismo</title>
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		<pubDate>Tue, 11 Jun 2013 22:04:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Celia Gonzalo Miguel, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</dc:creator>
				<category><![CDATA[CC.AA.]]></category>
		<category><![CDATA[Canarias]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación al día]]></category>
		<category><![CDATA[Espacios naturales protegidos]]></category>
		<category><![CDATA[Planeamiento urbanístico]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Ley 1/2013, de 25 de abril, de modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (BOCAN núm. 85, de 6 de mayo)</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Ley 1/2013, de 25 de abril, de modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (BOCAN núm. 85, de 6 de mayo)</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora: </strong>Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas clave:</strong> Urbanismo; Planeamiento Urbanístico</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Mediante la presente Ley se introducen modificaciones en los siguientes aspectos en el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">1.- Se deroga el apartado 4 del artículo 44, y se introduce el artículo 44 bis, para regular los efectos de la entrada en vigor de una nueva ordenación sobrevenida.<span id="more-10083"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Mediante la presente modificación se pretende distinguir, modulando, el régimen jurídico aplicable a cualquier preexistencia que resultase disconforme con la nueva ordenación aprobada pero cuya pervivencia no resulta incompatible con la efectiva implantación de esa ordenación, del régimen jurídico aplicable a cualquier preexistencia que resultase disconforme y, además, incompatible, por cuanto la efectiva implantación de la nueva ordenación conlleva necesariamente la transformación, desaparición o sustitución de la preexistencia.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Partiendo de la premisa cierta de que cualquier disconformidad de lo existente con la nueva ordenación conlleva la inclusión de esa preexistencia en el régimen legal de fuera de ordenación y que tal efecto resulta desproporcionado en aquellos casos en los que la disconformidad no impide la nueva ordenación, la presente modificación distingue entre las situaciones legales de &#8220;consolidación&#8221;, cuando la pervivencia de esa disconformidad no resulta incompatible con la efectiva ejecución o materialización de la nueva ordenación, con un régimen jurídico menos restrictivo, y las situaciones legales de &#8220;fuera de ordenación&#8221;, cuando la pervivencia de esa disconformidad impide, limita o afecta a la efectiva implantación de la nueva ordenación y, en todo caso, cuando la instalación, construcción o edificación preexistente y disconforme es resultado de la comisión de una infracción urbanística sobre la que no cabe articular los mecanismos de restablecimiento de la legalidad.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">2.- Se modifica el apartado c) del artículo 34 relativo a los límites de la potestad de planeamiento ejercida a través de Planes Generales de Ordenación.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">La modificación va encaminada a equiparar la regulación contenida en el artículo 36 (donde se establece un límite al incremento de la edificabilidad media y densidad global para los suelos urbanizables y urbanos no consolidados), permitiendo el incremento de la edificabilidad media y de la densidad global permitida hasta 500 habitantes o 15.000 metros cuadrados de edificación residencial o de alojamiento turístico por hectárea, en el caso de suelos urbanos consolidados en los que se acometan operaciones de renovación o rehabilitación.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Entrada en vigor: </strong>6 de mayo de 2013</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Normas afectadas: </strong>Se modifica el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://www.gobcan.es/boc/2013/085/001.html" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong> </strong></p>
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		<title>Legislación al día. Unión Europea. Comercio de derechos de emisión</title>
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		<pubDate>Tue, 11 Jun 2013 22:02:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación al día]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>
		<category><![CDATA[Comercio de emisiones]]></category>
		<category><![CDATA[Emisión de contaminantes a la atmósfera]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Reglamento (UE) núm. 389/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, por el que se establece el Registro de la Unión de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Decisiones núm. 280/2004/CE y núm. 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Reglamento (UE) núm. 389/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, por el que se establece el Registro de la Unión de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Decisiones núm. 280/2004/CE y núm. 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamento (UE) núm. 920/2010 y núm. 1193/2011 de la Comisión. (DOUE L núm. 122, de 3 de mayo de 2013)</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora:</strong> Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas Clave:</strong> Emisiones; Comercio de derechos de emisión</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En este Reglamento se establecen los requisitos generales, de funcionamiento y mantenimiento relativos al Registro de la Unión para el periodo de comercio que comienza el 1 de enero de 2013 y para los periodos posteriores, al diario independiente de transacciones previsto en el artículo 20, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE y a los registros previstos en el artículo 6 de la Decisión núm. 280/2004/CE; además de contemplar un sistema de comunicación entre el Registro de la Unión y el DIT.<span id="more-10086"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Sus disposiciones resultarán de aplicación a los derechos de emisión creados para el periodo de comercio del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión que comienza el 1 de enero de 2013 y para periodos posteriores, a las unidades de asignación anual de emisiones y a las unidades de Kioto.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Así, se establece un Registro de la Unión para el periodo del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión que comienza el 1 de enero de 2013 y para los periodos posteriores. Siendo el administrador central quien gestionará y mantendrá el Registro de la Unión, incluida su infraestructura técnica. Mientras, los Estados miembros utilizarán el Registro de la Unión para cumplir sus obligaciones con arreglo al artículo 19 de la Directiva 2003/87/CE y al artículo 11 de la Decisión núm. 406/ 2009/CE y para garantizar la contabilidad exacta de los derechos de emisión, de AAE y de los derechos de crédito dentro del ámbito de aplicación de este Reglamento.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Además, del citado administrador central, cada Estado miembro nombrará a un administrador nacional. No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2 de este Reglamento, el Estado miembro gestionará de conformidad con el artículo 11 sus propias cuentas y las cuentas del Registro de la Unión bajo su jurisdicción y accederá a las mismas a través de su administrador nacional, tal como se define en el anexo I del Reglamento. El administrador nacional de cada Estado miembro actuará también como administrador de su registro PK de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Se crea un Diario de Transacciones de la Unión Europea (DTUE), en forma de base de datos electrónica normalizada, de conformidad con el artículo 20 de la Directiva 2003/87/CE, para las transacciones comprendidas en el ámbito de aplicación de este Reglamento. El DTUE servirá también para consignar toda la información relativa a los haberes y a las transferencias de unidades de Kioto puesta a disposición de conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Decisión núm. 280/ 2004/CE.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">A continuación se establecen las disposiciones generales aplicables a todas las cuentas, relativas a cuestiones tales como la gestión de las mismas, las notificaciones al administrador central, la apertura y actualización de las mismas, etc. Después de estas disposiciones se contienen aquellas relativas y específicas aplicables al registro de la Unión respecto al régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión; seguidamente las disposiciones técnicas comunes; las disposiciones transitorias y las finales.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Normas Afectadas: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Se modifica el Reglamento (UE) 920/2010, suprimiéndose los artículos 3 a 28, sustituyéndose el texto del artículo 32, del artículo 57, el del apartado cuarto del artículo 52; y, suprimiéndose los artículos 59 a 79.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Se derogan el Reglamento (UE) núm. 1193/2011 y el Reglamento núm. 920/2010, éste con efecto a partir del 1 de octubre del presente año</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Entrada en Vigor</strong>: el 4 de mayo de 2013</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:122:0001:0059:ES:PDF" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p><strong></strong></p>
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		<title>Jurisprudencia al día. Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Evaluación ambiental. Suelo rural</title>
		<link>http://www.actualidadjuridicaambiental.com/?p=10045&amp;utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=jurisprudencia-al-dia-tribunal-superior-de-justicia-de-castilla-y-leon-evaluacion-ambiental-suelo-rural</link>
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		<pubDate>Mon, 10 Jun 2013 22:04:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Eva Blasco Hedo, Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</dc:creator>
				<category><![CDATA[Castilla y León]]></category>
		<category><![CDATA[Jurisprudencia al día]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Superior de Justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Evaluación de Impacto Ambiental ( EIA )]]></category>
		<category><![CDATA[Evaluaciones ambientales]]></category>
		<category><![CDATA[Medio rural]]></category>
		<category><![CDATA[Planeamiento urbanístico]]></category>
		<category><![CDATA[Suelos]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Valladolid), de 14 de febrero de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Ramón Sastre Legido)</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</p> [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Valladolid), de 14 de febrero de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Ramón Sastre Legido)</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora</strong>: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente</strong>: TSJ CL 707/2013</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas Clave</strong>: Plan General de Ordenación Urbana; Evaluación ambiental; Evaluación de impacto ambiental; Suelo rural</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen</strong>:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En el supuesto de enjuiciamiento, la Asociación Ecologistas en Acción de Valladolid impugna la desestimación por silencio del recurso de reposición formulado contra la Orden FOM/1840/2008, de 6 de octubre, de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en el Área Homogénea 5 de Suelo Urbanizable no Delimitado (SUND) &#8220;Páramo de San Isidro&#8221;, publicada en el  BOCyL de 30 de octubre de 2008, así como la Resolución de 30 de junio de 2008 de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que <span id="more-10045"></span>se hace pública la no necesidad de Evaluación Ambiental de dicha Modificación, publicada en el BOCyL de 11 de julio de 2008, y se pretende por la Asociación recurrente que se declare la nulidad de ambas.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Con carácter previo, la Sala desestima la inadmisión del recurso por cuanto reconoce que si bien es cierto que los planes urbanísticos tienen naturaleza normativa y contra ellos no cabe interponer recursos en vía administrativa, lo cierto es que en la propia Orden impugnada se indica que cabe interponer recurso administrativo de reposición. También se rechaza la inadmisión del recurso por extemporaneidad.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Para resolver la cuestión controvertida, la Sala parte de que la modificación afecta a terrenos clasificados en el PGOU de Valladolid como suelo urbanizable no delimitado y afecta a una superficie total de 1.582.640, 22 m2, dentro de la cual se incluye entre otros el Sistema General de equipamiento EQ63 que alberga el “Nuevo Complejo Ferroviario de la red arterial ferroviaria de Valladolid”, sometido a Evaluación de Impacto Ambiental.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Alega la Asociación Ecologista que la MPGOU es inválida por no haberse sometido a Evaluación Ambiental (EA), lo que era obligatorio en virtud de la ley estatal 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de determinados planes y programas en el medio ambiente. La Sala estima esta alegación en base al contenido del artículo 3.1 y 3.2 a), que determina cuándo las modificaciones de los Planes deben ser necesariamente objeto de EA y cuándo tienen efectos significativos sobre el medio ambiente. Paralelamente señala que la EA de planes y programas es independiente de la EIA del propio proyecto que se requiera para su ejecución, y que incluso puede resultar exigible la EA, aun cuando las actividades o instalaciones que dicho Plan autorice no queden sujetas a EIA, lo que no sucede en este caso para el Complejo Ferroviario aludido que sí fue sometido a EIA.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En segundo lugar, la parte actora sostiene que en la MPGOU se contempla un nuevo sector de suelo urbanizable delimitado con uso predominantemente residencial, que no responde a necesidades de vivienda en Valladolid. La Sala pone de manifiesto que los terrenos del nuevo sector 53 estaban clasificados en el PGOU de Valladolid como suelo urbanizable no delimitado y en virtud de la Ley 8/2007, de 27 de mayo y de la Ley de Urbanismo de Castilla y león, aquellos se encontraban en “situación de suelo rural”, al igual que sucede en el actual TRLS08. La Sala entiende que esta clase de suelo tiene un valor ambiental y que aunque la ordenación territorial y urbanística puede posibilitar el paso de la situación de suelo rural al de suelo urbanizado, solo deberá abarcar “el suelo preciso para satisfacer las necesidades que lo justifiquen”; lo que no se ha demostrado en este caso, ni tan siquiera se justifica en la Memoria de la MPGOU, con la particularidad de que también se vulnera el artículo 34.1 LUCyL.  </p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En definitiva, la Sala anula tanto la Orden como la Resolución impugnadas.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Destacamos los siguientes extractos</strong>:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“(…) Debe destacarse que en los supuestos contemplados en ese artículo 3.2 los programas y planes -también los urbanísticos así como sus modificaciones- tienen que someterse &#8220;necesariamente&#8221; a la Evaluación Ambiental que se contempla en esa Ley 9/2006 . Por ello es inválida la Resolución de la Dirección General de Prevención Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 30 de junio de 2008 que determinó la &#8220;no necesidad&#8221; de esa Evaluación Ambiental, toda vez que esa determinación no puede efectuarse en los supuestos -como aquí sucede- del artículo 3.2.a) de dicha Ley 9/2006 , esto es, en los supuestos en los que &#8220;necesariamente&#8221; ha de efectuarse la Evaluación Ambiental de la Modificación del planeamiento urbanístico (…)”</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“(…) Lo que se deduce del apartado a) del artículo 3.2 de la tan citada Ley 9/2006, de 28 de abril , es que cuando el plan o programa y sus modificaciones sean marco para futuras autorizaciones de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental se ha de entender necesariamente que tienen efectos significativos sobre el medio ambiente cuando afecten a las materias que el precepto enumera, entre ellas, ciertamente, las telecomunicaciones, la ordenación del territorio o el uso del suelo (…)”</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“(…) Por todo ello, al servir la MPGOU litigiosa de marco para la aprobación de proyectos que han de ser sometidos legalmente a evaluación de impacto ambiental, como sucede respecto de la previsión que se contiene en esa Modificación para el &#8220;nuevo complejo ferroviario&#8221;, dicha Modificación debía someterse a la Evaluación Ambiental, prevista en la Ley 9/2006, y que se reitera en el artículo 15.1 del actual TRLS08. Esto comporta que es contraria a derecho tanto la Resolución de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de 30 de junio de 2008 que determinó la &#8220;no necesidad&#8221; de la misma, como la MPGOU, aprobada definitivamente por la Orden impugnada de 6 de octubre de 2008, por no haberse sometido a la Evaluación Ambiental a la que venía obligada en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2.a) de la mencionada Ley 9/2006 (…)”</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“(…) No hay duda, por tanto, que los terrenos donde se establece el nuevo sector 53 de uso predominante residencial se encuentran en situación de &#8220;suelo rural&#8221;, como antes se ha dicho. Así resulta también de lo dispuesto en el nuevo apartado 3 del artículo 10 LUCyL , introducido por la Ley 4/2008 de Medidas sobre Urbanismo y Suelo (…) No está de más añadir que el principio de desarrollo territorial y urbano sostenible, a los que antes se ha hecho referencia, así como la previsión de esa Ley estatal 8/2007 que se contiene en su artículo 10.1.a) –y que se mantiene en el actual TRLS08- de que el paso de la situación de suelo rural a la de suelo urbanizado, mediante la urbanización, respecto del &#8220;suelo preciso para atender las necesidades que lo justifiquen&#8221;, que puede establecerse en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, vincula no solo al planeamiento urbanístico sino también a los instrumentos de ordenación del territorio, y así lo ha señalado la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 5 de julio de 2012 (casación 4066/2010 ) (…)”</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Comentario de la Autora</strong>:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">La modificación del Plan General de que se trata constituye el marco para la futura autorización de un nuevo complejo ferroviario, cuyo proyecto está sujeto legalmente a evaluación de impacto ambiental, por lo que indudablemente aquella modificación, al resultar aprobada por una Administración Pública y tener un efecto significativo sobre el medio ambiente, máxime cuando el proyecto sometido a EIA afecta a materias como la del transporte, debía ser objeto de Evaluación Ambiental porque así lo exige expresamente la Ley. Por otra parte, en la clasificación de un suelo, la Administración no efectúa una potestad discrecional sino reglada, pues debe definirlo en función de la realidad de los hechos, de manera que en base a la situación fáctica que ofrece la realidad en el momento de la planificación o de su modificación, debe asignar el carácter al suelo. La modificación en la clasificación no ha respondido en este caso a las necesidades del municipio de Valladolid, que en modo alguno precisa de la ampliación de suelo para uso residencial. </p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2013/06/STSJ-CL_707-2013.pdf" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
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		<title>Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Plan municipal. Evaluación ambiental</title>
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		<pubDate>Mon, 10 Jun 2013 22:02:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurisprudencia al día]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Supremo]]></category>
		<category><![CDATA[Evaluación ambiental estratégica]]></category>
		<category><![CDATA[Evaluación de Impacto Ambiental ( EIA )]]></category>
		<category><![CDATA[Ordenación del territorio]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mª del Pilar Teso Gamella)</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva </p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Fuente: ROJ STS 2124/2013</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Temas Clave: Plan municipal; [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de abril de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mª del Pilar Teso Gamella)</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora: </strong>Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva<strong> </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente: </strong>ROJ STS 2124/2013<strong></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas Clave: </strong>Plan municipal; evaluación de impacto; proyecto; evaluación estratégica</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En esta Sentencia se resuelve el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de La Oliva, contra la Sentencia de 19 de septiembre de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Las Palmas, en cuya virtud se estimó el recurso interpuesto por la Administración Autonómica contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento mencionado, de 22 de septiembre de 2001, por el que se aprueba definitivamente el Plan Parcial PSI-1 “Castilla de Costa”.<span id="more-10080"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El Ayuntamiento solicita, así, que se case la sentencia recurrida, devolviendo las actuaciones a la Sala de instancia, a fin de dar cumplimiento al trámite de alegaciones del art. 33.2 Ley 29/1998, para, posteriormente, resolver sobre el fondo o  que, subsidiariamente, si se estima el segundo de los motivos alegados, se dicte sentencia desestimando el recurso contencioso-administrativo, declarando el acuerdo recurrido ajustado a Derecho.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">La Sala de instancia entendió que el Plan examinado, en tanto Plan Parcial de ordenación de suelo industrial y residencial, era equiparable a los proyectos y obras regulados en la Directiva 85/337/CEE, de 27 de junio, sobre la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados en el medio ambiente,  y en la legislación española sobre la materia, debiendo haberse sometido el referido plan a la respectiva evaluación.  Además, la Sala de instancia reconoce la insuficiencia del Decreto Territorial 35/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de contenido ambiental de los instrumentos de planeamiento, en relación con las exigencias ambientales de la normativa estatal y europea (F.J.1).</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Por efecto de lo anterior, el recurso de casación se apoya, por un lado, en la incongruencia de la Sentencia, al haber resuelto sobre la base de un argumento no planteado en el debate (la legislación general sobre Evaluación de Impacto Ambiental, en relación con el concepto de proyecto, F.J.4 <em>in fine</em>), y, por otro, en la vulneración de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y la normativa sobre Evaluación de Impacto Ambiental (F.J.2).</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El Tribunal Supremo admite el primero de los motivos alegados, casando, pues, la Sentencia de instancia (F.j.6), pero también entra a valorar el fundamento de fondo utilizado en dicha Sentencia, en lo que toca a la exigencia de someter un plan a Evaluación de Impacto Ambiental, únicamente en relación con las obras, actividades o infraestructuras previstas en él, a fin de someterlas a control ambiental (F.J.7). En tal sentido, el Tribunal considera que, antes de la exigencia de evaluación estratégica de la Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, el sometimiento a esta evaluación de planes urbanísticos como el examinado se justifica en atención a las instalaciones, obras….contempladas, que sí están expresamente sujetas a dicho control, reconociéndose que la Sala de instancia no concreta si el proyecto de zona industrial previsto en el Plan parcial de referencia reúne esta condición o no.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El Tribunal Supremo revisa, así, la Jurisprudencia producida en los últimos años y la casuística de referencia, para concluir que el supuesto de hecho examinados “no puede equipararse a aquellos supuestos en los que el instrumento de ordenación territorial o urbanística es equiparable a un proyecto en el punto relativo a la localización espacial de una obra o infraestructura” (F.J.8), estimando, pues, el segundo motivo de casación planteado.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Destacamos los siguientes extractos:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Pues bien, la sentencia impugnada … fundamenta su pronunciamiento estimatorio en la infracción de la Directiva 85/337/CEE, de 27 de junio, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental; del Reglamento 1131/88, de 30 de septiembre que lo desarrolla; y, fundamentalmente, en nuestra jurisprudencia, relativa al concepto de proyecto previsto en estas normas de derecho europeo y estatal, cuando hemos aplicado el régimen jurídico citado y la exigencia de evaluación ambiental prevista en la Directiva 2001/42/CE, antes de su vigencia, a los planes en determinados supuestos” (F.J. 4<em>in fine)</em>.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Como vemos, en todos estos pronunciamientos, se declara la obligación de someter determinados instrumentos de planeamiento a la Evaluación de Impacto Ambiental prevista en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, Real Decreto 1131/1988, y Directiva 85/332/CEE, cuando por su grado de definición quedaba en ellos definida la localización o emplazamiento de una obra, infraestructura o instalación que se encuentra legalmente sujeta a Evaluación de Impacto ambiental, de modo que por dicha localización el Plan resultaba equiparable a un proyecto a efectos del sometimiento a la Evaluación de Impacto Ambiental (en este mismo sentido, Sentencias del Tribunal Supremo de 30 de octubre de 2003, casación nº 7460/2000 y de 30 de octubre de 2009, casación nº 3371/2005 )….</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Por tanto, debemos advertir que la aplicación de nuestra jurisprudencia en este punto se encuentra sujeta a los anteriores contornos, respecto del concepto de &#8220;proyecto&#8221; contemplado por la Directiva 85/332/CEE y el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, sobre Evaluación de Impacto Ambiental, sin examinar si la zona industrial prevista y localizada en el plan parcial &#8220;Casilla de Costa&#8221; se encuentra o no legalmente sujeta a Evaluación de Impacto Ambiental” (F.J.7).</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“…Por el contrario, deben tenerse en cuenta las consideraciones que expusimos en la sentencia de esta Sala y Sección del Tribunal Supremo de 7 de julio de 2004 (casación 1355/2002 ), que ambos recurrentes citan como vulnerada en el motivo segundo de sus respectivos escritos. En el fundamento jurídico noveno de esa sentencia declarábamos lo siguiente:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">(&#8230;) Como conclusión de todo lo anterior (&#8230;) debemos reiterar que las EIA y su correspondiente (o precipitado) DIA, giran en torno al concepto de proyecto, concepto que no es asimilable, en modo alguno, al de política, plan o programa:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">a) El concepto de proyecto aparece unido al de trabajos de construcción, obra o instalación, esto es, a la idea de instalación o realización, conectándose con el requisito de la autorización, como exige la normativa comunitaria.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">b) Por política, debe entenderse la inspiración, orientación o directriz que rige la actuación de una entidad pública en un campo determinado.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">c) Por plan, el conjunto de objetivos coordinados y ordenados temporalmente por la aplicación de una política; y,</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">d) Por programa, la articulación de una serie de proyectos previstos en un área determinada</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Y en el fundamento jurídico décimo de la misma sentencia de 7 de julio de 2004 añadíamos: (&#8230;) Como hemos reiterado en el anterior motivo, la evaluación ambiental se plantea hoy en dos niveles, con regulaciones europeas diferentes: La EIA individualizada o de proyectos (que regula la Directiva 85/337/CEE y las demás normas europeas, que la modifican, e internas que la transponen), y la EAE de planes o programas (que regula la Directiva 2001/42 / CE, cuyo plazo de transposición concluye el 21 de julio de 2004). Como hemos podido contemplar su campo de aplicación ha venido ofreciendo problemas de interpretación, que la jurisprudencia ha ido resolviendo, derivados del solapamiento de los conceptos de &#8220;plan&#8221; y &#8220;proyecto&#8221;….” (F.J.8)</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Comentario de la Autora:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Pese a la trayectoria de la Evaluación de Impacto Ambiental como técnica ambiental preventiva de carácter horizontal, en lo que a su ámbito de aplicación se refiere, lo cierto es que sigue siendo uno de los dispositivos más complejos en su efectiva puesta en marcha, tal y como se pone de manifiesto en la Sentencia.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Desde esta perspectiva, no hay duda de la importancia de la delimitación legal de los proyectos y/o actividades sujetas a Evaluación de conformidad con el sistema de listas creado desde la normativa europea, pues, a pesar de su pretendido grado de objetividad y concreción, es evidente la enorme dificultad que el aludido sistema de listas plantea en su aplicación. La ausencia de la evaluación estratégica de planes y programas con repercusión en el medio ambiente está, claramente, en el origen del conflicto planteado en la Sentencia que hemos examinado, siendo fundamental el planteamiento del Tribunal Supremo en la integración, en dos niveles, de la evaluación de impacto, esto es, en el de los proyectos individualizados, y en el de la planificación y programación.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En este sentido, el actual régimen de evaluación debe valorarse en positivo, por la integración de los niveles aludidos.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2013/06/STS_2124-2013.pdf" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"> </p>
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		<title>Legislación al día. Comunidad Valenciana. Montes</title>
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		<pubDate>Sun, 09 Jun 2013 22:04:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Eva Blasco Hedo, Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</dc:creator>
				<category><![CDATA[CC.AA.]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidad Valenciana]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación al día]]></category>
		<category><![CDATA[Montes]]></category>
		<category><![CDATA[Ordenación del territorio]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Decreto 58/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana. (DOCV núm.  7019, de 8 de mayo de 2013) </p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Decreto 58/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana</strong><strong>. (DOCV núm.  7019, de 8 de mayo de 2013) </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora:</strong> Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas Clave:</strong> Montes y terrenos forestales; Ordenación del territorio; Planes de acción territorial sectorial; Demarcaciones forestales</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana (PATFOR) se aprueba en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 19 y ss. de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunidad Valenciana, y en la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, para los Planes de Acción Territorial. Se compone de un documento normativo vinculante, reflejado a lo largo del articulado publicado en este Diario Oficial y de otros documentos de carácter indicativo, que por su gran extensión no se han publicado en este decreto, pero que podrán ser consultados en <span id="more-10075"></span>la página web de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente: <a href="http://www.citma.gva.es/">http://www.citma.gva.es</a>. Son los siguientes: Documento informativo, que contienen los objetivos y premisas del plan, junto con la diagnosis del sector y del territorio afectado. El documento propositivo que desarrolla en sus diferentes apartados las propuestas de planeamiento del PATFOR. Un anejo metodológico y un Estudio del paisaje.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">A lo largo de los 92 artículos que conforman la estructura de este Decreto, se nos ofrece una regulación forestal pormenorizada incluida dentro de un plan de acción territorial sectorial que incorpora los objetivos y principios directores de la estrategia territorial de la Comunidad Valenciana. El Título I contiene las Disposiciones Generales así como las Relaciones y Coordinación con otra normativa de planeamiento y ordenación territorial, especialmente en lo que afecta a espacios naturales protegidos. Destacamos los principios inspiradores del Plan establecidos en su artículo 4 así como sus objetivos, específicamente el de la definición de un modelo forestal, que de conformidad con su artículo 5, está basado en su integración con el desarrollo rural, en la gestión sostenible, la multifuncionalidad de los montes y la conservación de diversidad biológica y paisajística. Objetivo que se desarrolla en cinco estrategias y diecisiete líneas de acción, que el PATFOR asume como propias. La vigencia del Plan es indefinida.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En el Título II se contienen los principios de actuación de la Administración Forestal y la división territorial forestal, a través de demarcaciones forestales, como unidades territoriales básicas para la gestión, protección y fomento forestal así como los criterios de delimitación adoptados.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">A los terrenos forestales se dedica el Título III a través de cual se establece su definición y cartografía; la clasificación de terreno forestal según su titularidad y gestión y la distinción entre terreno forestal estratégico y ordinario.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">En el Título IV Usos y Servicios en terrenos forestales, se definen éstos como cualquier actividad o utilización del terreno forestal como espacio o soporte físico que tenga una finalidad forestal, entre las que se incluyen las establecidas en el artículo 24. A continuación se determina la compatibilidad con las obras, usos y aprovechamientos no forestales, entre las que se encuentran las disposiciones urbanísticas en terreno forestal estratégico, las autorizaciones de construcciones y las explotaciones mineras en terreno forestal. En el Título V se regulan las fórmulas de gestión, diferenciándose entre la propiedad pública y la privada.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Los Instrumentos de planificación y gestión forestal se contemplan en el Título VI en el que se regulan los Planes de ordenación de recursos forestales y los Instrumentos técnicos de gestión forestal. Dentro del Título VII, Gestión de los Servicios Ambientales, se contienen unas disposiciones de carácter general para algunos de los aprovechamientos del espacio forestal (corcho, trufas, caza) y se incluyen otros preceptos relacionados con la sanidad forestal, parques forestales urbanos, catálogo y red de itinerarios y rutas para vehículos motorizados. En el capítulo II de este Título se regula el protocolo de actuaciones de restauración ambiental pos-incendio y en el Capítulo III, la Red especial de núcleos de árboles.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Ponen fin al Decreto el Título VIII Medidas de Fomento, entre las que se regulan las ayudas públicas, las medidas de apoyo, potenciación de líneas de investigación y programa de pago por servicios ambientales forestales. El Título IX Desarrollo Rural y Fomento del empleo y el Título X Participación y Comunicación.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Entrada en vigor: </strong>9 de mayo de 2013<strong></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Normas afectadas: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto aprobatorio del Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://www.docv.gva.es/datos/2013/05/08/pdf/2013_4617.pdf" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"> </p>
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		<title>Legislación al día. Unión Europea. Producción ecológica. Ecoetiquetado</title>
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		<pubDate>Sun, 09 Jun 2013 22:02:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación al día]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>
		<category><![CDATA[Ecoetiquetado]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Reglamento de Ejecución (UE) núm. 393/2013 de la Comisión, de 29 de abril de 2013, que modifica el Reglamento (CE) núm. 889/2008 en lo que respecta al régimen de control de producción ecológica. (DOUE L núm. 118, de 30 de abril del 2013) </p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Temas Clave: productos ecológicos; producción ecológica</p> [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Reglamento de Ejecución (UE) núm. 393/2013 de la Comisión, de 29 de abril de 2013, que modifica el Reglamento (CE) núm. 889/2008 en lo que respecta al régimen de control de producción ecológica. (DOUE L núm. 118, de 30 de abril del 2013) </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas Clave:</strong> productos ecológicos; producción ecológica</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora:</strong> Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Con el presente reglamento se procede a la modificación del Reglamento (CE) núm. 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos. Especialmente se atiende al artículo 28 de dicho reglamento, en cuya virtud todo operador que produzca, elabore, almacene, importe o exporte productos fabricados de conformidad con las normas de producción fijadas en dicho Reglamento, debe someter su empresa al régimen de control a que se refiere el artículo 27 de dicho Reglamento. Las disposiciones de aplicación de tal régimen de control se establecen en <span id="more-10077"></span>el título IV del Reglamento (CE) núm. 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm.834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">De conformidad a tal sistema de control, el operador debe notificar a la autoridad competente su compromiso, así como información sobre el organismo de control pertinente, y debe firmar una declaración que certifique que lleva a cabo su actividad de conformidad con las normas de la producción ecológica y acepta, en caso de infracción o irregularidades, la aplicación forzosa de medidas.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Además, por su parte el artículo 30.2 del mismo Reglamento, prevé la comunicación de la información relativa a las irregularidades o infracciones que afecten al carácter ecológico de un producto.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Mas ahora se introduce el imperativo de que los operadores informen a su autoridad u organismo de control de toda irregularidad o infracción que afecte al carácter ecológico de sus productos, incluidos los productos ecológicos que reciba de otros operadores. Junto con la necesidad de establecer, sobre la base de una evaluación general del riesgo de incumplimiento de las normas de producción ecológica, un número anual mínimo de muestras que deben ser tomadas y analizadas por las autoridades u organismos de control. Así, cuando las autoridades u organismos de control sospechen que se están utilizando productos no autorizados para la producción ecológica, deberán tomar y analizar muestras de los productos en cuestión. En esos casos, procederá no aplicar ningún número mínimo de muestras. Unas muestras que, también, pueden ser tomadas y analizadas por las autoridades de control o los organismos de control en cualquier otro caso para detectar el incumplimiento de los requisitos ecológicos de la Unión.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Además, a estas modificaciones se les suma la introducción de la definición de la noción “expediente de control” en el Reglamento 889/2008, con el objetivo de garantizar una uniforme aplicación del sistema de control. Igualmente, se procede a especificar que en caso de certificación electrónica, no se exige la firma de los documentos justificativos si la autenticidad de estos se acredita mediante cualquier otro medio electrónico seguro; se procede a clarificar el procedimiento relativo al intercambio de información entre Estados miembros en caso de irregularidades o infracciones, entre otras modificaciones.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Normas Afectadas:</strong> Reglamento (CE) núm. 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Entrada en Vigor</strong>: el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial; siendo aplicable a partir del primero de enero de 2014</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:118:0005:0014:ES:PDF" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"> </p>
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		</item>
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		<title>Actualidad al día. Universidad de A Coruña. Curso de verano. La ecologización del mercado</title>
		<link>http://www.actualidadjuridicaambiental.com/?p=10058&amp;utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=actualidad-al-dia-universidad-de-a-coruna-curso-de-verano-la-ecologizacion-del-mercado</link>
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		<pubDate>Thu, 06 Jun 2013 22:04:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Blanca Muyo Redondo, Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</dc:creator>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Contratación pública]]></category>
		<category><![CDATA[Economía Sostenible]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalidad ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Información ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Inspección Ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Instrumentos de mercado]]></category>
		<category><![CDATA[Libre prestación de servicios]]></category>
		<category><![CDATA[Organismos modificados genéticamente ( OMG )]]></category>
		<category><![CDATA[Responsabilidad ambiental]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Curso de Verano en A Coruña: “La ecologización de mercado: límites jurídicos a las libertades económicas e incentivos a la responsabilidad social”</p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">Autora de la nota: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)</p> <p style="TEXT-ALIGN: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Curso de Verano en A Coruña: “La ecologización de mercado: límites jurídicos a las libertades económicas e incentivos a la responsabilidad social”</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Autora de la nota</strong>: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente: </strong>Universidad de A Coruña. Vicerrectorado de Estudiantes, Deportes y Cultura. Oficina de Cursos</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Temas clave: </strong>Economía sostenible; Instrumentos de mercado; Responsabilidad social</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Resumen: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Durante los próximos 3, 4 y 5 de julio de 2013 se celebrará el Curso de Verano “La ecologización de mercado: límites jurídicos a las libertades económicas e incentivos a la responsabilidad social”, que tendrá lugar en la Facultad de Derecho de la Universidade da Coruña, Campus de Elviña.<span id="more-10058"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">El objetivo de este curso de verano es analizar las tensiones jurídicas entre las libertades económicas del mercado interior y las actividades de protección nacional del medio ambiente, con el fin de especificar cuándo y en qué condiciones se pueden establecer esas medidas de ámbito administrativo, sin que ello represente una medida contraria a libertades del mercado interior. En este sentido se evaluará el actual impacto de la Directiva de Servicios sobre el derecho ambiental, la importancia de la inspección del medio ambiente, las limitaciones a la libre circulación de los organismos modificados genéticamente. Asimismo, el curso pretende especificar en qué medida la legislación ambiental y las autoridades pueden fomentar comportamientos socialmente responsables sin vulnerar las exigencias de la libre concurrencia, a través del uso de los mercados de contratación pública, las emisiones, o la ecoinnovación. Finalmente, se dedicará una parte del programa de análisis del impacto de la crisis económica en el derecho y la política ambiental y de regresión de riesgos ambientales.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Intervenciones:</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Libertades económicas de circulación del mercado interior comunitario y competencias nacionales para la protección ambiental”. Manuela Mora Ruiz. Universidad de Huelva</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Autonomía reguladora ambiental y libre circulación de bienes”. Nicolas De Sadeleer. Université Saint-Louis. Bruselas</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“La comunicación previa en materia ambiental”. Mariola Rodríguez Font. Universidad de Barcelona</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Inspección ambiental y liberalización de servicios y actividades económicas”. Lucía Casado Casado. Universidad Rovira i Virgili</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Los contratos territoriales”. Blanca Lozano Cutanda. Universidad del País Vasco</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Mercados artificiales de recursos naturales”. Iñigo Sanz Rubiales, Isabel Caro-Patón. Universidad de Valladolid</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“La integración del medio ambiente en los procesos de normalización y la prevención de restricciones al mercado interior”. Marc Tarrés. Universidad de Girona</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Comercialización de organismos modificados genéticamente”. Iñigo Urrutia. Universidad del País Vasco</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Crisis económica y perspectivas de futuro en la protección ambiental”. Jesús Jordano Fraga. Universidad Pablo Olavide</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Información ambiental y transparencia empresarial”. Ángel Ruiz de Apodaca. Universidad de Navarra</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Fiscalidad ambiental y libertades económicas comunitarias”. Cesar García Novoa. Universidade de Santiago de Compostela</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Contratación pública verde y las etiquetas ambientales”. J. José Pernas García. Universidade da Coruña</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“La desprotección del patrimonio en la recesión económica”. Carlos Amoedo Souto. Universidade da Coruña</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“La excepción ambiental con la disculpa de la crisis”. Alba Nogueira López. Universidade de Santiago de Compostela</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Aspectos jurídicos derivados de la eco-innovación”. F. Javier Sanz Larruga. Universidade da Coruña</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">“Conferencia de clausura”. Fernando López Ramón. Universidad de Zaragoza</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Más información: </strong><a href="http://www.udc.es/occ/gal/2013/cursoveran/web/curso12/curso12.htm">http://www.udc.es/occ/gal/2013/cursoveran/web/curso12/curso12.htm</a></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Plazo de matrícula: del 16 de mayo al 27 de junio</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Documento adjunto:<a href="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2013/06/Triptico_Seminario_Sobre_La_Ecologizacion_Del_Mercado_Limites_Juridicos-1.pdf" target="_blank"> <img title="pdf_e" src="http://www.actualidadjuridicaambiental.com/wp-content/uploads/2012/11/pdf_e.gif" alt="pdf_e" width="16" height="16" /> </a></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"> </p>
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		<title>Actualidad al día. Ayudas y subvenciones</title>
		<link>http://www.actualidadjuridicaambiental.com/?p=10068&amp;utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=actualidad-al-dia-ayudas-y-subvenciones-4</link>
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		<pubDate>Thu, 06 Jun 2013 22:03:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Eva Blasco Hedo, Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</dc:creator>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas y subvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[Cantabria]]></category>
		<category><![CDATA[Galicia]]></category>
		<category><![CDATA[Montes]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones  aprobadas a lo largo del mes de mayo, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones  aprobadas a lo largo del mes de mayo, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong><em>Galicia</em></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><em>-Orden de 13 de mayo de 2013 por la que se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a las entidades locales de Galicia. (DOG Núm. 93, de 16 de mayo de 2013)</em></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente: </strong><a href="http://www.xunta.es/dog/Publicados/2013/20130516/AnuncioG0244-130513-0005_es.html">http://www.xunta.es/dog/Publicados/2013/20130516/AnuncioG0244-130513-0005_es.html</a><span id="more-10068"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Plazo: </strong>El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo expira el último del mes.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">-Orden de 16 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas para creación y mejora de empresas de aprovechamientos forestales para el período 2012-2014 y se convocan para el ejercicio presupuestario 2013.<em>(DOG Núm. 99, de 27 de mayo)<strong></strong></em></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente: </strong><a href="http://www.xunta.es/dog/Publicados/2013/20130527/AnuncioG0165-210513-0007_es.html">http://www.xunta.es/dog/Publicados/2013/20130527/AnuncioG0165-210513-0007_es.html</a><strong></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Plazo:</strong> El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El plazo de justificación finalizará el 15 de septiembre de 2013 y el 31 de mayo de 2014, según la anualidad que corresponda. Se podrán conceder prórrogas de cada anualidad, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, previa solicitud razonada realizada con una antelación superior a dos meses antes de la finalización del plazo de justificación.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong><em></em></strong> </p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong><em>Cantabria</em></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">Orden GAN/34/2013, de 13 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2013 de las ayudas para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrícolas y silvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Cantabria 2007-2013. (BOC núm. 103, de 31 de mayo)<strong><em></em></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fuente: </strong><a href="http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=248599">http://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=248599</a><strong></strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Plazo: </strong>El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda y documentación correspondiente será de treinta días naturales contados desde el siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Cantabria.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong></strong> </p>
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		<title>Referencias bibliográficas al día. Monografías</title>
		<link>http://www.actualidadjuridicaambiental.com/?p=10070&amp;utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=referencias-bibliograficas-al-dia-monografias-27</link>
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		<pubDate>Thu, 06 Jun 2013 22:02:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Blanca Muyo Redondo, Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)</dc:creator>
				<category><![CDATA[Monografías]]></category>
		<category><![CDATA[Referencias bibliográficas]]></category>
		<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Aguas]]></category>
		<category><![CDATA[Alimentación]]></category>
		<category><![CDATA[Bienestar animal]]></category>
		<category><![CDATA[Biocombustibles]]></category>
		<category><![CDATA[Biodiversidad]]></category>
		<category><![CDATA[Biotecnología]]></category>
		<category><![CDATA[Cambio climático]]></category>
		<category><![CDATA[Contaminación de suelos]]></category>
		<category><![CDATA[Costas]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Desarrollo sostenible]]></category>
		<category><![CDATA[Economía Sostenible]]></category>
		<category><![CDATA[Edificación]]></category>
		<category><![CDATA[Eficiencia energética]]></category>
		<category><![CDATA[Emisión de contaminantes a la atmósfera]]></category>
		<category><![CDATA[Energía]]></category>
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		<category><![CDATA[Evaluación de Impacto Ambiental ( EIA )]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalidad ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Incendios forestales]]></category>
		<category><![CDATA[Instrumentos y protocolos internacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Medio marino]]></category>
		<category><![CDATA[Medio rural]]></category>
		<category><![CDATA[Política ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Responsabilidad penal]]></category>
		<category><![CDATA[Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad alimentaria]]></category>
		<category><![CDATA[Suelos]]></category>
		<category><![CDATA[Transportes]]></category>
		<category><![CDATA[Urbanismo]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify">Agricultura: </p> <p style="TEXT-ALIGN: justify">JANA, Ulrika et al. “Water saving potential in agriculture in Europe: Findings from the existing studies and application to case studies: final report”. París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 234 p. [en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/water-saving-potential-in-agriculture-in-europe-pbKH3013439/downloads/KH-30-13-439-EN-N/KH3013439ENN_002.pdf?FileName=KH3013439ENN_002.pdf&#38;SKU=KH3013439ENN_PDF&#38;CatalogueNumber=KH-30-13-439-EN-N [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p> [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Agricultura: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">JANA, Ulrika et al. “Water saving potential in agriculture in Europe: Findings from the existing studies and application to case studies: final report”. París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 234 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/water-saving-potential-in-agriculture-in-europe-pbKH3013439/downloads/KH-30-13-439-EN-N/KH3013439ENN_002.pdf?FileName=KH3013439ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013439ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-439-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/water-saving-potential-in-agriculture-in-europe-pbKH3013439/downloads/KH-30-13-439-EN-N/KH3013439ENN_002.pdf?FileName=KH3013439ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013439ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-439-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Aguas:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">JANA, Ulrika et al. “Water saving potential in agriculture in Europe: Findings from the existing studies and application to case studies: final report”. París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 234 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/water-saving-potential-in-agriculture-in-europe-pbKH3013439/downloads/KH-30-13-439-EN-N/KH3013439ENN_002.pdf?FileName=KH3013439ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013439ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-439-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/water-saving-potential-in-agriculture-in-europe-pbKH3013439/downloads/KH-30-13-439-EN-N/KH3013439ENN_002.pdf?FileName=KH3013439ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013439ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-439-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].<span id="more-10070"></span></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">MUDGAL, Shailendra et al. “Water performance of buildings: final report” París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 154 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/water-performance-of-buildings-pbKH3013430/downloads/KH-30-13-430-EN-N/KH3013430ENN_002.pdf?FileName=KH3013430ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013430ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-430-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/water-performance-of-buildings-pbKH3013430/downloads/KH-30-13-430-EN-N/KH3013430ENN_002.pdf?FileName=KH3013430ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013430ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-430-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">PÉREZ MARÍN, Antonio. “Derecho de las aguas continentales: Adenda al libro: A propósito de la Ley 11/2012, de 19 de diciembre y del RD 1290/2012, de 7 de septiembre”. Madrid: Iustel: Pérez Marín Abogados, 2013. 128 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Alimentación:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">HOUTART, François. “Agrocombustibles y crisis alimentaria”. Madrid: Iepala, 2013. 201 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Biocombustibles:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">HOUTART, François. “Agrocombustibles y crisis alimentaria”. Madrid: Iepala, 2013. 201 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Biodiversidad:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">COMISIÓN EUROPEA. Dirección General de Medio Ambiente. “Great cormorant: Applying derogations under article 9 of the birds directive 2009/147/EC”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 23 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/great-cormorant-pbKH3013235/downloads/KH-30-13-235-EN-N/KH3013235ENN_002.pdf?FileName=KH3013235ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013235ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-235-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/great-cormorant-pbKH3013235/downloads/KH-30-13-235-EN-N/KH3013235ENN_002.pdf?FileName=KH3013235ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013235ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-235-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">LÓPEZ DE LA OSA ESCRIBANO, Pilar. “El régimen jurídico de los parques zoológicos y acuarios”. Cizur Menor (Navarra): Thomson-Aranzadi, 2013. 256 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Biotecnología: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">JARUFE CONTRERAS, Daniela. “Tratamiento legal de las filiaciones no biológicas en el ordenamiento jurídico español: adopción &#8220;versus&#8221; técnicas de reproducción humana asistida”. Madrid: Dykinson, 2013. 404 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Bienestar animal:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FERRER, Miguel. “Aves y tendidos eléctricos: del conflicto a la solución”. Madrid: Fundación Migues: ENDESA, 2012. 187 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://www.endesa.com/ES/SALADEPRENSA/CENTRODOCUMENTAL/Publicaciones/Avesytendidos.pdf">http://www.endesa.com/ES/SALADEPRENSA/CENTRODOCUMENTAL/Publicaciones/Avesytendidos.pdf</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">LÓPEZ DE LA OSA ESCRIBANO, Pilar. “El régimen jurídico de los parques zoológicos y acuarios”. Cizur Menor (Navarra): Thomson-Aranzadi, 2013. 256 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Cambio climático:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FOUQUET, Roger. “Handbook On Energy And Climate Change”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2013. 752 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Contaminación de suelos:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">MUDGAL, Shailendra et al. “Study on the potential for reducing mercury pollution from dental amalgam and batteries: Final report”. París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 246 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/study-on-the-potential-for-reducing-mercury-pollution-from-dental-amalgam-and-batteries-pbKH3013440/downloads/KH-30-13-440-EN-N/KH3013440ENN_002.pdf?FileName=KH3013440ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013440ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-440-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/study-on-the-potential-for-reducing-mercury-pollution-from-dental-amalgam-and-batteries-pbKH3013440/downloads/KH-30-13-440-EN-N/KH3013440ENN_002.pdf?FileName=KH3013440ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013440ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-440-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Costas:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">VV.AA. “Best practices of Island and Coastal Biosphere Reserves”. París (Francia): ÚNESCO, 2013. 139 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://unesdoc.unesco.org/images/0022/002209/220905m.pdf">http://unesdoc.unesco.org/images/0022/002209/220905m.pdf</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">ZORNOZA GALLEGO, Carmen. “Crecimiento urbanístico en la zona costera de la Comunidad Valenciana (1978-2009): análisis y perspectivas de futuro”. Valencia: Universitat de València, 2013. 147 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Derecho ambiental:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">LÓPEZ RAMÓN, Fernando; Escartín Escudé, Víctor. “Bienes públicos, urbanismo y medio ambiente”. Barcelona: Macial Pons, 2013. 612 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Desarrollo sostenible: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">PRIETO ÁLVAREZ, Tomás. “Desarrollo rural y metodología Leader: análisis jurídico”. Cizur Menor (Navarra): Thomson-Aranzadi, 2013. 224 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Economía sostenible:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">COMISIÓN EUROPEA. Dirección General de Medio Ambiente. “Economic assessment of policy measures for the implementation of the Marine Strategy Framework Directive2. Bruselas (Bélgica): Arcadis, 2012. 172 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/economic-assessment-of-policy-measures-for-the-implementation-of-the-marine-strategy-framework-directive-pbKH3013411/downloads/KH-30-13-411-EN-N/KH3013411ENN_002.pdf?FileName=KH3013411ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013411ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-411-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/economic-assessment-of-policy-measures-for-the-implementation-of-the-marine-strategy-framework-directive-pbKH3013411/downloads/KH-30-13-411-EN-N/KH3013411ENN_002.pdf?FileName=KH3013411ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013411ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-411-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Edificación:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">MUDGAL, Shailendra et al. “Water performance of buildings: final report” París (Francia): Bio Intelligence Service: European Commission, 2012. 154 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/water-performance-of-buildings-pbKH3013430/downloads/KH-30-13-430-EN-N/KH3013430ENN_002.pdf?FileName=KH3013430ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013430ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-430-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/water-performance-of-buildings-pbKH3013430/downloads/KH-30-13-430-EN-N/KH3013430ENN_002.pdf?FileName=KH3013430ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013430ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-430-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Eficiencia energética:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">AGENCIA EUROPEA DE MEDIO AMBIENTE (EEA). “Achieving energy efficiency through behaviour change. What does it take?”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 56 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/achieving-energy-efficiency-through-behaviour-change-pbTHAK13005/downloads/TH-AK-13-005-EN-N/THAK13005ENN_002.pdf?FileName=THAK13005ENN_002.pdf&amp;SKU=THAK13005ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=TH-AK-13-005-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/achieving-energy-efficiency-through-behaviour-change-pbTHAK13005/downloads/TH-AK-13-005-EN-N/THAK13005ENN_002.pdf?FileName=THAK13005ENN_002.pdf&amp;SKU=THAK13005ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=TH-AK-13-005-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">BARBU, Anca-Diana; GRIFFITHS, Nigel; MORTON, Gareth. “Achieving energy efficiency through behaviour change: what does it take? (EEA Technical report, No 5/2013)”. Copenague (Dinamarca): Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA), 2013. 56 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/achieving-energy-efficiency-through-behaviour-change-pbTHAK13005/downloads/TH-AK-13-005-EN-N/THAK13005ENN_002.pdf?FileName=THAK13005ENN_002.pdf&amp;SKU=THAK13005ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=TH-AK-13-005-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/achieving-energy-efficiency-through-behaviour-change-pbTHAK13005/downloads/TH-AK-13-005-EN-N/THAK13005ENN_002.pdf?FileName=THAK13005ENN_002.pdf&amp;SKU=THAK13005ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=TH-AK-13-005-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">RADEMAEKERS, Koen et al. “The number of jobs dependent on the environment and resource efficiency improvements”. Rotterdam (Países Bajos): Ecorys, 2012. 94 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/the-number-of-jobs-dependent-on-the-environment-and-resource-efficiency-improvements-pbKH3013421/downloads/KH-30-13-421-EN-N/KH3013421ENN_002.pdf?FileName=KH3013421ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013421ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-421-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/the-number-of-jobs-dependent-on-the-environment-and-resource-efficiency-improvements-pbKH3013421/downloads/KH-30-13-421-EN-N/KH3013421ENN_002.pdf?FileName=KH3013421ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013421ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-421-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Emisión de contaminantes a la atmósfera: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, Isabel. “Régimen y transmisión de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero y créditos de carbono”. Valencia: Tirant Lo Blanch, 2013. 367 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Energía: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FINGER, Matthias et al. “A New EU Energy Technology Policy towards 2050: Which Way to Go?”. Florencia (Italia): European University Institute, 2013. 70 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/en/a-new-eu-energy-technology-policy-towards-2050-pbQM3112303/?CatalogCategoryID=iEKep2Ix3hEAAAEud3kBgSLq">http://bookshop.europa.eu/en/a-new-eu-energy-technology-policy-towards-2050-pbQM3112303/?CatalogCategoryID=iEKep2Ix3hEAAAEud3kBgSLq</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FOUQUET, Roger. “Handbook On Energy And Climate Change”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2013. 752 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">MARCO FONDEVILLA, Miguel. “Guía de mercados energéticos”. Zaragoza: Prensas Universitarias de Zaragoza, 2013.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">RIBA ROMERA, Carles; SANS ROVIRA, Ramón; TORRENTS PUJADAS, Eva. “El crac energético: cifras y falacias”. Barcelona: Octaedro, 2013. 135 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Energías renovables:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">JACOBS, David. “Renewable energy policy convergence in the EU: the evolution of feed-in tariffs in Germany, Spain and France”. Farnham (Reino Unido): Ashgate, 2012. 294 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FOLCH, Ramón; PALAU GARRABOU, Josep M.; MORESO VENTURA, Anna. “El transporte eléctrico y su impacto ambiental: reflexiones y propuestas para la mejora de la evaluación ambiental”. Madrid: Estudi Ramon Folch &amp; Associats: Asociacion Española De Evaluacion Ambiental (Eia) : REE, 2012. 171 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://www.ree.es/publicaciones/pdf/El_transporte_electrico_y_su_impacto_ambiental.pdf">http://www.ree.es/publicaciones/pdf/El_transporte_electrico_y_su_impacto_ambiental.pdf</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Fiscalidad ambiental: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">URQUIZU CAVALLÉ, Ángel; SALASSA BOIX, Rodolfo R. “Políticas de protección ambiental en el siglo XXI: medidas tributarias, contaminación ambiental y empresa”. Barcelona: J.M. Bosch, 2013. 544 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Incendios forestales: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">PAUSAS, Juli G. “Incendios forestales: una visión desde la ecología”. Madrid: CSIC: Libros de la Catarata, 2012. 119 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Instrumentos y protocolos internacionales:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">BORRÁS PENTINAT, Susana. “El control internacional de los tratados multilaterales de protección del medio ambiente ¿Apariencias o realidades?”. Valencia: Tirant Lo Blanch, 2013. 726 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Medio marino:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">COMISIÓN EUROPEA. Dirección General de Medio Ambiente. “Economic assessment of policy measures for the implementation of the Marine Strategy Framework Directive2. Bruselas (Bélgica): Arcadis, 2012. 172 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/economic-assessment-of-policy-measures-for-the-implementation-of-the-marine-strategy-framework-directive-pbKH3013411/downloads/KH-30-13-411-EN-N/KH3013411ENN_002.pdf?FileName=KH3013411ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013411ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-411-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/economic-assessment-of-policy-measures-for-the-implementation-of-the-marine-strategy-framework-directive-pbKH3013411/downloads/KH-30-13-411-EN-N/KH3013411ENN_002.pdf?FileName=KH3013411ENN_002.pdf&amp;SKU=KH3013411ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=KH-30-13-411-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Medio rural: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">PRIETO ÁLVAREZ, Tomás. “Desarrollo rural y metodología Leader: análisis jurídico”. Cizur Menor (Navarra): Thomson-Aranzadi, 2013. 224 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Política ambiental: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">URQUIZU CAVALLÉ, Ángel; SALASSA BOIX, Rodolfo R. “Políticas de protección ambiental en el siglo XXI: medidas tributarias, contaminación ambiental y empresa”. Barcelona: J.M. Bosch, 2013. 544 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Responsabilidad penal: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">DEMETRIO CRESPO, Eduardo. “Neurociencias y derecho penal: nuevas perspectivas en el ámbito de la  culpabilidad y tratamiento jurídico-penal de la peligrosidad”. Madrid: Edisofer, 2013. 690 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Salud: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">SALCEDO HERNÁNDEZ, José Ramón; Andreu Martínez, María Belén; Fernández Campos, Juan Antonio. “Derecho y salud: estudios de bioderecho”. Valencia: Tirant Lo Blanch, 2013. 423 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Seguridad alimentaria: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">HUTTER, Bridget M. “Managing Food Safety And Hygiene: Governance and Regulation as Risk Management”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2013. 224 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">TÓTH, Gergely; LI, Xiubin; AKHTAR-SCHUSTER, Mariam. “Threats to the soil resource base of food security in China and Europe”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 117 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/threats-to-the-soil-resource-base-of-food-security-in-china-and-europe-pbLBNA25632/downloads/LB-NA-25632-EN-N/LBNA25632ENN_002.pdf?FileName=LBNA25632ENN_002.pdf&amp;SKU=LBNA25632ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=LB-NA-25632-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/threats-to-the-soil-resource-base-of-food-security-in-china-and-europe-pbLBNA25632/downloads/LB-NA-25632-EN-N/LBNA25632ENN_002.pdf?FileName=LBNA25632ENN_002.pdf&amp;SKU=LBNA25632ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=LB-NA-25632-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Suelos: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">TÓTH, Gergely; LI, Xiubin; AKHTAR-SCHUSTER, Mariam. “Threats to the soil resource base of food security in China and Europe”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 117 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://bookshop.europa.eu/es/threats-to-the-soil-resource-base-of-food-security-in-china-and-europe-pbLBNA25632/downloads/LB-NA-25632-EN-N/LBNA25632ENN_002.pdf?FileName=LBNA25632ENN_002.pdf&amp;SKU=LBNA25632ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=LB-NA-25632-EN-N">http://bookshop.europa.eu/es/threats-to-the-soil-resource-base-of-food-security-in-china-and-europe-pbLBNA25632/downloads/LB-NA-25632-EN-N/LBNA25632ENN_002.pdf?FileName=LBNA25632ENN_002.pdf&amp;SKU=LBNA25632ENN_PDF&amp;CatalogueNumber=LB-NA-25632-EN-N</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Transportes:</strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">FOLCH, Ramón; PALAU GARRABOU, Josep M.; MORESO VENTURA, Anna. “El transporte eléctrico y su impacto ambiental: reflexiones y propuestas para la mejora de la evaluación ambiental”. Madrid: Estudi Ramon Folch &amp; Associats: Asociacion Española De Evaluacion Ambiental (Eia): REE, 2012. 171 p. [en línea]. Disponible en Internet: <a href="http://www.ree.es/publicaciones/pdf/El_transporte_electrico_y_su_impacto_ambiental.pdf">http://www.ree.es/publicaciones/pdf/El_transporte_electrico_y_su_impacto_ambiental.pdf</a> [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"><strong>Urbanismo: </strong></p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">LÓPEZ RAMÓN, Fernando; Escartín Escudé, Víctor. “Bienes públicos, urbanismo y medio ambiente”. Barcelona: Macial Pons, 2013. 612 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify">ZORNOZA GALLEGO, Carmen. “Crecimiento urbanístico en la zona costera de la Comunidad Valenciana (1978-2009): análisis y perspectivas de futuro”. Valencia: Universitat de València, 2013. 147 p.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: justify"> </p>
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