Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (DOGC núm. 6094, de 23 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Fiscalidad ambiental; Residuos; Aguas; Prevención y control integrados de la contaminación ( IPPC )
Resumen:
Para solucionar los problemas estructurales de la economía catalana y que han conducido a la situación actual de crisis, se adopta la presente Ley, en la que las medidas se dirigen fundamentalmente o a incrementar los ingresos, o a reducir el gasto público, intentando lograr así una racionalización y equilibrio de los recursos al servicio de la Administración catalana.
La norma está estructurada en 3 Títulos (Medidas fiscales, medidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas, e impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos), veintiocho disposiciones adicionales, once disposiciones transitorias, seis disposiciones derogatorias y once disposiciones finales, por lo que dada su amplia extensión, expondremos solamente aquellas modificaciones relevantes desde el punto de vista ambiental. Continuar leyendo …
Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. (DOGC núm. 6035, de 30 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Política ambiental; Aguas; Evaluación de planes y programas; Montes; Actividades extractivas; Simplificación administrativa
Resumen:
Para reducir y clarificar la legislación con el objetivo de que sea más accesible y comprensible por los ciudadanos, la presente Ley pretende avanzar en el proceso de simplificación administrativa. Dicha simplificación es abordada desde una doble perspectiva: la administrativa, que comprende todas las modificaciones legales cuya última finalidad es la reducción efectiva de trámites innecesarios y la simplificación de los procedimientos considerados en conjunto; y la normativa, que comprende tanto reformas que corresponden a la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico a las finalidades perseguidas, como la corrección de algunos errores detectados. Continuar leyendo …
Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica. (DOGC núm. 6035, de 30 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Política ambiental; Agricultura; Residuos; Pesca; Ganadería
Resumen:
El objeto de la presente Ley es introducir en el ordenamiento jurídico las reformas administrativas y estructurales necesarias para el impulso y la promoción de la actividad económica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, con la finalidad de favorecer la reactivación de la economía. En este sentido, la presente Ley modifica normas de rango legal de ámbitos diversos para establecer una regulación más comprensible y simplificar los trámites administrativos, manteniendo únicamente los trámites que son imprescindibles, y en consecuencia, poder alcanzar el objetivo final de reactivación de la actividad económica. Continuar leyendo …
Decreto 2/2012, de 3 de enero, por el que se regula el contrato global de explotación. (DOGC núm. 6039, de 5 de enero de 2012)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas Clave: Contratos; Explotaciones Agrarias; Desarrollo rural; Cataluña
Resumen:
En el marco del Reglamento CE 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), se prevé el establecimiento de contratos territoriales de explotación para gestionar las medidas que serán definidas en los programas de desarrollo rural. De ahí que resulte fundamental la integración y unificación en la gestión de las ayudas de desarrollo rural dirigidas a las explotaciones agrarias, a través de una simplificación de las normas que garantice la reactivación económica del sector agrario, en este caso, en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Este Decreto se estructura en seis capítulos comprensivos de 24 artículos, una Disposición Adicional, tres Transitorias relativas a la adaptación de los contratos globales de explotación firmados al amparo de los Decretos 50/2007, de 27 de febrero, y 253/2007, de 20 de noviembre; una Disposición Derogatoria y una Final. Continuar leyendo …
Decreto 188/2010, de 23 de noviembre, de aprobación del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (DOGC núm. 5764, de 26 de noviembre de 2010)
Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen: este Decreto aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, dando cumplimiento así a las previsiones de la Directiva marco de aguas y convirtiéndose Cataluña en la primera comunidad autónoma en aprobar un plan hidrológico adaptado a las nuevas exigencias comunitarias.
Este Plan, articulado con arreglo a los principios de la Directiva marco de aguas, es el nuevo instrumento de planificación hidrológica para el período 2010-2015 en el ámbito territorial de competencia de la Generalitat de Cataluña. Este Plan establece las acciones y las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la planificación hidrológica del distrito de cuenca fluvial de Cataluña y concreta para las diversas masas de agua los objetivos ambientales definidos por el artículo 92 bis del Texto Continuar leyendo …
Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el cual se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción (PROGROC) y se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción (DOGC nº 5664, de 6 [...]
Decreto 88/2010, de 29 de junio, por el cual se aprueba el Programa de gestión de residuos industriales de Cataluña (PROGRIC) y se modifica el Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos (DOGC nº 5664, de 6 de julio de 2010)
Autora de la nota: [...]
Decreto 87/2010, de 29 de junio, por el cual se aprueba el Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña (PROGREMIC) y se regula el procedimiento de distribución de la recaudación de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos municipales (DOGC nº 5664, de 6 de julio de 2010)
[...]
Decreto catalán 68/2010, de 25 de mayo, sobre tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación y del Registro General del Código Técnico de la Edificación (DOGC núm. 5638, de 28 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
El Decreto 68/2010, de 25 de mayo, adoptado de acuerdo con las competencias que el Estatuto de Autonomía otorga a la Generalitat en su artículo 137, tiene por objeto establecer el procedimiento de tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación, con el fin de adecuar este Código a las concretas exigencias del territorio y de la población de Cataluña. El cumplimiento de esta finalidad se realiza a través de la Subcomisión sobre la aplicación del Código Técnico de la Edificación en Cataluña, que se adscribe al Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovación de la Vivienda, a quien corresponde emitir los informes técnicos sobre las solicitudes de reconocimiento de los documentos presentados, para la aprobación de los documentos reconocidos por parte del órgano competente en materia de calidad de la edificación.
También crea el Registro General del Código Técnico de la Edificación de Cataluña, adscrito al órgano competente en materia de calidad de la edificación, que tiene carácter de registro público estrictamente a los efectos de información y de publicidad para los agentes, organismos y entidades que ejerzan funciones relacionadas con la aplicación del Código Técnico de la Edificación. En él deben inscribirse los documentos reconocidos aprobados por el órgano competente en materia de calidad de la edificación. Continuar leyendo …
Ley catalana 15/2010, de 28 de mayo, de declaración del Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral (DOGC núm. 5642, de 3 de junio de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto declarar el Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter; y declarar, dentro del ámbito del Parque Natural, la reserva natural parcial marina de las Medes, la reserva natural parcial de los humedales del Bajo Ter y la reserva natural integral de las Islas Medes. Asimismo, establece un marco jurídico y crea los mecanismos de planificación, gestión y protección de la legalidad necesarios para conservar y, en su caso, restaurar los sistemas naturales terrestres y marinos de los espacios de protección especial y que se declaran, y para promover los valores geológicos, botánicos, faunísticos, ecológicos, paisajísticos, culturales, educativos, científicos, productivos y sociales que contienen. También delimita definitivamente el espacio del Plan de Espacios de Interés Natural, a los efectos de lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales de Cataluña, con la delimitación gráfica y la descripción que consta en los anexos 1 y 2 de esta Ley.
Normas afectadas:
Esta Ley deroga la Ley 19/1990, de 10 de diciembre, de conservación de la flora y la fauna del fondo marino de las Islas Medes, sin perjuicio de lo establecido por la disposición transitoria cuarta; el Decreto 253/2000, de 24 de julio, de creación del Patronato para el Desarrollo Sostenible de los Espacios de Interés Natural del Macizo del Montgrí y el Archipiélago de las Medes; y el artículo 3 del Decreto 222/2008, de 11 de noviembre, por el cual se aprueba el Plan rector de uso y gestión del área protegida de las Islas Medes, que hace referencia a la creación del Consejo Asesor del Área Protegida de las Islas Medes. También deja sin efecto la Resolución de 14 de febrero de 2000, por la cual se hace público el Acuerdo de Gobierno, de 10 de enero de 2000, mediante el cual se aprueba definitivamente el Plan especial de delimitación definitiva del espacio del Plan de Espacios de Interés Natural del Montgrí. Continuar leyendo …
Ley catalana 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas (DOGC núm. 5580, de 4 de marzo de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto regular las materias siguientes: la pesca marítima profesional y recreativa; la pesca profesional en aguas continentales; el marisqueo; la acuicultura; el sector pesquero; las actividades marítimas; la capacitación, la formación profesional y la formación náutico-recreativa para el ejercicio de las actividades marítimas; la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en el ámbito de actuación de esta Ley; y el régimen de control y sancionador.
Entre sus finalidades se encuentran las de velar por la explotación racional y responsable de los recursos marinos, favorecer el desarrollo sostenible y adoptar las medidas necesarias para proteger y regenerar estos recursos y su ecosistema; adoptar el esfuerzo pesquero de la flota a la situación de los recursos marinos; mejorar las condiciones de las actividades pesqueras; fomentar la mejora de las estructuras productivas y de comercialización del sector; promover la creación y la mejora de la productividad de las instalaciones de acuicultura; fomentar la diversificación económica del sector pesquero; promover la capacitación y la calificación de los profesionales del sector mediante la formación inicial y continuada y su adaptación a los cambios tecnológicos, organizativos y sociolaborales; promover la incorporación de las mujeres al sector pesquero; fomentar el ejercicio del comercio responsable de los productos de la pesca; regular el ejercicio de las actividades marítimas recreativas; establecer mecanismos de participación del sector pesquero, de las entidades relacionadas con este sector y con la pesca marítima recreativa, y de las entidades ambientalistas y de investigación; fomentar la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica con relación a las actividades pesqueras, las actividades de la industria alimentaria derivada directamente de la pesca y las actividades para la conservación de los recursos marinos y de su ecosistema; promover la viabilidad socioeconómica de la actividad de los pescadores profesionales; promover la creación de zonas de protección como instrumento de gestión pesquera y de recuperación de los ecosistemas degradados; y fomentar y proteger las artes de pesca tradicionales. Continuar leyendo …
Decreto catalán 16/2010, de 16 de febrero, por el cual se aprueba el Plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales (DOGC nº 5570, de 18 de febrero de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
El Decreto 16/2010, de 16 de febrero, aprueba el Plan territorial sectorial de infraestructuras de residuos municipales, dando así cumplimiento a las previsiones del artículo 6.5 del Decreto 1/2009, de 21 de julio, que imponía al Gobierno su aprobación. Este Plan, cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el territorio de Cataluña, tiene como objeto determinar y, en su caso, localizar las instalaciones de gestión de residuos municipales (plantas de trasvase o de transferencia, de compostaje, de metanización, de selección, de incineración y otros tratamientos térmicos, para tratamientos específicos y depósitos controlados) que deben dar servicio a los diferentes ámbitos territoriales de Cataluña, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje y valorización del Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña; así como determinar los datos técnicos y de capacidad de cada una de las instalaciones previstas, con el objetivo de ajustarse a las necesidades de la población y de las actividades del ámbito territorial en cuestión. Con esta finalidad, el territorio catalán se distribuye en siete zonas que, a su vez, se subdividen en 29 subzonas. La revisión de este Plan por el Gobierno, a propuesta del Departamento competente en materia de medio ambiente, debe realizarse en un período máximo de seis años.
El contenido concreto de este Plan, que no se publica en el DOGC, puede consultarse en las dependencias de la Agencia de Residuos de Cataluña y en su sede electrónica (www.arc.cat). En cualquier caso, el Plan prevé:
- La revisión e identificación de los criterios para el tratamiento de las diversas fracciones de residuos municipales.
- La evaluación del estado actual de las instalaciones de tratamiento de residuos municipales existentes en Cataluña, así como las propuestas de mejora de proceso y operación para optimizar su funcionamiento. Continuar leyendo …
Orden MAH/566/2009, de 11 de diciembre, por la cual se regula y constituye la Comisión de Prevención de la Contaminación Lumínica (DOGC núm. 5541, de 8 de enero de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre [...]
Ley catalana 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC núm. 5537, de 31 de diciembre de 2009)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
Esta Ley introduce varias modificaciones de la legislación ambiental. Por una parte, incluye una sección séptima en su capítulo III, referida a la ordenación ambiental (arts. 54 y 55). A través del artículo 54 se modifica la disposición transitoria primera de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno y se amplía el plazo de adaptación establecido en esta Ley para la adecuación a las prescripciones normativas del alumbrado exterior, tanto de titularidad pública como privada, hasta el 31 de diciembre de 2011. Y el artículo 55 modifica el apartado 4 del artículo 17 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del rechazo de los residuos, estableciendo que no se consideran residuos destinados a la deposición controlada los residuos de la construcción gestionados de acuerdo con lo que disponen los artículos 4 y 5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el cual se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, siempre que se cumplan los objetivos mínimos de recuperación que se establecen reglamentariamente. Continuar leyendo …
Ley catalana 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales (DOGC núm. 5536, de 30 de diciembre de 2009)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
La Ley 22/2009, de 23 de diciembre, tiene por objeto regular, proteger y fomentar el derecho al ejercicio de la pesca en todos los ríos, riachuelos, lagos, balsas, canales, embalses y otras aguas o tramos, de origen natural o artificial, dulces, salobres o saladas, de carácter público o privado, que se localicen dentro de los límites territoriales de Cataluña y que se encuentren en tierra firme, y más concretamente planificar, proteger y fomentar y regular el ejercicio de la pesca no profesional en todos los cursos y las masas de aguas continental situados en Cataluña; proteger, recuperar, conservar, fomentar y aprovechar de una manera sostenible los recursos de pesca no profesional; garantizar un estado de conservación favorable de los hábitats en todos los cursos y las masas de agua continental, especialmente los incluidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, o la norma que la sustituya, y de las especies incluidas en el anexo II de dicha directiva; formar y educar a los pescadores y al resto de personas que interactúan con los ecosistemas acuáticos continentales en el respeto al medio ambiente y, en especial, a los ecosistemas acuáticos continentales; fomentar la pesca responsable como factor de desarrollo económico local, con la máxima participación social dentro del ámbito territorial implicado; y establecer las limitaciones imprescindibles a los diferentes usos de los cursos y las masas de agua continental para conservarlos correctamente como hábitats. Cabe destacar que la pesca profesional queda excluida del objeto de regulación de esta Ley. Continuar leyendo …
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