Decreto 59/2013, de 14 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, en materia de ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas (DOG núm. 73, de 16 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Aguas; Infraestructuras hidráulicas
Resumen:
Una de las principales novedades introducidas por la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, fue la determinación del reparto competencial entre las diferentes administraciones públicas de Galicia en materia de infraestructuras hidráulicas. En este sentido, los artículos 4 y 5 de la mencionada ley catalogan, respectivamente, las funciones que corresponden a la Administración hidráulica autonómica, las cuales serán ejercidas fundamentalmente por la entidad pública empresarial Aguas de Galicia, y a las administraciones locales de Galicia. Continuar leyendo …
Decreto 193/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula el Observatorio Gallego de Educación Ambiental (DOG núm. 190 de 4 de octubre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Educación ambiental; Observatorio de Educación Ambiental
Resumen:
El objeto del presente Decreto es regular las funciones y composición del Observatorio Gallego de Educación Ambiental, como órgano adscrito a la Consellería competente en materia de medio ambiente, la cual le prestará el soporte personal y material preciso para el ejercicio de sus funciones.
La finalidad principal del Observatorio será el seguimiento y evaluación de la situación de la Educación Ambiental en la Continuar leyendo …
Decreto 141/2012, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Marco del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Galicia (DOG núm. 129 de 6 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Aguas residuales; Servicio público de saneamiento y depuración de aguas residuales
Resumen:
La Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, declara en su artículo 32 de interés de la comunidad Autónoma de Galicia el servicio de depuración de aguas residuales urbanas, cuyo ámbito de aplicación comprende la regulación, la planificación, la aprobación definitiva de proyectos, la construcción y la gestión, explotación y mantenimiento de estaciones depuradoras de aguas residuales, redes de colectores generales y conducciones de vertido que formen parte del Plan gallego de saneamiento, así como, en su caso, la reutilización de las aguas residuales depuradas. Específicamente, el apartado 3 del mencionado artículo, encomienda al Consello de la Xunta, la aprobación del Reglamento marco de prestación del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales, de manera que el presente Decreto viene a dar respuesta a dicho mandato legal aprobando el mencionado reglamento. Continuar leyendo …
Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. (DOG núm. 140, de 23 de julio de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Temas Clave: Montes; Comunidad Autónoma de Galicia
Resumen:
A la vista de la realidad [...]
Decreto 156/2012, de 12 de julio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de las Directrices de Ordenación del Territorio de Galicia (DOG núm. 141 de 24 de julio de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ordenación del territorio; [...]
Decreto 136/2012, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del canon del agua y del coeficiente de vertido a sistemas públicos de depuración de aguas residuales. (DOG núm.119, de 22 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: [...]
Decreto 125/2012, de 10 de mayo, por el que se regula la utilización de lodos de depuradora en el ámbito del sector agrario en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 107, de 6 de junio)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: [...]
Decreto 256/2011, de 7 de diciembre, por el que se regula el potencial de producción vitícola de Galicia. (DOG núm. 60, de 27 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Alimentación; Producción vitícola
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto regular el potencial de producción vitícola de la Comunidad Autónoma de Galicia, contribuyendo a su ordenación territorial y dentro del marco de la reglamentación del sector vitivinícola en la Unión Europea y Estatal, en los siguientes aspectos: sistema de derechos de plantación del viñedo (Capítulo II), plantaciones ilegales de viñedo (Capítulo III), gestión y control del potencial productivo del sector vitivinícola mediante el Registro Vitícola de Galicia (Capítulo IV), y la viticultura y su desarrollo sostenible (Capítulo V).
Una vez regulados los derechos de plantación del viñedo en el Capítulo II, ya en el Capítulo III se recogen aspectos relativos a su régimen transitorio, en lo que se atañe a la prohibición de plantar vides si no se dispone de los oportunos derechos o, de lo contrario, las plantaciones se considerarán ilegales y deberán arrancarse, salvo excepciones autorizadas y sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder en el caso de incumplimiento del arranque. Continuar leyendo …
Ley 12/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. (DOG núm. 203, de 30 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Política ambiental; Fiscalidad Ambiental
Resumen:
Con el objeto de contribuir a una mayor eficacia y eficiencia de los objetivos que expresamente marca la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, la presente Ley contiene un conjunto de medidas referidas a diferentes áreas de la actividad que, con vocación de permanencia en el tiempo, pretenden contribuir a la consecución de determinados objetivos de orientación plurianual a través de la ejecución presupuestaria.
Bajo este fin se desarrolla la presente norma, cuyo contenido esencial lo constituyen las medidas de naturaleza tributaria (Título I), aunque también se incorporan otras de naturaleza administrativa (Título II). Destacaremos simplemente las medidas relevantes desde el punto de vista medioambiental que recoge la presente Ley, y que son tanto de naturaleza tributaria como administrativa.
En relación a las medidas fiscales contempladas en el Título I, destacar desde el punto de vista ambiental el Capítulo II relativo a los tributos propios de la Comunidad Autónoma en el que se recogen las siguientes modificaciones:
- En relación a las tasas administrativas, en materia de aguas se aplicará la tarifa por dirección de contratos del servicio, y se establece la tarifa aplicable a los beneficiarios de las obras hidráulicas de regulación gestionadas por la Administración hidráulica de la Comunidad Autónoma de Galicia. Continuar leyendo …
Decreto 223/2011, de 17 de noviembre, por el que se desarrollan las normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas extensivas y se crea el Registro de Explotaciones Porcinas Extensivas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 234, de 9 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ganadería; Bienestar animal; Sanidad animal; Registro explotaciones porcinas extensivas
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto, al amparo del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, la creación del Registro Gallego de Explotaciones Porcinas, así como el desarrollo del Real Decreto1221/2009, de 21 de julio, en el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, en aquellos aspectos abiertos a su regulación para las comunidades autónomas.
El Capítulo II es el encargado de crear el Registro Gallego de Explotaciones Porcinas Extensivas (integrado a su vez en el Registro General de Explotaciones Ganaderas), así como todos los aspectos relativos a la inscripción en el mismo. Destacar, que la inscripción se podrá llevar a cabo por el titular de la explotación o su representante, tanto de manera física en las oficinas agrarias comarcales, como por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, e incluso por medios telemáticos. El plazo máximo para dictar la resolución correspondiente de inscripción por el jefe territorial será de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro, transcurridos los cuales, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo. Así mismo, tal y como dispone la Disposición Transitoria Primera, los titulares de las explotaciones porcinas extensivas existentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán solicitar antes del mes siguiente a su entrada en vigor, la regularización de su situación en el nuevo Registro que se crea. Continuar leyendo …
Ley 6/2011, de 13 de octubre de movilidad de tierras (DOG núm. 205, de 26 de octubre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Agricultura; Banco de tierras
Resumen:
Después de dos años de actividad del Banco de Tierras de Galicia, puesto en marcha por la Ley 7/2007, de 21 de mayo, se propone esta nueva ley para realizar mejoras sobre aquella, habida cuenta de la experiencia adquirida en este período.
Estructurada en un total de ocho títulos, la presente Ley se centra en la mejora de diversos aspectos respecto a la anterior, centrándose principalmente en cuatro ejes fundamentales: la ampliación de la base de actuación territorial y las funciones del Banco de Tierras; la capacidad de actuación sobre bienes de propietarios desconocidos; la derogación del derecho de tanteo y retracto; y el fomento de medidas y estímulos que faciliten la incorporación voluntaria de bienes al Banco de Tierras por parte de los propietarios. Continuar leyendo …
Orden, de 23 de febrero de 2011, por la cual se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la comisión de seguimiento de la ejecución de los proyectos de desarrollo de naturaleza industrial asociados a los parques eólicos adjudicatarios dentro de las órdenes de convocatoria que regula la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. (DOG núm. 46 de 8 de marzo de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía eólica; Comisión de seguimiento; Galicia
Resumen:
La regulación del procedimiento para llevar a cabo la instalación de parques eólicos en la Comunidad Autónoma de Galicia queda recogida en su Ley 8/2009, de 22 de diciembre. Será en esta Ley donde se exprese la trascendencia que tienen los proyectos industriales asociados a parques eólicos en la región, y por ello se decide, mediante la Ley 15/3010, de medidas fiscales y administrativas, añadir una disposición adicional a la Ley 8/2009, con el fin de exigir la creación de una comisión de seguimiento al objeto de efectuar un correcto control sobre los proyectos industriales de parques eólicos en la Comunidad de Galicia. Pues bien, el reglamento de funcionamiento de la mencionada Comisión ha sido aprobado por la Resolución que aquí se presenta. Continuar leyendo …
Decreto 45/2011, de 10 de marzo, por el que se regula el fomento de las agrupaciones de propietarios forestales, los requisitos y calificación de las sociedades de fomento forestal y la creación de su registro (Diario Oficial de Galicia, núm. 58, 23 de marzo de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Montes; Fomento Forestal; Gestión Forestal; Comunidad Autónoma de Galicia
Resumen:
Con los propósitos de lograr fomentar que los propietarios forestales se incorporen voluntariamente a sistemas de gestión conjunta de los aprovechamientos forestales; otorgar un protagonismo mayor a los silvicultores; posibilitar una gestión sostenible de las superficies forestales de titularidad privada, alcanzando superficies suficientes de gestión conjunta y la aplicación de instrumentos de gestión forestal; así como reducir el nivel de abandono de los montes y disminuir el riesgo de incendio forestal. A fin de dar respuesta a dichos objetivos el Decreto 45/2011, de 10 de marzo, se encarga de regular el fomento de las agrupaciones de propietarios o propietarias forestales mediante la constitución de sociedades mercantiles de responsabilidad limitada que reúnan los requisitos que en el mismo Decreto se establecen y que se denominan Sociedades de Fomento Forestal; entendiéndose que la elección de dicha figura societaria es la mejor para canalizar la labor de fomento y promoción de la gestión forestal por parte de las instituciones públicas autonómicas y la mejor para alcanzar una explotación económica rentable y sostenible forestal para lo que se hace imprescindible actuaciones de concentración, ya sea de la propiedad forestal, ya de la gestión de la misma. A cuyo efecto, además, es creado el Registro de Sociedades de Fomento Forestal, como registro público de carácter administrativo, en el que se inscribirán, previa solicitud mediante el modelo establecido al efecto, todas las agrupaciones de propietarios forestales, que obtengan la calificación de sociedades de fomento forestal reguladas en este mismo Decreto. Continuar leyendo …
Ley 10/2010, de 11 de noviembre, de modificación de la Ley 2/2004, de 21 de abril, por la que se crea el Servicio de Guardacostas de Galicia
Resumen:
La Ley 2/2004 creó tres escalas dentro del Servicio de Guardacostas: la escala técnica, la ejecutiva y la de agentes, declarando a extinguir el anterior Servicio de Protección de Recursos y las escalas dependientes del mismo, que venían desarrollando las tradicionales funciones de inspección y vigilancia pesquera.
Con la presente modificación se pretende la creación de una nueva escala, la escala operativa, con la finalidad de delimitar más claramente las funciones a desempeñar por el distinto personal integrante del Servicio de Guardacostas, máxime cuando dentro de estas funciones se encuentran las relativas al desempeño del mando de las embarcaciones pertenecientes a la Consellería del Mar, complemento indispensable para realizar las t Continuar leyendo …
Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia (DOGA núm. 222, 18 de noviembre de 2010)
Resumen:
El título I se dedica a fijar el objeto y finalidad de la ley, llevar a cabo una serie de definiciones construir los principios de actuación de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agua y obras hidráulicas, enumerar las competencias de esta Comunidad y de los entes locales y especificar cuales son las demarcaciones hidrográficas en Galicia. Como no podía ser de otra forma, la norma toma como referencia permanente la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
En cuanto al título II, en Galicia el aparato organizativo en materia de aguas y obras hidráulicas ha estado hasta ahora constituido por el organismo autónomo de carácter administrativo Aguas de Galicia y la Empresa Pública de Obras y Servicios Hidráulicos, las dos creadas por la Ley 8/1993, reguladora de la Administración hidráulica de Galicia. La presente ley pretende terminar con esta dicotomía organizativa, insuficientemente fundamentada, y para ello se crea la entidad Aguas de Galicia como ente público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y competencias, disponiendo la supresión de aquellas dos entidades.
El título III de la ley se dedica a la regulación de las políticas de abastecimiento y saneamiento a desarrollar por la Administración de la Comunidad Autónoma a través de Aguas de Galicia y por las entidades locales. Esas políticas tienen el fundamento claro de garantizar el suministro de agua en cantidad y calidad adecuada a todos los núcleos de población legalmente constituidos en el marco de lo que indique la planificación hidrológica aplicable (en el caso del abastecimiento), y contribuir a conseguir el buen estado ecológico de las aguas y de sus ecosistemas asociados mediante el cumplimento de los objetivos que en esta materia fije la Continuar leyendo …
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